Administradora Novoacia S.A.
Instrumento
- Fecha
- 4 de octubre de 2019
- Repertorio
- 7846-2019
Personas y entidades (1)
| Nombre | Rol | RUT/RUN | % | Aporte | Domicilio |
|---|---|---|---|---|---|
| Junta Extraordinaria de Accionistas de la sociedad ADMINISTRADORA NOVOACIA S.A | socio | 77032711-3 | — | — |
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalLUIS ENRIQUE TAVOLARI OLIVEROS, abogado, Notario Titular de la XXII Notaría de este territorio jurisdiccional, con oficio en esta ciudad, calle Don Carlos N°2.889, Las Condes, certifico: En Junta Extraordinaria de Accionistas de la sociedad ADMINISTRADORA NOVOACIA S.A., RUT N°77.032.711-3, inscrita a fojas 48.505 N°24.130 del Registro de Comercio de Santiago del año 2019, celebrada ante mí con fecha 04 de octubre de 2019 y reducida a escritura pública de fecha 08 de octubre de 2.019, Repertorio N°7846-2019, ante mí, los accionistas de la sociedad acordaron: 1) Modificar el artículo Cuarto de los estatutos correspondiente al objeto social y reemplazarlo por el siguiente: “ARTÍCULO CUARTO. El Objeto de la sociedad será (i) La administración de fondos de inversión privados por cuenta y riesgo de sus aportantes; y (ii) La inversión en toda clase de bienes muebles e inmuebles, corporales e incorporales, derechos en sociedades de personas y en general en toda clase de valores mobiliarios y títulos de crédito o de inversión”. 2) Modificar el artículo Séptimo de los estatutos sociales correspondiente a la remuneración de los directores y reemplazarlo por el siguiente: “ARTICULO SEPTIMO. El cargo de director no será remunerado”. 3) Modificar el artículo Noveno de los estatutos sociales correspondiente al presidente del directorio y reemplazarlo por el siguiente: “ARTICULO NOVENO. El directorio en su primera sesión y por la mayoría de absoluta de votos, elegirá de su seno un presidente, que lo será también de la sociedad y presidirá las juntas de accionistas y que tendrá las facultades que le corresponden de acuerdo a estos estatutos y las que el mismo directorio estime conveniente fijarle”. 4) Modificar el artículo Vigésimo Segundo de los estatutos sociales correspondiente a los auditores externos y reemplazarlo por el siguiente: “ARTICULO VIGESIMO SEGUNDO. La junta ordinaria de accionistas designará anualmente una empresa de auditoría externa de aquellas referidas en el título XXVIII de la ley número dieciocho mil cuarenta y cinco, cuya función será la de examinar la contabilidad, inventario, balance y otros estados financieros, debiendo informar por escrito a la próxima junta ordinaria sobre el cumplimiento de su mandato. Y 5) Modificar el artículo Vigésimo Cuarto de los estatutos sociales correspondiente a disolución y liquidación de la sociedad y reemplazarlo por el siguiente: “VIGESIMO CUARTO. Disuelta la sociedad se procederá a su liquidación por una comisión liquidadora elegida previamente por la junta de accionistas en los términos que establece la ley”. Demás estipulaciones escritura extractada. Santiago, 08 de octubre de 2.019.-