MODIFICACIÓN Sociedad de Responsabilidad Limitada

JAMETT, SOTOMAYOR Y MARTINEZ, INGENIERIA LIMITADA

RUT 76481796-6 CVE 1669399
Fecha instrumento
6 de septiembre de 2019
Notaría
Ñuñoa

Instrumento

Fecha
6 de septiembre de 2019
Comuna
Ñuñoa

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

ROLANDO SEPULVEDA PRUSSINGER, Abogado Notario Público Suplente del titular JUAN EUGENIO DEL REAL ARMAS, 1ra Notaria de Ñuñoa, Av. Irarrázaval N°1745 B, Certifico: Por escritura pública de hoy, ante mí, EMILIO ANDRÉS JAMETT MENESES, Avenida Lomas de luz N°1645o, Curauma, Valparaíso, paso esta, ISRAEL FRANCISCO SOTOMAYOR SOTOMAYOR, Los Tulipanes N°8551 Renca, JORGE ANDRÉS MARTÍNEZ VALDEBENITO, calle Catedral N°1330, Departamento 1807 Santiago, JUAN PABLO MORA CISTERNAS, calle Muñoz Gamero N°665, casa 8, comuna de Quilpué, paso en ésta; modifican sociedad responsabilidad limitada: Antecedentes: Por escritura pública de fecha 10 julio año 2015, otorgada ante Juan Eugenio del Real Armas, Notario Titular 1r Notaria Ñuñoa, oficio Av. Irarrázaval 1745 Ñuñoa, Santiago, los comparecientes constituyeron una sociedad de responsabilidad limitada, cuya razón social es “JAMETT, SOTOMAYOR Y MARTINEZ, INGENIERIA LIMITADA”, cuyo nombre de fantasía es J J I ELECTRIC LTDA., rol único tributario número setenta y seis millones cuatrocientos ochenta y un mil setecientos noventa y seis, guion seis. El extracto se inscribió en Registro Comercio de Santiago, a fojas 51.468 N°29.929 se publicó Diario Oficial fecha 17 julio 2015. Por este instrumento, la unanimidad de los socios comparecientes aprueban el retiro voluntario de la sociedad del socio don JORGE ANDRES MARTINEZ VALDEBENITO, retiro que se entiende notificado y aceptado por los demás socios, los cuales manifiestan en este acto su voluntad de mantener existente la sociedad constituida. El aporte en dinero efectivo de don JORGE ANDRES MARTINEZ VALDEBENITO, el cual se encuentra expresado en la cláusula quinta de los estatutos y que corresponde a la suma de dos millones de pesos, dicho socio lo entrega a la sociedad como una contribución de su parte a la creación de la misma y se destinara a acrecentar el porcentaje de los demás socios constituyentes de la forma señalada en la cláusula cuarta de la presente escritura. Por este instrumento, los socios de la sociedad consienten en incorporar a don JUAN PABLO MORA CISTERNAS, chileno, soltero, ingeniero en prevención de riesgo, calidad y ambiente, cedula nacional de identidad número quince millones ochocientos veintidós mil ciento seis guión tres, domiciliado en calle Muñoz Gamero, número seiscientos sesenta y cinco, casa ocho, comuna de Quilpué, de paso en ésta, como socio de la sociedad; el cual aporta a la sociedad la suma de tres millones de pesos en este acto en dinero efectivo que ingresa a la caja social. Por lo tanto, el capital de la sociedad aumenta de seis millones de pesos a nueve millones de pesos el que queda compuesto de la siguiente manera, don EMILIO ANDRES JAMETT MENESES, con un treinta y tres coma tres por ciento, don ISRAEL FRANCISCO SOTOMAYOR SOTOMAYOR, con un treinta y tres coma cuatro por ciento y don JUAN PABLO MORA CISTERNAS, con un treinta y tres coma tres por ciento de los derechos sociales. Los socios comparecientes modifican el uso de la razón social el cual corresponderá indistintamente a cualquiera de los socios quienes actuando individualmente y anteponiendo su firma a la razón social, la obligaran ampliamente con las facultades mencionadas en la cláusula cuarta del pacto social. Por medio de este instrumento, los socios comparecientes vienen en modificar la razón social de la empresa, en consecuencia, la razón social JAMETT, SOTOMAYOR Y MARTINEZ, INGENIERIA LIMITADA, se modifica a “J J I INGENIERIA ELECTRICA Y TELECOMUNICACIONES LIMITADA”. Por tanto en virtud de lo señalado en este instrumento, se modifica y sustituye la cláusula segunda del estatuto de la empresa por la siguiente nueva cláusula: “El nombre de la empresa será “J J I INGENIERIA ELECTRICA Y TELECOMUNICACIONES LIMITADA” Sin embargo, podrá usar y actuar ante toda clase de personas naturales o jurídicas, públicas o privadas, incluso bancos comerciales, con la abreviación o nombre de fantasía “J J I ELECTRIC LTDA.” según lo establece la cláusula segunda del pacto social. En todo lo no modificado queda vigente el pacto social original. Demás estipulaciones constan en escritura extractada. SANTIAGO 06 DE SEPTIEMBRE DE 2019.