MODIFICACIÓN Sociedad de Responsabilidad Limitada

SOCIEDAD INMOBILIARIA LA VENTANA DE TUNQUEN LIMITADA

RUT 76874082-8 CVE 1671097
Capital
$11.250.000 CLP
Fecha instrumento
30 de septiembre de 2019

Instrumento

Fecha
30 de septiembre de 2019
Notario
JORGE REYES BESSONE
Domicilio
San Miguel

Sociedad

Capital
$11.250.000 CLP

Objeto social

a) la compraventa, permuta, arrendamiento, subarrendamiento y todo otro acto por el que se adquiera, transfiera o entregue el dominio, la posesión o la mera tenencia de bienes raíces urbanos, suburbanos o rurales; subdivisión, parcelación, urbanización, construcción y comercialización de toda clase de bienes raíces; construcción por cuenta propia y)o ajena de toda clase de viviendas, inclusive económicas conforme al D.F.L. número dos, de mil novecientos cincuenta y nueve y sus modificaciones y, en general, toda clase de actos y)o contratos y)o negocios que digan relación con la construcción, explotación, administración o enajenación de todo tipo de viviendas ya sea bajo la forma de ventas, permutas, adjudicaciones y otros títulos; la adquisición de terrenos, materiales y elementos para dichas edificaciones; y los loteos y urbanizaciones de los mismos, así como, las urbanizaciones y construcciones por cuenta de terceros y las urbanizaciones y loteos que se hagan para instituciones fiscales, semifiscales, empresas u otros organismos de administración autónoma del Estado y Municipalidades, y las que se hagan de acuerdo a proyectos aprobados por el Ministerio de Vivienda y Urbanismo. Podrá intervenir en todo tipo de obras, proyectos, construcciones por cuenta propia o ajena, realización de trabajos de edificación de todo tipo, montaje, reparación, explotación y venta de todo tipo de obras civiles, sean éstas habitacionales, comerciales, industriales, agrícolas, mineras u obras públicas. En general, la realización de toda otra operación relacionada en cualquier forma con las anteriores que los socios acuerde; b) la proyección, organización, construcción y explotación de cualquier tipo de centros y agencias de turismo, recreación, hoteles, casinos, moteles, bares y demás ramos similares, propios o ajenos, como asimismo, la compra, venta, importación, licitación, exploración y cualquier tipo de comercialización, con cualquier tipo de bienes relacionados con los centros y agencias de turismo y hotelería; c) la explotación en todas sus formas de las áreas agrícolas, ganadera y forestal, importación, exportación, transformación y comercialización de sus frutos; compra de maquinarias, equipos, comercialización de productos, exportaciones, importaciones, asesorías técnicas y servicios, representaciones y consignaciones; cría, engorda, compraventa y demás actos y contratos por mayor o menor ganado de todo tipo; actuar como comisionista o mandatario en la venta de productos del agro; d) la compraventa y mercadeo e general de acciones, bonos, debentures y de toda clase de valores mobiliarios y títulos financieros; la comercialización, administración y percepción de los frutos en general, por cuenta propia o ajena de toda clase de bienes raíces, sean urbanos, suburbanos o rurales, valores mobiliarios y títulos financieros, cuotas o derechos en sociedad y efectos de comercio, percibir, administrar e invertir las rentas, utilidades e ingresos que produzcan esos actos o los indicados en las letras precedentes; e) la intermediación en todas o algunas de las actividades mencionadas en las letras precedentes; celebrar los pactos, contratos y convenciones que demande el cumplimiento del giro social; y en general, la realización de toda clase de actividades, inversiones y negocios, en todas las áreas del quehacer económico, social, financiero, productivo, de transportes, de comercio nacional o exterior, agrícola o de servicios, del país o del extranjero y sin restricciones de ninguna índole, relacionados directa o indirectamente con el objeto social y que los socios acuerden llevar a cabo. Para el cumplimiento de los objetivos señalados o que acuerden emprender, la sociedad podrá actuar por cuenta propia, ajena y)o asociada o en coparticipación con terceros

