INVERSIONES Y ASESORÍAS CERRO CANCANA LIMITADA
Instrumento
- Fecha
- 1 de octubre de 2019
- Notario
- EDUARDO JAVIER DIEZ MORELLO
- Oficio
- 34 Notaría Santiago
- Comuna
- Santiago
Sociedad
- Capital
- $10.000.000 CLP
- Domicilio
- El domicilio de la sociedad será la ciudad de Santiago
- Duración
- Indefinida
Objeto social
La sociedad tendrá por objeto desarrollar la siguientes actividades: a) prestar toda clase de asesorías, consultorías y servicios, particularmente legales, financieros, económicos, de administración de negocios, en cualquiera de sus formas y su administración y desarrollo; b) efectuar y desarrollar toda clase de inversiones y)o negocios por cuenta propia o de terceros, relativos a todo tipo de bienes, muebles o inmuebles, corporales o incorporales, su explotación, comercialización y)o administración, comprendiéndose especialmente la inversión con fines rentísticos y sin ánimo de venta en valores mobiliarios, tales como acciones, títulos de crédito, instrumentos financieros, letras hipotecarias, bonos, debentures, derechos en sociedades de cualquier clase o naturaleza y otros similares; la adquisición con fines rentísticos y sin ánimo de venta de inmuebles y la construcción de edificaciones y obras de cualquier naturaleza, su administración, explotación y)o enajenación a cualquier título; la subdivisión, loteo y urbanización de toda clase de predios para fines habitacionales, comerciales, industriales, agrícolas o forestales; c) producir, importar y exportar bienes y servicios de cualquier clase o naturaleza; y d) en general, suscribir y ejecutar todos aquellos contratos y negocios afines o derivados de los anteriores destinados a obtener renta, utilidades o frutos de cualquier naturaleza y que los accionistas estimen adecuados al fin social y convenientes para los intereses de la sociedad, incluyendo, especialmente, el garantizar obligaciones de los accionistas, constituyéndose la sociedad en aval, codeudor solidario y fiador, u otorgando cualquier otro tipo de garantías reales o personales, pudiendo para tales efectos hipotecar, prendar y gravar en cualquier forma los bienes sociales. Para el cumplimiento de su objeto, la sociedad podrá adquirir, enajenar y gravar toda clase de bienes, raíces o muebles, corporales o incorporales, y ceder a cualquier título, el dominio, uso y goce de los mismos; participar en sociedades de cualquier clase u objeto; y, en general, ejecutar todos los actos y celebrar todos los contratos necesarios para el cumplimiento de los fines indicados y el desarrollo de la actividad propia de la sociedad, y cualquier actividad relacionada, en la actualidad o en el futuro, con lo dicho; y cualquier otro negocio que acordaren los
Administración
La administración de la sociedad y su representación judicial y extrajudicial corresponderán al accionista Jorge Eduardo Schirmer Llorente (quien podrá actuar por intermedio de uno o más mandatarios que designe especialmente para este efecto mediante instrumento público o instrumento privado protocolizado, de los que deberá tomarse razón al margen de la inscripción de la sociedad en el Registro de Comercio respectivo, en la forma y con las facultades que constan en escritura extractada).- Santiago, 09 de octubre de 2019. Eduardo Javier Diez Morello, Notario Público
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalEDUARDO JAVIER DIEZ MORELLO, Notario Público Titular 34 Notaría Santiago, Luis Thayer Ojeda 359, Providencia, Santiago, certifico: por escritura pública de 01 de octubre de 2019, ante mí, Jorge Eduardo Schirmer Llorente y María Gabriela Palma Fuenzalida, ambos domiciliados para efectos de la escritura extractada en Av. Apoquindo 3721, piso 14, Las Condes, Región Metropolitana, modificaron sociedad de responsabilidad limitada INVERSIONES Y ASESORÍAS CERRO CANCANA LIMITADA (inscrita Fs. 10426 N°7976 Reg. Comercio Stgo. 2011; y RUT