MODIFICACIÓN Sociedad de Responsabilidad Limitada

SAN MARTIN CLIMATIZACIONES LIMITADA

RUT 76009200-2 CVE 1672261
Capital
$1.200.000 CLP
Fecha instrumento
11 de octubre de 2019
Notaría
Peñalolén de don Pedro Parra Ahumada

Instrumento

Fecha
11 de octubre de 2019
Comuna
Peñalolén de don Pedro Parra Ahumada

Sociedad

Capital
$1.200.000 CLP

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

WILLIAM ALFREDO VASQUEZ CARRASCO, Notario Suplente del Titular de la Primera Notaria de la Primera Notaría Peñalolén de don Pedro Parra Ahumada, certifica que: Por escritura pública de 11 de Octubre de 2019, don José Emiliano San Martin García, Avenida Departamental N°7354, comuna de Peñalolén; doña Luisa Margarita San Martin Cifuentes, Camino a las Pircas N°4401, Casa G, comuna de Peñalolén; doña Ana Verónica San Martin Cifuentes, El Mañio N°7480, comuna de Peñalolén, doña Catalina de los Ángeles Monsalve San Martin, Camino a las Pircas N°4401, Casa G, doña Josefa Constanza Muñoz San Martin, El Mañio N°7480, comuna de Peñalolén, vienen a modificar la Sociedad “SAN MARTIN CLIMATIZACIONES LIMITADA”, nombre de fantasía “CLIMASAN LTDA”, constituida por escritura pública de fecha 09 de Octubre de 2003, ante la Notario de Santiago doña Nancy de la Fuente Hernández, inscrita Fs. 32132 N°24190, Registro de Comercio Conservador de Bienes Raíces de Santiago, año 2003. Publicada en el diario oficial de fecha 24 de Octubre de 2003, forma siguiente: a) don José Emiliano San Martin García, vende cede y transfiere parte de sus derechos sociales equivalentes al 30 % del capital a don Juan José Monsalve San Martin, quien compra, acepta y adquiere para sí, el precio de $1.200.000.- que se pagó con anterioridad, b) doña Luisa Margarita San Martin Cifuentes, vende cede y transfiere parte de sus derechos sociales equivalentes al 13 % del capital a doña Josefa Constanza Muñoz San Martin, quien compra, acepta y adquiere para sí, el precio de $520.000, que se pagó con anterioridad, c) doña Ana Verónica San Martin Cifuentes, vende cede y transfiere parte de sus derechos sociales equivalentes al 7 % del capital a doña Josefa Constanza Muñoz San Martin, quien compra, acepta y adquiere para sí, el precio de $280.000, que se pagó con anterioridad, d) doña Ana Verónica San Martin Cifuentes, vende cede y transfiere parte de sus derechos sociales equivalentes al 26 % del capital a doña Catalina de los Ángeles Monsalve San Martin, quien compra, acepta y adquiere para sí, el precio de $1.040.000, que se pagó con anterioridad, e) don José Emiliano San Martin García, vende cede y transfiere parte de sus derechos sociales equivalentes al 4 % del capital a don Catalina Monsalve San Martin, quien compra, acepta y adquiere para sí, el precio de$160.000.- que se pagó con anterioridad. Como consecuencia se retiran de la sociedad don José Emiliano San Martin García, y doña Ana Verónica San Martin Cifuentes, la sociedad queda formada por doña Luisa Margarita San Martin Cifuentes, con el 20% de los derechos sociales, don Juan José Monsalve San Martin, con el 30%, de los derechos sociales, doña Catalina Monsalve San Martin, con el 30%, de los derechos sociales, doña Josefa Muñoz San Martin, con 20% de los derechos sociales. Actuales socios ratifican que la administración, representación y uso de la razón social corresponderá a dos de los siguientes quienes actuaran en forma conjunta, doña Luisa Margarita San Martin Cifuentes, doña Josefa Constanza Muñoz San Martin, doña Catalina de los Ángeles Monsalve San Martin, y don Juan José Monsalve San Martin. - En lo no modificado se entiende plenamente vigentes cláusulas del pacto social. Demás estipulaciones en escritura extractan. Santiago, 21 de Octubre de 2019.