Cooperativa Agrícola y Vitivinícola Guasco Alto Limitada
Instrumento
- Fecha
- 11 de octubre de 2019
- Repertorio
- 983
- Notario
- RICARDO OLIVARES PIZARRO
- Oficio
- Segunda Notaria de Vallenar
- Comuna
- Vallenar
Sociedad
- Capital
- $1.500 CLP
- Domicilio
- : La Cooperativa está domiciliada en calle 31 de Enero S/N de la localidad de Alto del Carmen, Comuna de Alto del Carmen, Región de Atacama, pudiendo establecer agencias, sucursales o representaciones en cualquier punto del país o del extranjero
- Duración
- Indefinida
Objeto social
La Cooperativa tiene por objetos; El promover y sustentar el desarrollo del trabajo empresarial asociativo, de colaboración, en lo productivo, comercial y en la entrega de servicios, con el objetivo o finalidad de; producir, comprar y vender, distribuir, elaborar, reparar, incorporar valor agregado a los productos, transformar, financiar, comercializar, exportar, importar, asesorar, elevar rendimientos y calidad de la producción, administrar y entregar transferencia tecnológica, innovación e investigación, asistencia técnica, y capacitar, en todas las actividades y acciones que demande y requiera la actividad productiva y de servicios que la cooperativa desarrolle y explote, en los diferentes rubros de su actividad productiva agrícola, económica, agroindustrial, artesanal, en los rubros: vitivinícola, producción de pajarete, licores, destilados, frutales, hortalizas, enoturismo o turismo enológico, turismo rural, gastronomía campesina, entre otros rubros agrícolas, silvoagropecuarios, y de la entrega de servicios y consultorías como son: servicio de compra y venta de insumos, servicio de agregación de valor a la materia prima, servicio de maquinaria agrícola, servicio de almacenaje, acopio y bodegaje de productos, servicio de elaboración de vinos y licores, servicio de aplicación de plaguicidas y pulverización, servicio de transporte por carretera, servicio de transferencia tecnológica e innovación, servicio de elaboración, aplicación y evaluación de proyectos, servicio de promoción y fomento de enoturismo, turismo y turismo rural, servicio de capacitación y comunicaciones, servicios de comercialización, exportación y importación de productos, y la entrega de otros servicios afines y conexos, como el desarrollar toda las actividades y acciones que se requieran en la explotación y gestión del rubro vitivinícola, y otros rubros agrícolas, silvoagropecuarios, aportando a lograr un mayor desarrollo económico, productivo y social de los asociados/as a la Cooperativa. La Cooperativa observará neutralidad política y religiosa y exigirá a sus socios igual neutralidad en sus actividades internas. El
Personas y entidades (2)
| Nombre | Rol | RUT/RUN | % | Aporte | Domicilio |
|---|---|---|---|---|---|
| Presidenta. Bernardo Ernesto Torres Manterola | socio | 10962451-9 | — | — | |
| Vicepresidente y Edith Marta Brito Rojas | socio | 9730440-8 | — | — |
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalRICARDO OLIVARES PIZARRO, Notario Público Titular Segunda Notaria de Vallenar, oficio en calle Prat N°960 Local 14, certifica: Por escritura pública de fecha 11/10/2019, repertorio Nº 983, ante mí, se redujo a escritura pública, el Acta de la Junta General Constitutiva de la Cooperativa Agrícola y Vitivinícola Guasco Alto Limitada, nombre de fantasía o sigla “GUASCO ALTO COOP”, que tuvo lugar en la Comuna de Alto del Carmen, Región de Atacama, con fecha 05 de octubre del año 2019, con la asistencia de 10 productores agrícolas vitivinícolas. Acuerdos: Constitución de una Cooperativa, en los términos que contiene la Ley General de Cooperativas, su Reglamento y Estatuto Social. Nombre: Cooperativa Agrícola y Vitivinícola Guasco Alto Limitada, su sigla será “GUASCO ALTO COOP”. Domicilio: : La Cooperativa está domiciliada en calle 31 de Enero S/N de la localidad de Alto del Carmen, Comuna de Alto del Carmen, Región de Atacama, pudiendo establecer agencias, sucursales o representaciones en cualquier punto del país o del extranjero. Duración: La Cooperativa tendrá una duración indefinida, sin perjuicio de las causales generales de disolución contempladas en la Ley General de Cooperativas. Objeto: La Cooperativa tiene por objetos; El promover y sustentar el desarrollo del trabajo empresarial asociativo, de colaboración, en lo productivo, comercial y en la entrega de servicios, con el objetivo o finalidad de; producir, comprar y vender, distribuir, elaborar, reparar, incorporar valor agregado a los productos, transformar, financiar, comercializar, exportar, importar, asesorar, elevar rendimientos y calidad de la producción, administrar y entregar transferencia tecnológica, innovación e investigación, asistencia técnica, y capacitar, en todas las actividades y acciones que demande y requiera la actividad productiva y de servicios que la cooperativa desarrolle y explote, en los diferentes rubros de su actividad productiva agrícola, económica, agroindustrial, artesanal, en los rubros: vitivinícola, producción de pajarete, licores, destilados, frutales, hortalizas, enoturismo o turismo enológico, turismo rural, gastronomía campesina, entre otros rubros agrícolas, silvoagropecuarios, y de la entrega de servicios y consultorías como son: servicio de compra y venta de insumos, servicio de agregación de valor a la materia prima, servicio de maquinaria agrícola, servicio de almacenaje, acopio y bodegaje de productos, servicio de elaboración de vinos y licores, servicio de aplicación de plaguicidas y pulverización, servicio de transporte por carretera, servicio de transferencia tecnológica e innovación, servicio de elaboración, aplicación y evaluación de proyectos, servicio de promoción y fomento de enoturismo, turismo y turismo rural, servicio de capacitación y comunicaciones, servicios de comercialización, exportación y importación de productos, y la entrega de otros servicios afines y conexos, como el desarrollar toda las actividades y acciones que se requieran en la explotación y gestión del rubro vitivinícola, y otros rubros agrícolas, silvoagropecuarios, aportando a lograr un mayor desarrollo económico, productivo y social de los asociados/as a la Cooperativa. La Cooperativa observará neutralidad política y religiosa y exigirá a sus socios igual neutralidad en sus actividades internas. El Capital: El Capital inicial suscrito y pagado es de $1.500.000 (un millón quinientos mil pesos), dividido en 15.000 (quince mil) Cuotas de Participación, de un valor inicial de $100.- (cien pesos) por cada cuota de participación. Cada socio constituyente hace un aporte de capital inicial de $150.000- (ciento cincuenta mil pesos), equivalente a 1.500 cuotas de participación. Se Nombra: Como Consejo de Administración Provisorio a los siguientes socios/as: Patricia Erika Álvarez Olave, RUT: 8.251.236–5, Presidenta. Bernardo Ernesto Torres Manterola, RUT: 10.962.451-9, Vicepresidente y Edith Marta Brito Rojas, RUT: 9.730.440-8, Secretaria. Demás estipulaciones constan en escritura extractada. Vallenar, 16 de octubre de 2019.