Instrumento
- Fecha
- 8 de octubre de 2019
- Repertorio
- 17659-2019
- Comuna
- Santiago
Objeto social
(Uno) La producción, elaboración, facción propia o por terceros, envasado al por mayor y en tarros, paquetes u otros envases individuales; compraventa, importación y exportación de toda clase de alimentos o de productos que sirven, en la actualidad o sirvan, en el futuro, para el consumo humano, especialmente frutas, verduras, gramíneas, farináceos, y productos industriales no naturales; productos cárneos, leche, queso, huevos, yogur, quesillos y otros lácteos; productos líquidos, helados y todo otro producto de la tierra, del mar, de lagos, ríos, mares o del aire, natural o industrial que sirva de alimento, incluyendo conservas, aceites y grasas, vinos, licores, bebidas de toda especie, en polvo, en jarabe o líquidos listos para consumir y toda la gama de panadería, pastelería y dulces; y cualquiera otra clase de alimentos que se conocen, en la actualidad, o existan en el futuro, para el hombre y)o los animales y todo lo relacionado, en cualquiera forma; (Dos) La instalación, explotación, tomar y dar en arrendamiento establecimientos de restaurante, pizzería, bar y centro de eventos, o cualquiera clase de establecimiento público donde se sirvan comidas preparadas y bebidas, alcohólicas y analcohólicas, para ser consumidas en el mismo local o para llevar; y para la organización de servicios de banquetes y producción de eventos en general, en locales propios o ajenos; y (Tres) Desarrollar, realizar o celebrar, a nombre propio o de terceros, cualquier clase de negocios, actos y contratos conducentes o complementarios a los fines señalados en los numerales (Uno) y (Dos) anteriores
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalIván Torrealba Acevedo, Notario Titular, 33 Notaría de Santiago, domiciliado en calle Huérfanos 979, oficina 501, Santiago, certifico que: mediante escritura pública de fecha 8 de octubre de 2019, ante mí, repertorio N° 17.659-2019, los señores Ignacio Echeverría Bambach, Santiago José Bambach Noguera y Santiago Pavez Salinas, constituyeron una sociedad por acciones y fijaron el texto de sus estatutos, de los cuales se extracta lo siguiente: Nombre de la Sociedad: Pizzas Coliseo SpA. Accionistas que concurren a la constitución: Ignacio Echeverría Bambach, Santiago José Bambach Noguera y Santiago Pavez Salinas. Objeto social: (Uno) La producción, elaboración, facción propia o por terceros, envasado al por mayor y en tarros, paquetes u otros envases individuales; compraventa, importación y exportación de toda clase de alimentos o de productos que sirven, en la actualidad o sirvan, en el futuro, para el consumo humano, especialmente frutas, verduras, gramíneas, farináceos, y productos industriales no naturales; productos cárneos, leche, queso, huevos, yogur, quesillos y otros lácteos; productos líquidos, helados y todo otro producto de la tierra, del mar, de lagos, ríos, mares o del aire, natural o industrial que sirva de alimento, incluyendo conservas, aceites y grasas, vinos, licores, bebidas de toda especie, en polvo, en jarabe o líquidos listos para consumir y toda la gama de panadería, pastelería y dulces; y cualquiera otra clase de alimentos que se conocen, en la actualidad, o existan en el futuro, para el hombre y/o los animales y todo lo relacionado, en cualquiera forma; (Dos) La instalación, explotación, tomar y dar en arrendamiento establecimientos de restaurante, pizzería, bar y centro de eventos, o cualquiera clase de establecimiento público donde se sirvan comidas preparadas y bebidas, alcohólicas y analcohólicas, para ser consumidas en el mismo local o para llevar; y para la organización de servicios de banquetes y producción de eventos en general, en locales propios o ajenos; y (Tres) Desarrollar, realizar o celebrar, a nombre propio o de terceros, cualquier clase de negocios, actos y contratos conducentes o complementarios a los fines señalados en los numerales (Uno) y (Dos) anteriores. Capital social: Sesenta mil pesos dividido en sesenta acciones nominativas, ordinarias, de una sola y misma serie y sin valor nominal, íntegramente suscritas y pagadas por los accionistas, al contado y en dinero efectivo. Demás estipulaciones constan en escritura extractada. Santiago, 9 de octubre de 2019. I. Torrealba A., Notario Titular.