MODIFICACIÓN Sociedad Anónima

COMERCIAL E INVERSIONES MEGAPOL S.A.

RUT 99583280-1 CVE 1671176
Capital
$20.000.000 CLP
Fecha instrumento
11 de octubre de 2019
Notaría
Santiago
Duración
Indefinida

Instrumento

Fecha
11 de octubre de 2019
Notario
PABLO A. GONZÁLEZ CAAMAÑO
Oficio
Novena Notaría de Santiago
Comuna
Santiago

Sociedad

Capital
$20.000.000 CLP
Domicilio
El domicilio de la Sociedad es la ciudad de Santiago
Duración
Indefinida

Objeto social

a) La compra, venta, subdivisión, urbanización, comercialización, administración, arriendo, subarriendo, comodato y cualquier otra forma de cesión definitiva o temporal, de toda clase de bienes raíces, urbanos o rurales, sea por cuenta propia o de terceros; b) La inversión en toda clase de bienes corporales o incorporales, muebles o inmuebles, la inversión en toda clase de sociedades, de personas o de capital, la administración de tales inversiones y la percepción de sus frutos y c) la fabricación, transformación, comercialización, importación y exportación de artículos de plástico y sus derivados. d) Las actividades anteriores las podrá realizar la sociedad por cuenta propia o ajena

Administración

Será administrada por un apoderado. Se designa como apoderado, al señor Eduardo Alejandro Abarca Vargas

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

PABLO A. GONZÁLEZ CAAMAÑO, abogado, Notario Público titular de la Novena Notaría de Santiago, Teatinos 333 e/p, certifico: Por escritura pública de 11 de octubre de 2019, ante mí, el compareciente Eduardo Alejandro Abarca Vargas, chileno, casado, empresario, cédula de identidad número siete millones ciento noventa quinientos sesenta guion ocho, con domicilio en calle El Embalse ocho mil novecientos veintiuno, Peñalolén, redujo a escritura pública ACTA JUNTA EXTRAORDINARIA DE ACCIONISTAS COMERCIAL E INVERSIONES MEGAPOL S.A., en la que consta que de conformidad a lo dispuesto en el Artículo 424 y siguientes del Código de Comercio, los accionistas acordaron por unanimidad transformar la sociedad anónima COMERCIAL E INVERSIONES MEGAPOL S.A. en una sociedad por acciones “SpA”, acordándose que la transformación operará y producirá todos sus efectos a contar de la fecha en que el acta de la presente Junta sea reducida a escritura pública, subsistiendo la personalidad jurídica de la sociedad que es objeto de la transformación. Se regirá de acuerdo a los siguientes estatutos y supletoriamente, en silencio de las normas antes señaladas del Código de Comercio, y sólo en aquello que no se contraponga con su naturaleza, por las normas aplicables a las sociedades anónimas cerradas, de conformidad a lo dispuesto en el Artículo 424 del Código de Comercio. Razón social: “POLPLAS SpA”. Domicilio: El domicilio de la Sociedad es la ciudad de Santiago, sin perjuicio de que pueda establecer agencias, sucursales u oficinas en el resto del país o en el extranjero. Duración: indefinida. Objeto: a) La compra, venta, subdivisión, urbanización, comercialización, administración, arriendo, subarriendo, comodato y cualquier otra forma de cesión definitiva o temporal, de toda clase de bienes raíces, urbanos o rurales, sea por cuenta propia o de terceros; b) La inversión en toda clase de bienes corporales o incorporales, muebles o inmuebles, la inversión en toda clase de sociedades, de personas o de capital, la administración de tales inversiones y la percepción de sus frutos y c) la fabricación, transformación, comercialización, importación y exportación de artículos de plástico y sus derivados. d) Las actividades anteriores las podrá realizar la sociedad por cuenta propia o ajena. Administración: Será administrada por un apoderado. Se designa como apoderado, al señor Eduardo Alejandro Abarca Vargas. Capital: El capital de la Sociedad es de $20.000.000, dividido en 20.000 acciones nominativas, ordinarias, sin valor nominal, de una misma serie, suscribiendo, Eduardo Alejandro Abarca Vargas la cantidad de 19.980 acciones por la suma de $19.980.000, y don Eduardo Andrés abarca Villarroel, la cantidad de 20 acciones por la suma de 20.000 mil pesos, que ya han sido ingresados a la caja social, quedando así totalmente suscrito y pagado el capital antes indicado. Demás estipulaciones en la escritura extractada.