CONSTITUCIÓN Sociedad por Acciones

SOCIEDAD IBEROAMERICANA DE MEDICINA Y ESTÉTICA DyP SpA

CVE 1672147
Capital
$5.000.000 CLP
Fecha instrumento
11 de octubre de 2019
Duración
Definida

Instrumento

Fecha
11 de octubre de 2019

Sociedad

Capital
$5.000.000 CLP
Domicilio
Concepción, pudiendo establecer agencias, oficinas o sucursales en otras ciudades de Chile o en el extranjero
Duración
La sociedad tendrá un plazo de duración de 5 años a contar de la fecha de escritura extractada, prorrogándose automáticamente por periodos iguales y sucesivos de 5 años cada vez, si ninguno de los accionistas manifestare su intención contraria mediante escritura pública anotada al margen de la inscripción social con una anticipación mínima de 6 meses al vencimiento del periodo que estuviere vigente. Asimismo, deberá darse aviso por escrito por carta certificada despachada por Notario Público a los otros accionistas, de su intención de no perseverar en el contrato de la Sociedad

Objeto social

El objeto de la Sociedad será: a) La prestación de servicios médicos, kinesiológicos y de estética integral, comprendiendo exámenes e informes, diagnósticos, estudios clínicos, consultas, tratamientos ambulatorios, cirugías mayores y menores, intervenciones quirúrgicas de todo tipo, enfermería, tratamientos, evaluaciones pre y post operatorias y realización de exámenes de todo tipo. b) La participación en toda clase de sociedades, chilenas o extranjeras, civiles o comerciales, ya sean colectivas, en comandita, anónimas o de responsabilidad limitada y cualquiera sea su objeto, para desarrollar los negocios a que se dedican estas sociedades o en las que ellas participan. c) La inversión de capitales, en toda clase de bienes muebles, corporales e incorporales, tales como acciones, promesas de acciones, bonos y debentures, planes de ahorro, cuotas o derechos en todo tipo de sociedades, ya sean comerciales o civiles, comunidades o asociaciones y en toda clase de títulos o valores mobiliarios. d) La adquisición y enajenación a cualquier título de bienes raíces y su explotación, como en general el desarrollo de toda clase de negocios inmobiliarios

Administración

La administración y representación judicial y extrajudicial de la Sociedad y el uso de la razón social será ejercida separada e indistintamente por doña Pamela Andrea Millas Orellana y doña Diana Marcela Sierra De Prince, quienes anteponiendo la razón social a sus firmas, la representarán con las más amplias facultades de administración y disposición, pudiendo ejecutar todos los actos y celebrar todos los contratos o convenciones de cualquier naturaleza que sean, que se relacionen directa o indirectamente con el objeto social con todas y cada una de las facultades señaladas en escritura extractada, sin perjuicio de actos señalados en escritura extractada en que deben obrar los administradores antes señalados conjuntamente

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

RAMON GARCIA CARRASCO, Notario Titular Concepción, Rengo 444, Concepción, Certifico: Por escritura pública de fecha 11/10/2019 ante mí, doña PAMELA ANDREA MILLAS ORELLANA, domiciliada para estos efectos en Avenida San Sebastián número 1145 casa 12 villa Lomas San Sebastián, comuna de Concepción, Región del Bio Bio; y doña DIANA MARCELA SIERRA DE PRINCE, domiciliada para estos efectos en calle Cochrane número 1140 departamento 1105, comuna de Concepción, Región del Bio Bio. constituyeron una sociedad por acciones de cuyo texto extracto lo siguiente: Nombre: “SOCIEDAD IBEROAMERICANA DE MEDICINA Y ESTÉTICA DyP SpA” pudiendo usar para efectos publicitarios el nombre de fantasía “CLÍNICA BELLEZZE CONCEPCIÓN”. Objeto Social: El objeto de la Sociedad será: a) La prestación de servicios médicos, kinesiológicos y de estética integral, comprendiendo exámenes e informes, diagnósticos, estudios clínicos, consultas, tratamientos ambulatorios, cirugías mayores y menores, intervenciones quirúrgicas de todo tipo, enfermería, tratamientos, evaluaciones pre y post operatorias y realización de exámenes de todo tipo. b) La participación en toda clase de sociedades, chilenas o extranjeras, civiles o comerciales, ya sean colectivas, en comandita, anónimas o de responsabilidad limitada y cualquiera sea su objeto, para desarrollar los negocios a que se dedican estas sociedades o en las que ellas participan. c) La inversión de capitales, en toda clase de bienes muebles, corporales e incorporales, tales como acciones, promesas de acciones, bonos y debentures, planes de ahorro, cuotas o derechos en todo tipo de sociedades, ya sean comerciales o civiles, comunidades o asociaciones y en toda clase de títulos o valores mobiliarios. d) La adquisición y enajenación a cualquier título de bienes raíces y su explotación, como en general el desarrollo de toda clase de negocios inmobiliarios. Capital Social: El capital de la Sociedad, equivalente a la suma de $5.000.000, moneda de curso legal, dividido en 50 acciones nominativas, sin valor nominal, cada una de igual valor, y de una misma serie las que se suscribe y paga de la siguiente forma: 1) Por doña Pamela Andrea Millas Orellana, quien suscribe 25 acciones, correspondientes al 50% de la participación accionaria de la Sociedad, por un valor equivalente en moneda de curso legal a $2.500.000, que se paga en este acto, al contado y en dinero en efectivo. 2) Por doña Diana Marcela Sierra De Prince, quien suscribe 25 acciones, correspondientes al 50% de la participación accionaria de la Sociedad, por un valor equivalente en moneda de curso legal a $2.500.000, que se paga en este acto, al contado y en dinero en efectivo. Las accionistas sólo serán responsables hasta el monto de sus respectivos aportes en la Sociedad. Duración: La sociedad tendrá un plazo de duración de 5 años a contar de la fecha de escritura extractada, prorrogándose automáticamente por periodos iguales y sucesivos de 5 años cada vez, si ninguno de los accionistas manifestare su intención contraria mediante escritura pública anotada al margen de la inscripción social con una anticipación mínima de 6 meses al vencimiento del periodo que estuviere vigente. Asimismo, deberá darse aviso por escrito por carta certificada despachada por Notario Público a los otros accionistas, de su intención de no perseverar en el contrato de la Sociedad. Domicilio: Concepción, pudiendo establecer agencias, oficinas o sucursales en otras ciudades de Chile o en el extranjero. Administración: La administración y representación judicial y extrajudicial de la Sociedad y el uso de la razón social será ejercida separada e indistintamente por doña Pamela Andrea Millas Orellana y doña Diana Marcela Sierra De Prince, quienes anteponiendo la razón social a sus firmas, la representarán con las más amplias facultades de administración y disposición, pudiendo ejecutar todos los actos y celebrar todos los contratos o convenciones de cualquier naturaleza que sean, que se relacionen directa o indirectamente con el objeto social con todas y cada una de las facultades señaladas en escritura extractada, sin perjuicio de actos señalados en escritura extractada en que deben obrar los administradores antes señalados conjuntamente. Demás estipulaciones en escritura extractada. Concepción, 21 de octubre de 2019.