AGRÍCOLA PORTEZUELO S.A.
Instrumento
- Fecha
- 1 de octubre de 2019
- Repertorio
- 13735/2019
- Notario
- MARÍA PILAR GUTIÉRREZ RIVERA
- Oficio
- 18° Notaría de Santiago
- Comuna
- Santiago
Sociedad
- Capital
- $1.500.000.000 CLP
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalMARÍA PILAR GUTIÉRREZ RIVERA, notario público titular de la 18° Notaría de Santiago, con oficio en Huérfanos 669, piso 8, de esta ciudad, CERTIFICO: Que en junta extraordinaria de accionistas de fecha 23 de septiembre de 2019, cuya acta fue reducida a escritura pública en esta notaría el 1 de octubre de 2019, Repertorio N°13.735/2019 ante mí, los accionistas de la Sociedad “AGRÍCOLA PORTEZUELO S.A.”, que representan el cien por ciento de las acciones pagadas y con derecho a voto de dicha sociedad, acordaron: A.- Aumentar el capital de la Compañía en la suma de $1.500.000.000, emitiéndose para esos efectos la cantidad de un 1.000.000 de acciones de pago, nominativas, una misma serie, y sin valor nominal, a un precio de $1.500 por cada acción, quedando en consecuencia el capital social en la suma de $6.623.946.646, dividido en 4.487.294 acciones nominativas, de una misma serie, y sin valor nominal. B.- Reemplazar el artículo cuarto permanente y artículo primero transitorio de los estatutos sociales por los siguientes: “ARTICULO CUARTO: El capital de la sociedad es de $6.623.946.646, dividido en 4.487.294 acciones nominativas, de una misma serie, y sin valor nominal, el cual se encuentra suscrito y pagado en parte y cuyo saldo se suscribirá y pagará con dinero efectivo, créditos o bienes de cualquier clase, tipo o especie, según se establece en el artículo primero transitorio.”. “ARTÍCULO PRIMERO TRANSITORIO: El capital de la sociedad es de $6.623.946.646, dividido en 4.487.294 acciones nominativas, de una misma serie, y sin valor nominal, suscrito y pagado en parte según se indica a continuación: Uno) Con la suma de $5.123.946.646 dividido en 3.487.294 acciones totalmente suscritas y pagadas; Dos) Con la suma de $1.500.000.000 equivalente a 1.000.000 de acciones, totalmente pendientes de suscripción y pago, y que se pagarán por los accionistas con dinero efectivo o bienes de cualquier clase, tipo o especie, en su valor nominal sin la reajustabilidad indicada en el artículo dieciséis de la Ley de Sociedades Anónimas, dentro del plazo de 3 años contados desde Junta Extraordinaria de Accionistas celebrada el 23 de septiembre del año 2019. Vencido este plazo, sin que se haya enterado el capital, la Junta ha autorizado expresamente al Directorio para abstenerse del cobro de los montos adeudados, quedando por tanto el capital reducido a la cantidad efectivamente pagada.” Demás estipulaciones en escritura extractada. Santiago, 02 de Octubre de 2019.