CONSTITUCIÓN Sociedad de Responsabilidad Limitada

Energías Renovables, Aires Acondicionados y Calefacción Limitada

CVE 1668934
Capital
$2.000.000 CLP
Fecha instrumento
14 de octubre de 2019
Notaría
Ñuñoa
Duración
Definida

Instrumento

Fecha
14 de octubre de 2019
Notario
JUAN EUGENIO DEL REAL ARMAS
Oficio
Primera Notaria Ñuñoa
Comuna
Ñuñoa

Sociedad

Capital
$2.000.000 CLP
Domicilio
Av. Quilín N° 6.827, Peñalolén
Duración
será de 5 años a contar de esta fecha, plazo que se prorrogará automática, tácita y sucesivamente por períodos iguales, si ninguno de los socios expresa su voluntad de ponerle término mediante escritura pública anotada al margen de la inscripción social en el Registro de Comercio, con no menos de seis meses de anticipación al vencimiento del respectivo período

Objeto social

La sociedad tendrá por

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

JUAN EUGENIO DEL REAL ARMAS, Notario Público Titular Primera Notaria Ñuñoa, Av. Irarrázaval N°1745 B, Certifico por escritura pública de hoy ante mí, AARON ULISES JIMÉNEZ QUEZADA, domiciliado Condell N° 1.872, Ñuñoa y VALENTINA ANTONIA JIMÉNEZ QUEZADA, domiciliada en Quilín N° 6.827, Peñalolén, constituyen sociedad responsabilidad limitada: RAZÓN SOCIAL: “ENERGIAS RENOVABLES, AIRES ACONDICIONADOS Y CALEFACCIÓN LIMITADA”, Nombre fantasía: “ERAC LTDA”. OBJETO: La sociedad tendrá por objeto: a) Ventas de equipos relacionados con sistema de energías renovables, paneles solares, colectores solares, generadores de electricidad eólicos. Equipos de aire acondicionados domésticos y comerciales, sistemas de calefacción central para uso doméstico y comerciales Sistemas de calentamiento de agua para uso domésticos y de usos comerciales e industriales. Estudios de Ingeniería y factibilidades. Instalación de equipos del rubro, mantención de equipos del rubro. Ventas de artículos y repuestos del rubro. Representación y distribución de productos eléctricos o electrónicos, importación y exportaciones de productos del rubro u otros del índole eléctrico o electrónico. Se comprende además toda otra actividad comercial relacionada o no con el giro comercial y que los socios acuerden por unanimidad. ADMINISTRACION USO RAZON SOCIAL: La administración de la sociedad y el uso de la razón social corresponderá exclusivamente al socio don AARON ULISES JIMÉNEZ QUEZADA. CAPITAL $2.000.000, socios aportan, enteran y pagan de la siguiente manera: AARON ULISES JIMÉNEZ QUEZADA, aporta la suma de $1.000.000 que entera en este acto, en dinero efectivo y de contado e ingresados a la caja social, aporte equivalente al 50% del haber social y VALENTINA ANTONIA JIMÉNEZ QUEZADA, aporta la suma de $1.000.000 que entera en este acto, en dinero efectivo y de contado e ingresados a la caja social, aporte equivalente al 50% del haber social; así queda enterado el capital. DURACION: será de 5 años a contar de esta fecha, plazo que se prorrogará automática, tácita y sucesivamente por períodos iguales, si ninguno de los socios expresa su voluntad de ponerle término mediante escritura pública anotada al margen de la inscripción social en el Registro de Comercio, con no menos de seis meses de anticipación al vencimiento del respectivo período. Domicilio: Av. Quilín N° 6.827, Peñalolén. Demás estipulaciones escritura extractada. SANTIAGO 14 DE OCTUBRE DE 2019.