Sociedad Constructora Pardo y Compañía Limitada
Instrumento
- Fecha
- 23 de agosto de 2019
- Notario
- Francisco Nehme Carpanetti
- Domicilio
- O’Higgins 744
Sociedad
- Capital
- $15.000.000 CLP
Personas y entidades (2)
| Nombre | Rol | RUT/RUN | % | Aporte | Domicilio |
|---|---|---|---|---|---|
| INMOBILIARIA COPAYAPU LIMITADA | socio | 78703960-K | — | — | |
| Sociedad Constructora Pardo y Compañía Limitada | socio | 76383007-1 | — | — |
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalFrancisco Nehme Carpanetti, Notario Público Titular, O’Higgins 744, Copiapó, certifica: Por escritura pública de 23 agosto 2019, ante mí, ANTONIO RAFAEL PARDO KALLENS, ingeniero constructor, Panamericana Acceso Sur 425, oficina B-5, Copiapó, por si y en representación de la sociedad INMOBILIARIA COPAYAPU LIMITADA, R.U.T. 78.703.960-K; SOL JAZMÍN PARDO MUÑOZ, ingeniero constructor, Pasaje José Guggiana Espoz 4278, Copiapó, y FRANCISCO ENRIQUE ROJAS ORELLANA, Ingeniero Constructor, José Lattus Leiva 1021, Villa Parque del Sol Tres, Copiapó; modifican Sociedad Constructora Pardo y Compañía Limitada, RUT 76.383.007-1, constituida por escritura de fecha 21 marzo 2014, ante Luis Ignacio Manquehual Mery, Notario de Copiapó inscrita a fojas 277 N°135 Registro de Comercio Conservador de Bienes Raíces y Comercio de Copiapó año 2014 y publicada en Diario Oficial del 17 de abril del año 2014; MODIFICACIONES: 1) Se acuerda por actuales socios Antonio Rafael Pardo Kallens y Sol Jazmin Pardo Muñoz aumentar el capital de la sociedad desde $15.000.000. a $264.794.103. aumento de capital que es pagado con $75.172.971. que Antonio Rafael Pardo Kallens se obliga a aportar en el plazo de 5 años a contar de fecha de escritura extractada; con $37.661.486. que Sol Jazmín Pardo Muñoz se obliga a aportar en el plazo de 5 años a contar de la fecha de escritura extractada; con $8.159.646. que aporta y aportará Francisco Enrique Rojas Orellana, ingresando en este acto a la sociedad, pagando $815.646. y obligándose a pagar la diferencia de $7.344.000. en el plazo de 5 años a contar de la fecha de la escritura extractada, y con $128.800.000. que paga la sociedad Inmobiliaria Copayapu Limitada, ingresando a la sociedad pago que efectúa aportando en dominio bienes que se singularizan en escritura extractada; 2) Socios modifican cláusula quinta del pacto social, quedando de siguiente modo: QUINTO: El capital de la sociedad es la suma de $264.794.103.- capital enterado y pagado o por enterar y pagar de la siguiente forma: a) Con la suma de $85.222.971.- aportados por el socio don Antonio Rafael Pardo Kallens, a razón de $10.050.000.- aportados al constituirse la sociedad, y con $75.172.971.- que el socio don Antonio Rafael Pardo Kallens se obliga a aportar en el plazo de cinco años a contar de la fecha de la presente escritura y a medida que las necesidades sociales lo requieran; b) Con la suma de $42.611.486.- aportados por la socia doña Sol Jazmín Pardo Muñoz, y que dicha socia ha enterado y pagado o enterará y pagará a razón de $4.950.000.- aportados al constituirse la sociedad y a razón de $37.661.486.- que se obliga a aportar en el plazo de cinco años a contar de la fecha de la presente escritura y a medida que las necesidades sociales lo requieran; c) con la suma de $8.159.646.- que aporta a razón de $815.646.- en este acto el socio don Francisco Enrique Rojas Orellana, quien se obliga a enterar la diferencia de $7.344.000.- en el plazo de cinco años a contar de la fecha de la presente escritura, y a medida que las necesidades sociales lo requieran; y d) Con la suma de $135.994.103.- que ha aportado, pagado y enterado la sociedad Inmobiliaria Copayapu Limitada”.- B) Socios modifican cláusula sexta pactando que las utilidades se repartirán entre los socios en proporción a sus aportes, y en igual proporción contribuirán los socios a las eventuales pérdidas sociales.- Otras estipulaciones en escritura extractada. Copiapó, 10 de octubre de 2019.