CONSTITUCIÓN Sociedad por Acciones

SERVICIOS JURÍDICOS Y CONTABLES HJR CONSULTORES SpA

RUT 25589320-3 CVE 1667314
Capital
$1.000.000 CLP
Fecha instrumento
13 de septiembre de 2019
Notaría
Santiago
Duración
Indefinida

Instrumento

Fecha
13 de septiembre de 2019
Repertorio
15216
Notario
MYRIAM AMIGO ARANCIBIA
Oficio
21 Notaría de Santiago
Comuna
Santiago

Sociedad

Capital
$1.000.000 CLP
Domicilio
Ciudad de Santiago
Duración
Indefinida

Objeto social

La sociedad tendrá por

Administración

corresponderá a los accionistas don HENDRIG ENRIQUE MORENO DICOTOT; don JOANNI JOSÉ TENIA LETHIDEL y don RUBÉN ALFONZO MARTÍNEZ BLANCA ya individualizados, quien anteponiendo la razón social a su firma, administrarán y representarán a la sociedad, de manera conjunta o separada e indistintamente, o a través de personas especialmente designadas para ello, por instrumento privado o público, con aquellas facultades que expresamente se les otorguen por el mandante, ya que las funciones y facultades del o los administradores, son delegables, tanto de administración como de disposición

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

MYRIAM AMIGO ARANCIBIA, Abogado, Notario Público, Titular de la 21 Notaría de Santiago, Huérfanos 578, Santiago, certifica, por escritura pública de fecha 13/09/2019, Repertorio Nº 15.216, ante mí, don HENDRIG ENRIQUE MORENO DICOTOT, venezolano, soltero, abogado, cédula de identidad N° 25.589.320-3; don JOANNI JOSÉ TENÍA LETHIDEL, venezolano, soltero, abogado, cédula de identidad N° 25.568.339-K; y don RUBÉN ALFONZO MARTÍNEZ BLANCA, venezolano, soltero, contador, cédula de identidad N° 25.571.181-4, todos domiciliados en Eyzaguirre N° 1140, Depto. 2302 torre A, sector 1, comuna de Santiago, Región Metropolitana y exponen: que vienen en constituir una Sociedad por Acciones. RAZÓN SOCIAL: “SERVICIOS JURÍDICOS Y CONTABLES HJR CONSULTORES SpA”. OBJETO: La sociedad tendrá por objeto: : a) La prestación de servicios profesionales jurídicos, asesorías, trámites, representaciones en el área del derecho y legal de las personas en su más amplio sentido y alcance, directamente al público en general o a través de convenios con empresas o cualquier entidad pública o privada; b) La prestación de servicios profesionales relacionados con la contaduría y auditoría Tributaria, Comercial y Capacitación, además de la relación de cualquiera otra actividad derivada o relacionada, en la actualidad o en el futuro con ella, en forma directa o mediante convenios; c) realización de actividades de educación, capacitación y enseñanza en el área jurídica y contable; d) adquisición, enajenación, arrendamiento, subarrendamiento u otras formas de explotación de bienes inmuebles, sean estos predios rústicos o urbanos, parcelar, urbanizar y construir en ellos por cuenta propia o ajena, explotarlos directamente o por terceros, en cualquier forma a fin de obtener su rentabilidad, d) la obtención de rentas y frutos provenientes de toda clase de inversiones, corporales o incorporales, tales como acciones, bonos, debentures, letras de cambio, pagarés, letras de crédito, certificados de depósitos, documentos negociables, valores mobiliarios y todo efectos de comercio, títulos de créditos, instrumentos financieros y, en general, toda clase de títulos o valores, pudiendo concurrir o participar en la formación o ingresar en toda clase de sociedades de personas, de capitales, comunidades, asociaciones y cuentas en participación; y e) en general, realizar actos de comercio relacionados, directa o indirectamente, con los mencionados objetos, y todo otro negocio o actividad que acordaren los accionistas. ADMINISTRACIÓN Y USO DE LA RAZÓN SOCIAL: corresponderá a los accionistas don HENDRIG ENRIQUE MORENO DICOTOT; don JOANNI JOSÉ TENIA LETHIDEL y don RUBÉN ALFONZO MARTÍNEZ BLANCA ya individualizados, quien anteponiendo la razón social a su firma, administrarán y representarán a la sociedad, de manera conjunta o separada e indistintamente, o a través de personas especialmente designadas para ello, por instrumento privado o público, con aquellas facultades que expresamente se les otorguen por el mandante, ya que las funciones y facultades del o los administradores, son delegables, tanto de administración como de disposición. CAPITAL: la suma de $1.000.000 pesos, dividido en 100 acciones nominativas, de una sola serie, sin valor nominal, suscritas y pagadas según se da cuenta en el artículo primero transitorio. DOMICILIO: Ciudad de Santiago sin perjuicio de poder establecer agencias o sucursales en otros puntos del país o del extranjero. RESPONSABILIDAD DE LOS SOCIOS: Los accionistas solo serán responsables hasta el monto de sus respectivos aportes. DURACIÓN: La sociedad tendrá una indefinida.- Demás estipulaciones constan en escritura extractada.