MATERIALES DE CONSTRUCCION LUIS URIBE LIMITADA
Instrumento
- Fecha
- 17 de octubre de 2019
- Repertorio
- 1286-2019
- Notario
- Claudio Alejandro Cabello Olavarría
- Domicilio
- Quellón
Sociedad
- Capital
- $245.000.000 CLP
- Domicilio
- Quellón
- Duración
- La sociedad empezará a regir a contar de la fecha de la presente escritura pública y tendrá una duración de diez años. Vencido este plazo, se entenderá renovada o prorrogada tácita y sucesivamente, por períodos iguales, sucesivos y continuos de cinco años cada uno; a menos que alguno de los socios manifestare su voluntad de ponerle término. Esta manifestación de voluntad deberá hacerse mediante escritura pública y de la cual deberá tomarse nota al margen de la inscripción de la sociedad en el Registro de Comercio. Tanto esta declaración como la entrega de copia autorizada de ella al Conservador para su anotación, deberán efectuarse con seis meses de anticipación a lo menos al día de vencimiento del período en curso de duración de la sociedad. Sin embargo, la sociedad podrá igualmente terminar en cualquier época, por acuerdo entre los socios, manifestado por escritura pública, la que también deberá anotarse al margen de la inscripción social. RESPONSABILIDAD: Hasta el monto de los
Objeto social
a) Ferretería: compra, representación, distribución, consignación, intermediación, importación, exportación, y comercialización, tanto al por mayor como al por menor de toda clase de objetos de ferretería, tales como, máquinas, herramientas, artefactos para la industria y domésticos, motores, instrumentos de precisión y otros, repuestos y accesorios, herramientas, maderas, aceros, fierros, plásticos, pinturas y otros elementos para la construcción, reparación o mantenimiento de casas, edificios, locales y predios agrícolas, productos químicos, mena-je y otros para el hogar, artefactos y elementos mecánicos, eléctricos y electrónicos; artículos de pesca, caza, camping y similares y todo lo que, en la actualidad o en el futuro, tenga cualquiera relación con el área de ferretería en general; b) Maderera: realizar por cuenta propia, de terceros o asociada a terceros operaciones en el mercado nacional o internacional, ya sea importando o exportando, a las siguientes actividades: Uno- Aserradero: Mediante la explotación de bosques, montes y obrajes; forestación y reforestación; instalación de aserraderos; industrialización, transformación y extracción de productos y subproductos derivados de la madera, pudiendo comprarla, venderla, importarla y exportarla, en sus diversas etapas, aspectos y procesos. Dos- Carpintería de obra: Mediante el aserrado de madera, la elaboración de chapas, terciados, tableros macizos, tableros aglomerados y tableros de fibra; puertas, ventanas, cortinas de enrollar, persianas, marcos, cajones, cajones de empaque y otros elementos de carpintería de obra; la elaboración de madera para tonelería, parqué, la obtención de perfiles de madera, virutas, lana de madera y los tratamientos para preservar la madera. Tres.- Maderera: Explotación maderera en toda su línea, a saber: producción, forestación, industrialización y fabricación de cualquier clase de producto manufacturado que emplee como materia prima la madera o algún derivado de la misma, y comercialización de la madera en cualquiera de sus etapas de industrialización, ya sea extractiva o manufacturera. 4- Comercial: mediante la compra, venta, permuta, consignación, distribución, importación y exportación de productos, subproductos, materias primas, materiales, herramientas y maquinarias, y el ejercicio de representaciones distribuciones y consignaciones, depósitos, franquicias comerciales o concesiones, comisiones, relacionadas con el
Personas y entidades (3)
| Nombre | Rol | RUT/RUN | % | Aporte | Domicilio |
|---|---|---|---|---|---|
| LUIS ALBERTO URIBE VELASQUEZ | socio | 5136524-0 | — | — | |
