AGRICOLA EL PRINCIPAL LIMITADA
Instrumento
- Fecha
- 30 de mayo de 2019
- Notario
- René León Manieu
- Domicilio
- Carmen 489
Sociedad
- Duración
- Según articulo 2° Ley 19.499, vicio formal de nulidad queda saneado desde fecha 02 Septiembre 2019
- Ley aplicable
- Ley 19.499
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalRené León Manieu, Notario Público, Carmen 489, Curicó, certifico: Por escritura publica de hoy, ante mi Jaime Enrique Leon Moreno, Camino a Los Niches, Kilómetro 2, Curicó; Javier León Ojeda, Av. La Dehesa N°1.844, of 716, Lo Barnechea; y María Ignacia León Ojeda, Av. Santa María N°9.400, departamento 123, Vitacura; otorgan escritura de saneamiento de modificación de la sociedad AGRICOLA EL PRINCIPAL LIMITADA. Por Escritura 30 Mayo 2019 se modificó AGRICOLA EL PRINCIPAL LIMITADA, extracto inscrito a Fs. 660, N° 386 Conservador de Bienes Raíces, Comercio, Minas y Archivero Judicial de Curicó, se publicó 02 Septiembre 2019, edición N° 42.444. La modificación referida en la cláusula primera consistió en en la venta y cesión de derechos sociales correspondientes al 1% que hace don Jaime Enrique León Moreno a María Ignacia León Ojeda, quedando la sociedad compuesta por los socios en proporciones que se indican, Javier León Ojeda con 99%, y María Ignacia León Ojeda con 1% de los derechos sociales. De acuerdo a lo dispuesto Ley 19.499 comparecientes sanean vicio formal originado en publicación de extracto fuera de plazo. Según articulo 2° Ley 19.499, vicio formal de nulidad queda saneado desde fecha 02 Septiembre 2019. Demás estipulaciones escritura extracatada. 04 Octubre 2019.