IMPORT EXPORT XIN YU LIMITADA
Instrumento
- Fecha
- 16 de noviembre de 2017
- Notario
- EDWIN RIFFO GONZALEZ
- Domicilio
- Iquique
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalEDWIN RIFFO GONZALEZ, Notario Público Iquique, Suplente del Titular don NESTOR ARAYA BLAZINA, Serrano 386, CERTIFICA: Por escritura pública hoy ante mi: MIN TONG, Pasaje Primeras Piedras N°3.547, Iquique; don RENZENG CAI, calle Cerro Colorado N°3.732, departamento 2102, Iquique; don SHUI HONG KWOK, avenida Arturo Prat dos mil doscientos setenta y dos, departamento 2003, Iquique, y doña SHUK CHING WONG, Arturo Prat 2.272, departamento 2003, Iquique; modifican "IMPORT EXPORT XIN YU LIMITADA", o "XIN YU LTDA.", constituida por escritura otorgada Notaría de Iquique de Néstor Araya Blazina el 16 de Noviembre de 2017, inscrita a fs. 1771 número 1351 del Registro de Comercio de Iquique del mismo año.- Modificaciones consisten: a) Don MIN TONG, es dueño de derechos y acciones en la sociedad del 1% del haber social, ascendente a la suma de $100.000.-; y, don RENZENG CAI, es dueño de derechos y acciones en la sociedad del 99% del haber social cuyo monto asciende a la suma de $9.900.000.- b) Por este acto don MIN TONG vende, cede y transfiere el 100% de sus derechos y acciones, equivalentes al 1% del haber social, a doña SHUK CHING WONG en la suma de $100.000.- quien los compra, adquiere y acepta para sí, suma que el cesionario paga al cedente en este acto en dinero efectivo, declarando éste último recibirlos a su entera satisfacción; c) don RENZENG CAI, dueño del 99% de derechos y acciones del haber social, vende en este acto el 49% de su participación a doña SHUK CHING WONG en la suma de $4.900.000, quien los compra, adquiere y acepta para sí, suma que el cesionario paga al cedente en este acto en dinero efectivo, declarando esta último recibirlos a su entera satisfacción; y, vende, cede y transfiere el 50% de sus derechos y acciones, equivalentes al 50% del haber social, a don SHUI HONG KWOK en la suma de $5.000.000.- quien los compra, adquiere y acepta para sí, suma que el cesionario paga al cedente en este acto en dinero efectivo, declarando éste último recibirlos a su entera satisfacción; d) En consecuencia la sociedad queda conformada por don SHUI HONG KWOK y doña SHUK CHING WONG, dueños cada uno de un 50% del haber social ascendente a la suma total de $10.000.000.- e) Se modifica la cláusula cuarta del pacto primitivo y su modificación para determinar que la administración de la sociedad y uso de la razón social corresponderá a ambos socios, quienes en forma conjunta, separada e indistintamente, actuando por la sociedad y anteponiendo la razón social a sus firmas, la representarán con las más amplias facultades de administración y disposición de bienes, pudiendo obligarla en toda clase de actos en los mismos términos y condiciones que en dichas cláusulas se hayan expresados.- Demás estipulaciones en escritura extractada.- Iquique, 03 de Octubre de 2019.-