CONSTITUCIÓN Cooperativa

COOPERATIVA MEDICINA Y SALUD INTEGRAL LIMITADA

RUT 9357625-K CVE 1668991
Capital
$1.402.426 CLP
Fecha instrumento
1 de octubre de 2019
Notaría
Santiago
Duración
Indefinida

Instrumento

Fecha
1 de octubre de 2019
Repertorio
55318-2019
Notario
Álvaro González Salinas
Oficio
42° Notaría de Santiago
Comuna
Santiago

Sociedad

Capital
$1.402.426 CLP
Domicilio
Su domicilio será la ciudad de Santiago, pudiendo establecer agencias, sucursales o representaciones en cualquier punto del país o del extranjero
Duración
Indefinida

Objeto social

La Cooperativa tiene como objeto dedicarse a la promoción, ejecución y prestación de servicios de cualquier naturaleza que tengan por fin directo o indirecto la salud integral de las personas que requieran su atención en los recintos hospitalarios de la Clínica Las Condes. Con tal propósito, la Cooperativa podrá prestar servicios médicos a través de sus socios, adquirir equipos, derechos, servicios, instalaciones, edificios o recintos hospitalarios destinados a prestar servicios de salud integrales a los pacientes, negociar los términos y condiciones de la prestación de sus servicios, todo con miras a entregar y mejorar las condiciones de sus socios para el desarrollo de la profesión médica. Asimismo, en el desarrollo de su objeto la Cooperativa y en conformidad al principio de la ayuda mutua, deberá propender y facilitar el perfeccionamiento constante de sus socios, al mejoramiento de las condiciones en que éstos prestan sus servicios, de forma tal que la atención del paciente esté al centro de su quehacer, al beneficio de los pacientes que requieran sus servicios y, en general, entregar y mejorar las condiciones a sus socios para que presten servicios de calidad y excelencia profesional. Capital inicial: asciende a la suma de $1.402.426.500 dividido en 500 cuotas de participación de igual valor nominal, ascendiente a la cantidad de 100 Unidades de Fomento cada una, del cual se suscriben y pagan la cantidad de 12 cuotas de participación, en los términos y condiciones de la escritura extractada; debiéndose suscribir y pagar el saldo restante en el plazo de cinco años desde la fecha del acta de constitución de la cooperativa, es decir, hasta el 30 de septiembre de 2024

Administración

El Consejo de Administración tiene a su cargo la administración superior de los negocios sociales y representa judicial y extrajudicialmente a la Cooperativa para el cumplimiento de su objeto social, sin perjuicio de las facultades de quien ocupe el cargo en la Gerencia. Para estos efectos, quien ejerza las funciones de administración podrá ejercer todas aquellas facultades y atribuciones que la Ley, su Reglamento o este Estatuto Social no hayan entregado expresamente a la Junta General de Socios, o a otros Órganos de la entidad. Disposiciones Transitorias: Consejo de

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

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Álvaro González Salinas, Notario Público, Titular, 42° Notaría de Santiago, con domicilio en calle Agustinas N°1070, comuna de Santiago, Santiago, certifica: Por escritura pública de fecha 1 de octubre de 2019, repertorio N°55.318-2019, ante JOSE LEONARDO BRUSI MUÑOZ, Abogado, Notario Público de la Cuadragésima Segunda Notaría de Santiago, Suplente del Titular, don ALVARO DAVID GONZALEZ SALINAS: FEDERICO RODRÍGUEZ MARTY, cédula de identidad N° 9.357.625-K, domiciliado para estos efectos en Avenida Costanera Sur N° 2730, piso 12, Las Condes, Santiago, redujo a escritura pública el acta de la Junta General Constitutiva de la cooperativa de servicios denominada COOPERATIVA MEDICINA Y SALUD INTEGRAL LIMITADA, celebrada con fecha 30 de septiembre de 2019, en la comuna de Las Condes, con la asistencia de 12 socios quienes aprueban sus estatutos, de los que se extractan lo siguiente: Nombre: “Cooperativa Medicina y Salud Integral Limitada”, cuyo nombre de fantasía será “Medicop Limitada”.- Domicilio: Su domicilio será la ciudad de Santiago, pudiendo establecer agencias, sucursales o representaciones en cualquier punto del país o del extranjero.- Duración: Indefinida.- Objeto: La Cooperativa tiene como objeto dedicarse a la promoción, ejecución y prestación de servicios de cualquier naturaleza que tengan por fin directo o indirecto la salud integral de las personas que requieran su atención en los recintos hospitalarios de la Clínica Las Condes. Con tal propósito, la Cooperativa podrá prestar servicios médicos a través de sus socios, adquirir equipos, derechos, servicios, instalaciones, edificios o recintos hospitalarios destinados a prestar servicios de salud integrales a los pacientes, negociar los términos y condiciones de la prestación de sus servicios, todo con miras a entregar y mejorar las condiciones de sus socios para el desarrollo de la profesión médica. Asimismo, en el desarrollo de su objeto la Cooperativa y en conformidad al principio de la ayuda mutua, deberá propender y facilitar el perfeccionamiento constante de sus socios, al mejoramiento de las condiciones en que éstos prestan sus servicios, de forma tal que la atención del paciente esté al centro de su quehacer, al beneficio de los pacientes que requieran sus servicios y, en general, entregar y mejorar las condiciones a sus socios para que presten servicios de calidad y excelencia profesional. Capital inicial: asciende a la suma de $1.402.426.500 dividido en 500 cuotas de participación de igual valor nominal, ascendiente a la cantidad de 100 Unidades de Fomento cada una, del cual se suscriben y pagan la cantidad de 12 cuotas de participación, en los términos y condiciones de la escritura extractada; debiéndose suscribir y pagar el saldo restante en el plazo de cinco años desde la fecha del acta de constitución de la cooperativa, es decir, hasta el 30 de septiembre de 2024. Administración: El Consejo de Administración tiene a su cargo la administración superior de los negocios sociales y representa judicial y extrajudicialmente a la Cooperativa para el cumplimiento de su objeto social, sin perjuicio de las facultades de quien ocupe el cargo en la Gerencia. Para estos efectos, quien ejerza las funciones de administración podrá ejercer todas aquellas facultades y atribuciones que la Ley, su Reglamento o este Estatuto Social no hayan entregado expresamente a la Junta General de Socios, o a otros Órganos de la entidad. Disposiciones Transitorias: Consejo de Administración: Desígnese a los señores Allison Christine Ford Martínez de Pinillos, José Antonio Giordano Basualdo, Patricio Fernando Ibáñez Lazo, Patricio Mario Venegas Pérez y José Luis Troncoso Jorquiera como miembros del Consejo de Administración, a contar de esta fecha y hasta la primera Junta General que se celebre, con las facultades que la Ley General de Cooperativas y el estatuto les atribuye. Demás estipulaciones en escritura extractada. Santiago, 10 de octubre de 2019.