| LUIS MAURICIO URIBE VELASQUEZ | socio | 14310131-2 | — | — | Quellón |
| CARLOS ALFREDO URIBE VELASQUEZ | socio | 13409984-4 | — | — |
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalClaudio Alejandro Cabello Olavarría, Notario Público de Quellón, con domicilio en Avenida La Paz N°302, ciudad de Quellón; Certifica: Con fecha 16 octubre 2019, por escritura pública repertorio N° 1286-2019, otorgada ante mí, LUIS ALBERTO URIBE VELASQUEZ, chileno, casado, comerciante, RUN 5.136.524-0, con domicilio en Ruta 5, Km 1 s/Nº, Quellón; LUIS MAURICIO URIBE VELASQUEZ, chileno, soltero, comerciante, RUN 14.310.131-2, con domicilio en Chadmo Central s/Nº, Quellón, y CARLOS ALFREDO URIBE VELASQUEZ, chileno, casado, comerciante, R.U.N. 13.409.984-4, con domicilio en Ruta 5, Km Uno s/Nº, Quellón, CONSTITUYERON: sociedad de responsabilidad limitada cuya razón social es “MATERIALES DE CONSTRUCCION LUIS URIBE LIMITADA”, y su nombre de fantasía es “SOCIEDAD MALU”. OBJETO: a) Ferretería: compra, representación, distribución, consignación, intermediación, importación, exportación, y comercialización, tanto al por mayor como al por menor de toda clase de objetos de ferretería, tales como, máquinas, herramientas, artefactos para la industria y domésticos, motores, instrumentos de precisión y otros, repuestos y accesorios, herramientas, maderas, aceros, fierros, plásticos, pinturas y otros elementos para la construcción, reparación o mantenimiento de casas, edificios, locales y predios agrícolas, productos químicos, mena-je y otros para el hogar, artefactos y elementos mecánicos, eléctricos y electrónicos; artículos de pesca, caza, camping y similares y todo lo que, en la actualidad o en el futuro, tenga cualquiera relación con el área de ferretería en general; b) Maderera: realizar por cuenta propia, de terceros o asociada a terceros operaciones en el mercado nacional o internacional, ya sea importando o exportando, a las siguientes actividades: Uno- Aserradero: Mediante la explotación de bosques, montes y obrajes; forestación y reforestación; instalación de aserraderos; industrialización, transformación y extracción de productos y subproductos derivados de la madera, pudiendo comprarla, venderla, importarla y exportarla, en sus diversas etapas, aspectos y procesos. Dos- Carpintería de obra: Mediante el aserrado de madera, la elaboración de chapas, terciados, tableros macizos, tableros aglomerados y tableros de fibra; puertas, ventanas, cortinas de enrollar, persianas, marcos, cajones, cajones de empaque y otros elementos de carpintería de obra; la elaboración de madera para tonelería, parqué, la obtención de perfiles de madera, virutas, lana de madera y los tratamientos para preservar la madera. Tres.- Maderera: Explotación maderera en toda su línea, a saber: producción, forestación, industrialización y fabricación de cualquier clase de producto manufacturado que emplee como materia prima la madera o algún derivado de la misma, y comercialización de la madera en cualquiera de sus etapas de industrialización, ya sea extractiva o manufacturera. 4- Comercial: mediante la compra, venta, permuta, consignación, distribución, importación y exportación de productos, subproductos, materias primas, materiales, herramientas y maquinarias, y el ejercicio de representaciones distribuciones y consignaciones, depósitos, franquicias comerciales o concesiones, comisiones, relacionadas con el objeto social.; c) Inmobiliaria: El objeto de la sociedad será la construcción, edificación, montaje, explotación y compraventa de todo tipo de obras de Ingeniería Civil, sean éstas habitacionales, comerciales, industriales, agrícolas; así como el corretaje y la intermediación de propiedades, la compra y venta de inmuebles, estén o no edificados; la promoción de negocios; inversiones, construcciones y