Refractarios Magnesita Chile S.A.
Instrumento
- Fecha
- 26 de septiembre de 2019
- Notario
- Patricio Raby Benavente
- Oficio
- 5 Notaría Santiago
- Comuna
- Santiago
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalPatricio Raby Benavente, Abogado, Notario Público Titular de la 5 Notaría Santiago, domiciliado en Gertrudis Echenique 30 of. 32, Las Condes, certifico: Por escritura pública de 26 de septiembre de 2019, otorgada ante el Notario Titular Patricio Raby Benavente, se redujo a escritura pública Acta de Junta Extraordinaria de Accionistas de “Refractarios Magnesita Chile S.A.”, celebrada con fecha 29 de agosto de 2019, ante el Notario Titular Patricio Raby Benavente. Accionistas acordaron por unanimidad, modificar Refractarios Magnesita Chile S.A inscrita a fojas 8.178 N°5.999 del Registro de Comercio de Santiago del año 2007. Modificaciones consisten: 1) Modificar el artículo quinto de los estatutos sociales, para aumentar el número de los directores de la compañía de tres miembros a cuatro miembros Conforme a ello, accionistas acordaron reemplazar el Artículo Quinto de los estatutos sociales por el siguiente: Artículo Quinto: “La sociedad será dirigida y administrada por un directorio, compuesto de cuatro miembros, sean o no accionistas, elegidos por la Junta General Ordinaria de Accionistas y que durarán tres años en sus funciones, al término de los cuales el Directorio se renovará totalmente. Los directores podrán ser reelegidos en sus cargos indefinidamente.” 2) Modificar el artículo octavo de los estatutos sociales, en el sentido de otorgarle voto dirimente al Presidente del Directorio. Conforme a ello, accionistas acordaron reemplazar el Artículo Octavo de los estatutos sociales por el siguiente: Artículo Octavo: “El Directorio elegirá de su seno un Presidente y un Vicepresidente, quienes también lo serán de las Juntas de Accionistas. El Presidente tendrá voto dirimente para la resolución de las controversias que se susciten en el directorio y respecto de las cuales no se llegue a una mayoría”. 3) Elegir a un muevo Directorio de la Sociedad, tras las modificaciones de estatutos. Los nuevos directores fueron designados en escritura extractada. Otros asuntos que no son materia de extracto constan en escritura extractada. Los accionistas reiteran que limitan su responsabilidad al monto de sus respectivos aportes. Santiago, 10 de octubre de 2019 Patricio Raby Benavente. Notario Público.