MODIFICACIÓN Sociedad de Responsabilidad Limitada

DR. CARLOS HENRÍQUEZ B. Y COMPAÑIA LIMITADA

RUT 76049094-6 CVE 1667486
Capital
$1.000.000 CLP
Fecha instrumento
13 de agosto de 2019

Instrumento

Fecha
13 de agosto de 2019
Repertorio
5773/19
Notario
FRANCISCO JAVIER HERMIDA BREVIS
Domicilio
Concepción

Sociedad

Capital
$1.000.000 CLP

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

FRANCISCO JAVIER HERMIDA BREVIS, Notario Público Concepción, con oficio en Barros Arana Nº989, suplente del Notario Titular de esta ciudad don Carlos Alberto Miranda Jiménez, certifico: Que por escritura pública de fecha 13 de Agosto de 2019, ante doña Diana Beatriz Sepúlveda Moreno, suplente del mencionado Notario Titular, Repertorio Nº 5773/19, doña MARISOL ANDREA LAZCANO CASTRO, y don CARLOS ALBERTO HENRÍQUEZ BARRERA, por sí y en representación del nuevo socio, sociedad INVERSIONES CARLOS HENRÍQUEZ E HIJO LIMITADA, todos domiciliados en avenida William Condón número tres mil cincuenta y siete, comuna de San Pedro de la Paz, modificaron la sociedad denominada "DR. CARLOS HENRÍQUEZ B. Y COMPAÑIA LIMITADA", RUT Nº 76.049.094-6, Capital Social $1.000.000, constituida por escritura pública de fecha veintinueve de diciembre del año dos mil ocho, otorgada ante el Notario Público de Concepción, don Juan Espinosa Bancalari. El extracto correspondiente se publicó en el Diario Oficial de fecha nueve de enero del año dos mil nueve, y se inscribió en el Registro de Comercio de San Pedro de La Paz, a fojas dos, número dos, correspondiente al Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces y de Comercio de San Pedro de la Paz, del año dos mil nueve. Modificaciones: uno) Se retira de la sociedad doña Marisol Andrea Lazcano Castro, quien vende, cede y transfiere sus derechos en ella, ascendentes a un cincuenta por ciento del haber social, a la sociedad Inversiones Carlos Henríquez e Hijo Limitada, quien los compra, acepta y adquiere para sí, ingresando de esta manera a la sociedad. El precio de la venta es la suma de cuatro mil quinientas unidades de fomento que el comprador pagará de la siguiente manera: A.- Con la suma de mil quinientas unidades de fomento el 30 de septiembre de año dos mil veinte. B.- Con la suma de mil quinientas unidades de fomento el 30 de septiembre de año dos mil veintiuno. c.- Con la suma de mil quinientas unidades de fomento el 30 de septiembre de año dos mil veintidós. En la forma relacionada, en lo sucesivo, el capital de la sociedad pertenecerá en un cincuenta por ciento a don Carlos Alberto Henríquez Barrera, y el restante cincuenta por ciento a la sociedad lnversiones Carlos Henríquez e Hijo Limitada; Dos) En adelante, la representación y administración de la sociedad y el uso de la razón social pertenecerá exclusivamente al socio don Carlos Alberto Henríquez Barrera, con todas las facultades contenidas en los estatutos sociales. En lo no modificado la sociedad se entiende plenamente vigente. Demás estipulaciones constan en escritura extractada. CONCEPCIÓN, 09 Octubre 2019.