planes habitacionales y asesoría en los mismos; la administración y arrendamiento, por cuenta propia y ajena, de bienes raíces, y cualquier otro acto o negocio lícito que derive de los anteriores, los complemente o sea una consecuencia de los mismos, u otros que los socios acuerden; y d) En general, la celebración de toda clase de actos y contratos como contratista o subcontratista; toda actividad que, en cualquiera forma, está relacionada o lo esté en el futuro con las actividades referidas en la presente cláusula; servicios similares o anexos; y cualquier otro negocio que acordaren los socios para el buen funcionamiento de la Empresa que en este acto se constituye, y lo cual no será necesario acreditar ante terceros.- CAPITAL: $245.000.000, que los socios enterarán y pagarán en las arcas sociales de la siguiente forma: LUIS ALBERTO URIBE VELASQUEZ, se obliga a pagar la suma total de $171.500.000, de los que en este acto entera la suma de $156.359.341, mediante el aporte que hace de los bienes muebles (vehículos), inmuebles e inventario, antes individualizados por un precio igual a sus respectivos avalúos ya señalados en la cláusula primera de la escritura citada, párrafo A.-; y se obliga a pagar el saldo de $15.140.659, en el plazo de 5 años, a medida que las necesidades sociales lo requiera, y lo que en todo caso podrá hacerse en dinero en efectivo, o con cargo a utilidades o revalorizaciones, o en bienes muebles o inmuebles corporales o incorporales cuyo avalúo se hará por los socios de común acuerdo al momento del entero.; LUIS MAURICIO URIBE ALVAREZ, se obliga a pagar $36.750.000, y CARLOS ALFREDO URIBE ALVAREZ, se obliga a pagar $36.750.000, estos dos últimos pagarán su parte del capital en el plazo de cinco años, a medida que las necesidades sociales lo requiera y lo que en todo caso podrá hacerse en dinero en efectivo, o con cargo a utilidades o revalorizaciones, o en bienes muebles o inmuebles corporales o incorporales cuyo avalúo se hará por los socios de común acuerdo al momento del entero. Participación social en la compañía que se constituye en este acto, equivalente al 70% del capital social para el socio LUIS ALBERTO URIBE VELASQUEZ, al 15% para el socio LUIS MAURICIO URIBE ALVAREZ y al 15% para el socio CARLOS ALFREDO URIBE ALVAREZ.- ADMINISTRACION Y USO RAZON SOCIAL: corresponderá a los socios don LUIS ALBERTO URIBE VELASQUEZ, don LUIS MAURICIO URIBE ALVAREZ y don CARLOS ALFREDO URIBE ALVAREZ, ya individualizados, quienes tendrán, el primero de forma separada o indistintamente por la sociedad y los segundos con autorización simple de don LUIS ALBERTO URIBE VELASQUEZ quienes actuando anteponiendo a sus firmas la razón social, obligarán y representarán a la sociedad.- DURACION: La sociedad empezará a regir a contar de la fecha de la presente escritura pública y tendrá una duración de diez años. Vencido este plazo, se entenderá renovada o prorrogada tácita y sucesivamente, por períodos iguales, sucesivos y continuos de cinco años cada uno; a menos que alguno de los socios manifestare su voluntad de ponerle término. Esta manifestación de voluntad deberá hacerse mediante escritura pública y de la cual deberá tomarse nota al margen de la inscripción de la sociedad en el Registro de Comercio. Tanto esta declaración como la entrega de copia autorizada de ella al Conservador para su anotación, deberán efectuarse con seis meses de anticipación a lo menos al día de vencimiento del período en curso de duración de la sociedad. Sin embargo, la sociedad podrá igualmente terminar en cualquier época, por acuerdo entre los socios, manifestado por escritura pública, la que también deberá anotarse al margen de la inscripción social. RESPONSABILIDAD: Hasta el monto de los aportes. DOMICILIO: Quellón.- Otras estipulaciones en la escritura social extractada. Quellón 17 de Octubre de 2019.