Sociedad Comercial y Entretenciones M&C Limitada
Instrumento
- Fecha
- 6 de septiembre de 2019
- Notario
- JULIO ABUYERES JADUE
- Domicilio
- Quillota
Sociedad
- Capital
- $7.500.000 CLP
Objeto social
Ampliación del
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalJULIO ABUYERES JADUE, abogado, Notario Público titular de Quillota, Pudeto N°398, certifico, que por escritura ante mí, de fecha 06 de Septiembre de 2019, MIGUEL ÁNGEL BONILLA VIDELA, microempresario, con domicilio en Avenida Dueñas Nº 359 San Pedro, Quillota y; CRISTIÁN ALEJANDRO MENARES ESPINOZA, comerciante, con domicilio en Calle Principal s, San Pedro, Quillota; modifican sociedad “Sociedad Comercial y Entretenciones M&C Limitada” o ”Entretenciones M&C Ltda.”, RUT 76.155.812-9, constituida por escritura de fecha trece de Junio de dos mil once, ante Notario Público Lidia María Chahuán Issa, inscrita en Registro Comercio de Quillota, fs.206 número 176 del año 2011 del Conservador de Bienes Raíces de Quillota, en siguiente sentido: OBJETO: Ampliación del Objeto Social: realizar por cuenta propia o ajena inversiones en bienes muebles o inmuebles, corporales o incorporales; acciones, bonos y debentures; formar sociedades de cualquier clase o participar en cualquier forma o adquirir derechos, haberes o acciones en ellas; y, en general, toda clase de valores mobiliarios y efectos de comercio; administrar estas inversiones y percibir sus frutos. Dentro de su objeto podrá efectuar negocios inmobiliarios, para lo cual podrá adquirir y enajenar a cualquier título bienes rurales y urbanos, lotearlos, subdividirlos, urbanizarlos y construir en ellos por cuenta propia o ajena toda clase de edificaciones; explotar bienes raíces directamente o por terceros en cualquier forma; dar y recibir en arrendamiento, subarrendar, dar, ceder a terceros, a cualquier título, el uso y goce de bienes raíces; administrar estas inversiones y percibir sus frutos. Podrá actuar como agente, representante y distribuidor de empresas comerciales o industriales; aportar, reunir o suscribir el capital necesario para promover o desarrollar empresas o negocios y, en general, la realización de toda actividad directa o indirectamente relacionada con las anteriores señaladas y que acuerden los socios.- CAPITAL: En la escritura de constitución de sociedad se señaló por un error en el cálculo numérico el aporte de cada uno de los socios, siendo éste del modo que se indica a continuación: a) Miguel Ángel Bonilla Videla, aportó $7.500.000.-, de la siguiente forma: 1.- $2.000.000.- al contado, en dinero efectivo, que ingresó a la caja social y 2.- $5.500.000., que se avalúan 30 máquinas de entretención, marca Garage; y 15 máquinas de destreza tipo Pinball.- b) Cristián Alejandro Menares Espinoza, aportó $7.500.000.-, de la siguiente forma: 1.- $2.000.000.- al contado, en dinero efectivo, que ingresó a la caja social y 2.- $5.500.000.-, en que se avalúan 30 máquinas de entretención, marca Garage; y 15 máquinas de destreza tipo Pinball.- En todo lo no modificado queda vigente pacto social primitivo.- Quillota, 07 de Octubre de 2019.-