CONSTITUCIÓN Sociedad por Acciones

COLLOCATION TECHNOLOGIES CHILE SpA

CVE 1672235
Capital
$1.000 CLP
Fecha instrumento
8 de octubre de 2019
Notaría
Santiago

Instrumento

Fecha
8 de octubre de 2019
Notario
EDUARDO JAVIER DIEZ MORELLO
Oficio
34a Notaría Santiago
Comuna
Santiago

Sociedad

Capital
$1.000 CLP

Objeto social

La sociedad tiene por

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

EDUARDO JAVIER DIEZ MORELLO, Abogado, Notario Público Titular 34a Notaría Santiago, domiciliado en Luis Thayer Ojeda 359, Providencia, Santiago, certifico: por escritura pública de fecha 08 de octubre de 2019, repertorio número 20.336-2019, ante mí, DT HOLDINGS INC., una sociedad anónima constituida y existente de acuerdo con las leyes de la República de Panamá, constituyó sociedad por acciones: Nombre: “COLLOCATION TECHNOLOGIES CHILE SpA”.- Objeto: La sociedad tiene por objeto: a) La compra, venta, arrendamiento, subarrendamiento, administración y en general la explotación de torres de telecomunicaciones, y cualquier construcción análoga, necesaria y/o relacionada con la construcción de torres de telecomunicaciones, así como la planificación, desarrollo y ejecución de todo tipo de obras de civiles, ingeniería, arquitectura, diseño y ejecución de obras de infraestructura de cualquier naturaleza, la prestación de servicios de asesoría en esas ramas, la compra, venta, importación y exportación de materiales de construcción y de materias primas y su producción, y en general, cualquier actividad relacionada, directa o indirectamente, con las actividades anteriores o que sean necesarias o conveniente para el desarrollo de los negocios sociales; b) La adquisición, compraventa, distribución, importación, exportación, representación, comisión, enajenación, mediación, administración, arrendamiento, uso, gravamen y realización de toda clase de actos de comercio con bienes muebles e inmuebles, así como la constitución de derechos reales sobre los mismos; c) Participar en cualquier actividad de industria de productos industriales, comerciales o agrícolas, incluyendo pero no limitado a la fabricación, manufacturación, transformación, maquila, distribución y venta; d) Recibir o prestar a personas o entidades nacionales o extranjeras, cualquier tipo de servicios que sean requeridos para llevar a cabo su objeto social; e) Establecer sucursales, subsidiarias, agencias, oficinas o representantes en el extranjero y representar a cualquier persona física o jurídica, como intermediario, comisionista, representante o con cualquier otro carácter, realizando toda clase de operaciones, gestiones, negocios y actos de cualquier naturaleza; f) Adquirir, enajenar y disponer, por cualquier título, de toda clase de acciones, participaciones y valores en otras sociedades o asociaciones, ya sea de naturaleza civil o mercantil, pública o privada, nacional o extranjera; g) Negociar, formalizar, mantener, ejecutar y administrar todo tipo contratos con la administración pública, ya sea municipal o estatal, así como participar en todo tipo de licitaciones nacionales o extranjeras; h) Adquirir, registrar, explotar, proteger, enajenar, ceder, otorgar licencias y cancelar los registros de los activos intangibles de propiedad intelectual de la sociedad, incluyendo en forma enunciativa mas no limitativa marcas, avisos comerciales, patentes, nombres comerciales, programas de computación, secretos industriales, buena reputación y reconocimiento, así como derechos de autor, reservas de derechos y cualesquier otro derecho patrimoniales y morales relacionados, otorgados o reconocidos directa o indirectamente por las normas nacionales y extranjeras así como tratados internacionales en materia de propiedad industrial, derechos de autor, propiedad sobre intangibles y los derechos derivados de los mismos; i) En general, la celebración por su propia cuenta y nombre o por cuenta y nombre de terceros, de todo tipo de actos, contratos, convenios, ya sean civiles o mercantiles, principales o accesorios, o de cualquier otra naturaleza conforme a derecho, necesarios para la consecución de su objeto social; y j) La sociedad podrá en consecuencia realizar todas las operaciones permitidas por la ley y que coadyuven o sean necesarias para el cumplimiento del objeto señalado, incluyendo la celebración de todo tipo de actos, contratos, negocios, y transacciones relacionados con los fines indicados, así como todas aquellas actividades que se deriven del giro social o que con él se relacionen, debiendo interpretarse la enumeración precedente como enunciativa y no limitativa.- Capital: $1.000 dólares de los Estados Unidos de América, dividido en 1.000 acciones ordinarias, de una sola serie, sin valor nominal, íntegramente suscrito y pagado, en dinero efectivo, por DT HOLDINGS INC.- Demás estipulaciones en escritura extractada.- Santiago, 16 de octubre de 2019.- Eduardo Javier Diez Morello, Notario Público Titular.-