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

JORGE REYES BESSONE, abogado, Notario Público Titular de San Miguel, con domicilio en Gran Avenida José Miguel Carrera número cuatro mil ochocientos ochenta y seis, Comuna de San Miguel, certifico que: Por escritura pública de fecha 30 de septiembre de 2019, otorgada ante mí, José Luis Zabala Ansoleaga y Occidental SpA, ambos domiciliados para estos efectos en calle Catedral Nro. 2376, comuna y cuidad de Santiago, modificaron la SOCIEDAD INMOBILIARIA LA VENTANA DE TUNQUEN LIMITADA, inscrita a fs. 3.521, bajo el N° 1.822 del Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago del año 1988, en lo siguiente: Se acuerda transformar la sociedad Sociedad Inmobiliaria La Ventana de Tunquen Limitada, de una sociedad de responsabilidad limitada a una sociedad por acciones, que pasará a denominarse Sociedad Inmobiliaria La Ventana de Tunquen SpA, con efecto desde fecha escritura extractada, cuyo estatuto extracto: Nombre: “SOCIEDAD INMOBILIARIA LA VENTANA DE TUNQUEN SpA”. Accionistas: José Luis Zabala Ansoleaga y Occidental SpA. Objeto: a) la compraventa, permuta, arrendamiento, subarrendamiento y todo otro acto por el que se adquiera, transfiera o entregue el dominio, la posesión o la mera tenencia de bienes raíces urbanos, suburbanos o rurales; subdivisión, parcelación, urbanización, construcción y comercialización de toda clase de bienes raíces; construcción por cuenta propia y/o ajena de toda clase de viviendas, inclusive económicas conforme al D.F.L. número dos, de mil novecientos cincuenta y nueve y sus modificaciones y, en general, toda clase de actos y/o contratos y/o negocios que digan relación con la construcción, explotación, administración o enajenación de todo tipo de viviendas ya sea bajo la forma de ventas, permutas, adjudicaciones y otros títulos; la adquisición de terrenos, materiales y elementos para dichas edificaciones; y los loteos y urbanizaciones de los mismos, así como, las urbanizaciones y construcciones por cuenta de terceros y las urbanizaciones y loteos que se hagan para instituciones fiscales, semifiscales, empresas u otros organismos de administración autónoma del Estado y Municipalidades, y las que se hagan de acuerdo a proyectos aprobados por el Ministerio de Vivienda y Urbanismo. Podrá intervenir en todo tipo de obras, proyectos, construcciones por cuenta propia o ajena, realización de trabajos de edificación de todo tipo, montaje, reparación, explotación y venta de todo tipo de obras civiles, sean éstas habitacionales, comerciales, industriales, agrícolas, mineras u obras públicas. En general, la realización de toda otra operación relacionada en cualquier forma con las anteriores que los socios acuerde; b) la proyección, organización, construcción y explotación de cualquier tipo de centros y agencias de turismo, recreación, hoteles, casinos, moteles, bares y demás ramos similares, propios o ajenos, como asimismo, la compra, venta, importación, licitación, exploración y cualquier tipo de comercialización, con cualquier tipo de bienes relacionados con los centros y agencias de turismo y hotelería; c) la explotación en todas sus formas de las áreas agrícolas, ganadera y forestal, importación, exportación, transformación y comercialización de sus frutos; compra de maquinarias, equipos, comercialización de productos, exportaciones, importaciones, asesorías técnicas y servicios, representaciones y consignaciones; cría, engorda, compraventa y demás actos y contratos por mayor o menor ganado de todo tipo; actuar como comisionista o mandatario en la venta de productos del agro; d) la compraventa y mercadeo e general de acciones, bonos, debentures y de toda clase de valores mobiliarios y títulos financieros; la comercialización, administración y percepción de los frutos en general, por cuenta propia o ajena de toda clase de bienes raíces, sean urbanos, suburbanos o rurales, valores mobiliarios y títulos financieros, cuotas o derechos en sociedad y efectos de comercio, percibir, administrar e invertir las rentas, utilidades e ingresos que produzcan esos actos o los indicados en las letras precedentes; e) la intermediación en todas o algunas de las actividades mencionadas en las letras precedentes; celebrar los pactos, contratos y convenciones que demande el cumplimiento del giro social; y en general, la realización de toda clase de actividades, inversiones y negocios, en todas las áreas del quehacer económico, social, financiero, productivo, de transportes, de comercio nacional o exterior, agrícola o de servicios, del país o del extranjero y sin restricciones de ninguna índole, relacionados directa o indirectamente con el objeto social y que los socios acuerden llevar a cabo. Para el cumplimiento de los objetivos señalados o que acuerden emprender, la sociedad podrá actuar por cuenta propia, ajena y/o asociada o en coparticipación con terceros. Capital: $11.250.000.- dividido en 11.250 acciones de única serie, nominativas y sin valor nominal, íntegramente suscrito y pagado. Demás estipulaciones constan en escritura extractada. Santiago, 30 de septiembre de 2019.