SERVICIOS JURÍDICOS Y CONTABLES HJR CONSULTORES SpA
Instrumento
- Fecha
- 13 de septiembre de 2019
- Repertorio
- 15216
- Notario
- MYRIAM AMIGO ARANCIBIA
- Oficio
- 21 Notaría de Santiago
- Comuna
- Santiago
Sociedad
- Capital
- $1.000.000 CLP
- Domicilio
- Ciudad de Santiago
- Duración
- Indefinida
Objeto social
La sociedad tendrá por
Administración
corresponderá a los accionistas don HENDRIG ENRIQUE MORENO DICOTOT; don JOANNI JOSÉ TENIA LETHIDEL y don RUBÉN ALFONZO MARTÍNEZ BLANCA ya individualizados, quien anteponiendo la razón social a su firma, administrarán y representarán a la sociedad, de manera conjunta o separada e indistintamente, o a través de personas especialmente designadas para ello, por instrumento privado o público, con aquellas facultades que expresamente se les otorguen por el mandante, ya que las funciones y facultades del o los administradores, son delegables, tanto de administración como de disposición
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalMYRIAM AMIGO ARANCIBIA, Abogado, Notario Público, Titular de la 21 Notaría de Santiago, Huérfanos 578, Santiago, certifica, por escritura pública de fecha 13/09/2019, Repertorio Nº 15.216, ante mí, don HENDRIG ENRIQUE MORENO DICOTOT, venezolano, soltero, abogado, cédula de identidad N° 25.589.320-3; don JOANNI JOSÉ TENÍA LETHIDEL, venezolano, soltero, abogado, cédula de identidad N° 25.568.339-K; y don RUBÉN ALFONZO MARTÍNEZ BLANCA, venezolano, soltero, contador, cédula de identidad N° 25.571.181-4, todos domiciliados en Eyzaguirre N° 1140, Depto. 2302 torre A, sector 1, comuna de Santiago, Región Metropolitana y exponen: que vienen en constituir una Sociedad por Acciones. RAZÓN SOCIAL: “SERVICIOS JURÍDICOS Y CONTABLES HJR CONSULTORES SpA”. OBJETO: La sociedad tendrá por objeto: : a) La prestación de servicios profesionales jurídicos, asesorías, trámites, representaciones en el área del derecho y legal de las personas en su más amplio sentido y alcance, directamente al público en general o a través de convenios con empresas o cualquier entidad pública o privada; b) La prestación de servicios profesionales relacionados con la contaduría y auditoría Tributaria, Comercial y Capacitación, además de la relación de cualquiera otra actividad derivada o relacionada, en la actualidad o en el futuro con ella, en forma directa o mediante convenios; c) realización de actividades de educación, capacitación y enseñanza en el área jurídica y contable; d) adquisición, enajenación, arrendamiento, subarrendamiento u otras formas de explotación de bienes inmuebles, sean estos predios rústicos o urbanos, parcelar, urbanizar y construir en ellos por cuenta propia o ajena, explotarlos directamente o por terceros, en cualquier forma a fin de obtener su rentabilidad, d) la obtención de rentas y frutos provenientes de toda clase de inversiones, corporales o incorporales, tales como acciones, bonos, debentures, letras de cambio, pagarés, letras de crédito, certificados de depósitos, documentos negociables, valores mobiliarios y todo efectos de comercio, títulos de créditos, instrumentos financieros y, en general, toda clase de títulos o valores, pudiendo concurrir o participar en la formación o ingresar en toda clase de sociedades de personas, de capitales, comunidades, asociaciones y cuentas en participación; y e) en general, realizar actos de comercio relacionados, directa o indirectamente, con los mencionados objetos, y todo otro negocio o actividad que acordaren los accionistas. ADMINISTRACIÓN Y USO DE LA RAZÓN SOCIAL: corresponderá a los accionistas don HENDRIG ENRIQUE MORENO DICOTOT; don JOANNI JOSÉ TENIA LETHIDEL y don RUBÉN ALFONZO MARTÍNEZ BLANCA ya individualizados, quien anteponiendo la razón social a su firma, administrarán y representarán a la sociedad, de manera conjunta o separada e indistintamente, o a través de personas especialmente designadas para ello, por instrumento privado o público, con aquellas facultades que expresamente se les otorguen por el mandante, ya que las funciones y facultades del o los administradores, son delegables, tanto de administración como de disposición. CAPITAL: la suma de $1.000.000 pesos, dividido en 100 acciones nominativas, de una sola serie, sin valor nominal, suscritas y pagadas según se da cuenta en el artículo primero transitorio. DOMICILIO: Ciudad de Santiago sin perjuicio de poder establecer agencias o sucursales en otros puntos del país o del extranjero. RESPONSABILIDAD DE LOS SOCIOS: Los accionistas solo serán responsables hasta el monto de sus respectivos aportes. DURACIÓN: La sociedad tendrá una indefinida.- Demás estipulaciones constan en escritura extractada.