MODIFICACIÓN Sociedad de Responsabilidad Limitada

Inversiones Fitz Roy Limitada

RUT 77920880-K CVE 1671164
Capital
$250.000 CLP
Fecha instrumento
2 de octubre de 2019

Instrumento

Fecha
2 de octubre de 2019
Notario
ALBERTO EDUARDO ROJAS LOPEZ
Oficio
6 notaría Stgo

Sociedad

Capital
$250.000 CLP

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

ALBERTO EDUARDO ROJAS LOPEZ, Notario Público titular 6 notaría Stgo., Compañía 1085, piso 14 certifica: por escritura pública de fecha 02 de Octubre de 2019, ante mí, Sres. CRISTIAN MARIO OYANEDER MACUADA, Por sí y p.p. INVERSIONES PUNTO COM LIMITADA, ambos Avenida Isidoro Del Solar, 229, comuna y ciudad de Talca, y de paso en esta; GONZALO FERNANDO OYANEDER MACUADA, Por sí y p.p. INVERSIONES LUGOM LIMITADA, ambos Uno Poniente1689, comuna y ciudad de Talca, y de paso en esta; JIMENA PAULINA OYANEDER MACUADA, Julio Parada Benavente 1876, comuna y ciudad de Concepción y de paso en esta, y MARIANA REBECA OYANEDER MACUADA, Fitz Roy 1232, comuna de las Condes, Santiago; modifican sociedad "INVERSIONES FITZ ROY LIMITADA”, constituida 10 de abril de 2003, otorgada ante el Notario Público de Santiago, don René Benavente Cash, inscrita a fojas 10.155 N°7.936 del Registro de Comercio del CBR de Santiago, correspondiente al año 2003.. Modificaciones consisten: JIMENA PAULINA OYANEDER MACUADA vende, cede y transfiere el total de sus derechos equivalentes al 25% a INVERSIONES PUNTO COM LIMITADA, en $5.000.000.-,pagados en este acto a la parte vendedora quien declara recibirlo, dándose el precio por íntegramente pagado. b) MARIANA REBECA OYANEDER MACUADA vende, cede y transfiere el total de sus derechos equivalentes al 25% a INVERSIONES LUGOM LIMITADA, pagados en este acto, a la parte vendedora quien declara recibirlo, dándose el precio por íntegramente pagado; Quedan como actuales socios CRISTIAN MARIO OYANEDER MACUADA, con 25%; GONZALO FERNANDO OYANEDER MACUADA con 25%; INVERSIONES PUNTO COM LIMITADA, con 25%; e INVERSIONES LUGOM LIMITADA, con 25%. Socios acuerdan: A) Modificar la Cláusula Quinta del pacto social, por el siguiente: “Quinto: El capital de la sociedad es de un millón de pesos, aportados de la siguiente manera: a) CRISTIAN MARIO OYANEDER MACUADA, $250.000.-, íntegramente pagados con anterioridad a esta fecha, correspondientes al 25%; b) GONZALO FERNANDO OYANEDER MACUADA, $250.000.-, íntegramente pagados con anterioridad a esta fecha, correspondientes al 25%; c) INVERSIONES PUNTO COM LIMITADA, $250.000.-, íntegramente pagados con anterioridad a esta fecha, correspondientes al 25%; d) INVERSIONES LUGOM LIMITADA, $250.000.-, íntegramente pagados con anterioridad a esta fecha, correspondientes al 25%. Modificar la administración en el siguiente sentido “La administración de la sociedad y el uso de la razón social corresponderá a don Cristian Mario Oyaneder Macuada y don Gonzalo Fernando Oyaneder Macuada, con facultades estipuladas en escritura que extracto. En todo lo no modificado sigue vigente el pacto social primitivo. Demás estipulaciones escritura extractada. Santiago, 14 Octubre 2019.