N°76.146.056-0), transformándola en una sociedad por acciones; y fijándole al efecto un nuevo texto de sus estatutos sociales, de los que extracto lo que sigue: Nombre: INVERSIONES Y ASESORÍAS CERRO CANCANA SpA, sin perjuicio del uso de nombre de fantasía “CERRO CANCANA SpA” para todos los fines legales, comerciales y publicitarios, incluso ante bancos y autoridades. Objeto: La sociedad tendrá por objeto desarrollar la siguientes actividades: a) prestar toda clase de asesorías, consultorías y servicios, particularmente legales, financieros, económicos, de administración de negocios, en cualquiera de sus formas y su administración y desarrollo; b) efectuar y desarrollar toda clase de inversiones y/o negocios por cuenta propia o de terceros, relativos a todo tipo de bienes, muebles o inmuebles, corporales o incorporales, su explotación, comercialización y/o administración, comprendiéndose especialmente la inversión con fines rentísticos y sin ánimo de venta en valores mobiliarios, tales como acciones, títulos de crédito, instrumentos financieros, letras hipotecarias, bonos, debentures, derechos en sociedades de cualquier clase o naturaleza y otros similares; la adquisición con fines rentísticos y sin ánimo de venta de inmuebles y la construcción de edificaciones y obras de cualquier naturaleza, su administración, explotación y/o enajenación a cualquier título; la subdivisión, loteo y urbanización de toda clase de predios para fines habitacionales, comerciales, industriales, agrícolas o forestales; c) producir, importar y exportar bienes y servicios de cualquier clase o naturaleza; y d) en general, suscribir y ejecutar todos aquellos contratos y negocios afines o derivados de los anteriores destinados a obtener renta, utilidades o frutos de cualquier naturaleza y que los accionistas estimen adecuados al fin social y convenientes para los intereses de la sociedad, incluyendo, especialmente, el garantizar obligaciones de los accionistas, constituyéndose la sociedad en aval, codeudor solidario y fiador, u otorgando cualquier otro tipo de garantías reales o personales, pudiendo para tales efectos hipotecar, prendar y gravar en cualquier forma los bienes sociales. Para el cumplimiento de su objeto, la sociedad podrá adquirir, enajenar y gravar toda clase de bienes, raíces o muebles, corporales o incorporales, y ceder a cualquier título, el dominio, uso y goce de los mismos; participar en sociedades de cualquier clase u objeto; y, en general, ejecutar todos los actos y celebrar todos los contratos necesarios para el cumplimiento de los fines indicados y el desarrollo de la actividad propia de la sociedad, y cualquier actividad relacionada, en la actualidad o en el futuro, con lo dicho; y cualquier otro negocio que acordaren los accionistas. Domicilio: El domicilio de la sociedad será la ciudad de Santiago, sin perjuicio del establecimiento de agencias, sucursales u oficinas en otros puntos de la República o en el extranjero. Duración: Indefinida. Capital: $10.000.000, dividido en 1.000 acciones nominativas, de una misma serie y sin valor nominal, íntegramente suscrito y pagado, en dinero efectivo, como sigue: /a/ Jorge Eduardo Schirmer Llorente, 900 acciones, por $9.000.000; y /b/ María Gabriela Palma Fuenzalida, 100 acciones, por $1.000.000. Administración y representación: La administración de la sociedad y su representación judicial y extrajudicial corresponderán al accionista Jorge Eduardo Schirmer Llorente (quien podrá actuar por intermedio de uno o más mandatarios que designe especialmente para este efecto mediante instrumento público o instrumento privado protocolizado, de los que deberá tomarse razón al margen de la inscripción de la sociedad en el Registro de Comercio respectivo, en la forma y con las facultades que constan en escritura extractada).- Santiago, 09 de octubre de 2019. Eduardo Javier Diez Morello, Notario Público.