CARBOTEM LIMITADA
Instrumento
- Fecha
- 17 de octubre de 2019
- Repertorio
- 1074
- Notario
- RAUL LEIVA URIBE- ECHEVERRIA
- Domicilio
- Quirihue
- Comuna
- Puerto Montt
Sociedad
- Domicilio
- Será la comuna de Trehuaco. ACEPTACIÓN YVIGENCIA DEL PACTO SOCIAL: Comparecientes se manifiestan expresamente de acuerdo con las modificaciones que ha experimentado la sociedad, en especial con la exclusión como socio de Pedro Esteban Leiva Rojas, así como con la inclusión también como socia en ella de Camila Fernanda Rojas Vera, declarando que en todo lo no modificado regirá íntegramente el contrato de sociedad y sus modificaciones
Administración
La administración de la sociedad, su gobierno, control y función normativa e integradora, fiscalización, representación y el uso de la razón social corresponderá, exclusivamente, al socio Claudio Heraldo Rojas Leiva, quien podrá ejecutar y usar todas y cada una de las facultades que le fueran concedidas en la disposición quinta del estatuto social original, y en la cláusula cuarta, letra C) del pacto modificatorio.DOMICILIO SOCIAL. Será la comuna de Trehuaco. ACEPTACIÓN YVIGENCIA DEL PACTO SOCIAL: Comparecientes se manifiestan expresamente de acuerdo con las modificaciones que ha experimentado la sociedad, en especial con la exclusión como socio de Pedro Esteban Leiva Rojas, así como con la inclusión también como socia en ella de Camila Fernanda Rojas Vera, declarando que en todo lo no modificado regirá íntegramente el contrato de sociedad y sus modificaciones
Personas y entidades (3)
| Nombre | Rol | RUT/RUN | % | Aporte | Domicilio |
|---|---|---|---|---|---|
| CLAUDIO HERALDO ROJAS LEIVA | socio | 9398357-2 | — | — | |
| PEDRO ESTEBAN LEIVA ROJAS | socio | 9334793-5 | — | — | |
| CAMILA FERNANDA ROJAS VERA | socio | 17873073-8 | — | — |
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalRAUL LEIVA URIBE- ECHEVERRIA, Notario Público Quirihue, domiciliado en Independencia 499,CERTIFICO: Que por escritura pública de 17 de Octubre de 2019, Repertorio 1074, don CLAUDIO HERALDO ROJAS LEIVA,CNI N°9.398.357-2, empresario, domiciliado en Trehuaco, sector Puhaún, Km 16,6 camino a Mela, soltero; don PEDRO ESTEBAN LEIVA ROJAS, CNI N° 9.334.793-5, empresario, domiciliado en Volcán Nevado n° 1573, Jardín Oriente, Puerto Montt, divorciado; ambos socios de sociedad "Productos Químicos Carbotem Limitada”,o "Carbotem Limitada", constituida por escritura pública extendida en esta notaría, con fecha 04.11.2009 Repertorio 981/2009, extracto inscrito a Fojas 10,Número 17,en el Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Quirihue, del año 2009, publicado en el Diario Oficial del día19.11.2009, página 43 y del 06.01.2010 página 32, modificada por escritura otorgada ante el titular de la Primera Notaría de Puerto Montt, don Edward LangloisDanks, con fecha 08.05.2012, cuyo extracto se inscribió a Fojas 5, con el Número 8, en el Registro de Comercio del citado Conservador de Quirihue, del año 2012, y también a Fojas 579, con el Número 495, en el Registro de Comercio del Conservador de Puerto Montt, publicándose en la edición de la Página Web del Diario Oficial del 09.05.2012, anotándose al margen de la primitiva inscripción, sociedad que tiene el RUT N° 76.085.111-6; y doña CAMILA FERNANDA ROJAS VERA, CNI N° 17.873.073-8, estudiante, domiciliada en Concepción, calle 106, Las Princesas, casada bajo régimen de participación en los gananciales, todos chilenos, mayores de edad, y plenamente capaces, MODIFICARON SOCIEDAD mencionada, en sentidos siguientes: CESIÓN.Pedro Esteban Leiva Rojasvendió, cedió y transfirió la totalidad de sus derechos, participación o cuota social, que corresponden al 45% de sociedad mencionada, en la forma siguiente: a) Un 44% al socio Claudio Heraldo Rojas Leiva; y, b) Un 1% a comparecienteCamila Fernanda Rojas Vera, aceptando, adquiriendo y recibiendo ambos cesionarios las participaciones que a cada uno se cedieron, por un precio de $900.000, a razón de $880.000 correspondientes a cesión hecha a Claudio Heraldo Rojas Leiva, y $20.000 por cesión hecha a Camila Fernanda Rojas Vera. PARTICIPACIONES SOCIALES: La sociedad quedó compuesta única y exclusivamente por socios Claudio Heraldo Rojas LeivayCamila Fernanda Rojas Vera, correspondiendo un 99%al primero y un 1% a la última, de los derechos o cuotas sociales. Las ganancias se dividirán en la misma porcentualidad, concurriendo en las pérdidas en igual forma y porcentajes.ADMINISTRACIÓN. La administración de la sociedad, su gobierno, control y función normativa e integradora, fiscalización, representación y el uso de la razón social corresponderá, exclusivamente, al socio Claudio Heraldo Rojas Leiva, quien podrá ejecutar y usar todas y cada una de las facultades que le fueran concedidas en la disposición quinta del estatuto social original, y en la cláusula cuarta, letra C) del pacto modificatorio.DOMICILIO SOCIAL. Será la comuna de Trehuaco. ACEPTACIÓN YVIGENCIA DEL PACTO SOCIAL: Comparecientes se manifiestan expresamente de acuerdo con las modificaciones que ha experimentado la sociedad, en especial con la exclusión como socio de Pedro Esteban Leiva Rojas, así como con la inclusión también como socia en ella de Camila Fernanda Rojas Vera, declarando que en todo lo no modificado regirá íntegramente el contrato de sociedad y sus modificaciones. Otras estipulaciones en escritura extractada. Quirihue, 17 de octubre de 2019.-