CONSTITUCIÓN Sociedad por Acciones

Froward Trading SpA

CVE 1671707
Capital
$1.000 CLP
Fecha instrumento
4 de octubre de 2019
Duración
Indefinida

Instrumento

Fecha
4 de octubre de 2019

Sociedad

Capital
$1.000 CLP
Domicilio
la ciudad y comuna de Santiago
Duración
Indefinida

Objeto social

La sociedad tendrá por objeto las siguientes actividades: a) Prestación y realización de todo tipo de servicios y actividades profesionales; b) Compra, venta, permuta, cesión, reposición, importación, exportación, comercialización, distribución, arriendo, explotación, intermediación, fabricación y producción de toda clase de bienes, productos y mercaderías; pudiendo invertir y explotar toda clase de negocios y realizar todo tipo de inversiones, operaciones u actos de comercio afines y complementarias al presente objeto social, para lo cual podrá adquirir y otorgar franquicias, licencias y representaciones, sea por cuenta propia o asociados a terceros; c) Representación de empresas, licencias, marcas comerciales, personas naturales y jurídicas; d) Inversión, arriendo y administración de toda clase de bienes, muebles o inmuebles, corporales o incorporales, propios o de terceros, y la percepción de sus frutos, incluyendo la adquisición y enajenación de los mismos y; en general la realización de toda especie de actos, contratos o negocios vinculados o destinados a la obtención de los fines antes indicados, y toda aquella otra que los socios determinen y que diga relación con el

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

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LUIS POZA MALDONADO, Notario de Santiago, Avenida Vitacura 6844, Vitacura, certifico: por escritura de hoy, ante mí, Rodrigo Ignacio Balbontín Moreno, con cédula de identidad número quince millones trescientos diez mil ciento setenta y ocho guión siete, domiciliado en calle Enrique Barrenechea N° 4660, Comuna de Las Condes, constituyó sociedad por acciones sujeta a normas legales pertinentes y siguiente pacto social: Razón social: “Froward Trading SpA”; pudiendo usar como nombre de fantasía “Froward Trading”. Objeto: La sociedad tendrá por objeto las siguientes actividades: a) Prestación y realización de todo tipo de servicios y actividades profesionales; b) Compra, venta, permuta, cesión, reposición, importación, exportación, comercialización, distribución, arriendo, explotación, intermediación, fabricación y producción de toda clase de bienes, productos y mercaderías; pudiendo invertir y explotar toda clase de negocios y realizar todo tipo de inversiones, operaciones u actos de comercio afines y complementarias al presente objeto social, para lo cual podrá adquirir y otorgar franquicias, licencias y representaciones, sea por cuenta propia o asociados a terceros; c) Representación de empresas, licencias, marcas comerciales, personas naturales y jurídicas; d) Inversión, arriendo y administración de toda clase de bienes, muebles o inmuebles, corporales o incorporales, propios o de terceros, y la percepción de sus frutos, incluyendo la adquisición y enajenación de los mismos y; en general la realización de toda especie de actos, contratos o negocios vinculados o destinados a la obtención de los fines antes indicados, y toda aquella otra que los socios determinen y que diga relación con el objeto social. Administración y uso razón social: La administración de la sociedad y el uso de la razón social le corresponderá a don Rodrigo Ignacio Balbontín Moreno. Capital: El capital de la sociedad es la suma de un millón de pesos ($1.000.000), que está dividido en cien acciones ordinarias, iguales, de una misma serie, y sin valor nominal; de las cuales Rodrigo Ignacio Balbontín Moreno suscribe cien acciones y pagando al efecto diez mil pesos por cada una de ellas, que corresponden al cien por ciento de la totalidad de las acciones en que está dividido el capital social; en este acto y en dinero. Domicilio: Su domicilio será en la ciudad y comuna de Santiago, sin perjuicio de que pueda constituir agencias, oficinas y representaciones en otros lugares del país o del extranjero, y de los domicilios especiales que pueda fijar por actos y contratos determinados Duración: La sociedad rige desde hoy y será de duración indefinida, salvo que por acuerdo de a lo menos de la mayoría absoluta de las acciones con derecho a voto, se acuerde poner término a la sociedad, lo que deberá constar mediante escritura pública anotada al margen de la inscripción social. Sólo con acuerdo unánime de él o los accionistas podrá dejarse sin efecto el desahucio formulado por la mayoría antes indicada. Otras estipulaciones escritura extractada. En Santiago, 4 de Octubre de 2019.