CONSTITUCIÓN Sociedad por Acciones

INVERSIONES MIG SpA

CVE 1671587
Capital
$152.850 CLP
Fecha instrumento
14 de octubre de 2019
Notaría
Santiago

Instrumento

Fecha
14 de octubre de 2019
Notario
ANDRÉS FELIPE RIEUTORD ALVARADO
Oficio
36º Notaría de Santiago
Comuna
Santiago

Sociedad

Capital
$152.850 CLP

Objeto social

a) la inversión por cuenta propia o ajena en toda clase de bienes muebles e inmuebles, corporales e incorporales, y, en general, en toda clase de valores mobiliarios, efectos de comercio, pagarés, acciones y derechos sociales, cualquiera sea su naturaleza, ya sea para fines de inversión y)o renta, para lo cual la Sociedad podrá adquirir y enajenar, explotar, administrar y percibir sus frutos a cualquier título; b) la inversión, compra, venta, adquisición y enajenación con fines rentísticos sobre toda clase de bienes y derechos inmobiliarios, sean corporales o incorporales, presentes o futuros; c) la explotación, directamente o por terceros, en cualquier forma de toda clase de bienes inmuebles o muebles, corporales o incorporales; d) la inversión, participación y administración de toda clase de sociedades, joint ventures, asociaciones, consorcios y otras entidades afines; e) la prestación de asesorías y consultorías técnicas o profesionales en la administración, gestión y desarrollo de negocios inmobiliarios con fines habitacionales, comerciales, industriales u otros relacionados con el giro inmobiliario; f) la prestación de asesorías y consultorías técnicas o profesionales en materias comerciales, económicas, financieras, de organización y)o administración de empresas; y g) en general, realizar cualesquiera otras actividades conexas o conducentes a los objetivos señalados u otros negocios que digan relación con el giro de la Sociedad y la realización de todos los actos o contratos necesarios para los fines anteriores

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

ANDRÉS FELIPE RIEUTORD ALVARADO, Notario Público Titular de la 36º Notaría de Santiago, La Concepción Nº 65, piso 2, comuna de Providencia, certifica que por escritura pública otorgada con fecha 14 de octubre de 2019, repertorio número 31.157/2019, ante mí, INVERSIONES LOS BUMPS DOS LIMITADA constituyó sociedad por acciones de conformidad a los artículos 424 y siguientes del Código de Comercio, de cuyos estatutos se extracta: Nombre: INVERSIONES MIG SpA, en adelante la “Sociedad”. Objeto: a) la inversión por cuenta propia o ajena en toda clase de bienes muebles e inmuebles, corporales e incorporales, y, en general, en toda clase de valores mobiliarios, efectos de comercio, pagarés, acciones y derechos sociales, cualquiera sea su naturaleza, ya sea para fines de inversión y/o renta, para lo cual la Sociedad podrá adquirir y enajenar, explotar, administrar y percibir sus frutos a cualquier título; b) la inversión, compra, venta, adquisición y enajenación con fines rentísticos sobre toda clase de bienes y derechos inmobiliarios, sean corporales o incorporales, presentes o futuros; c) la explotación, directamente o por terceros, en cualquier forma de toda clase de bienes inmuebles o muebles, corporales o incorporales; d) la inversión, participación y administración de toda clase de sociedades, joint ventures, asociaciones, consorcios y otras entidades afines; e) la prestación de asesorías y consultorías técnicas o profesionales en la administración, gestión y desarrollo de negocios inmobiliarios con fines habitacionales, comerciales, industriales u otros relacionados con el giro inmobiliario; f) la prestación de asesorías y consultorías técnicas o profesionales en materias comerciales, económicas, financieras, de organización y/o administración de empresas; y g) en general, realizar cualesquiera otras actividades conexas o conducentes a los objetivos señalados u otros negocios que digan relación con el giro de la Sociedad y la realización de todos los actos o contratos necesarios para los fines anteriores. Capital: $152.850.000 dividido en 152.850 acciones ordinarias, nominativas, de única serie y sin valor nominal, íntegramente suscrito y pagado de conformidad al Artículo Primero Transitorio. Demás estipulaciones constan en escritura extractada. Se facultó portador extracto para legalización. Santiago, 16 de octubre de 2019. ANDRÉS FELIPE RIEUTORD ALVARADO, Notario Público Titular.