CONSTITUCIÓN Empresa Individual de Responsabilidad Limitada

DEIDANIA ELENA MENDOZA OLIVARES CULTIVO DE PRODUCTOS AGRÍCOLAS EN COMBINACIÓN CON LA CRÍA DE ANIMALES (EXPLOTACIÓN MIXTA) EMPRESA INDIVIDUAL DE RESPONSABILIDAD LIMITADA

CVE 1667452
Capital
$20.000 CLP
Fecha instrumento
3 de octubre de 2019
Notaría
Los

Instrumento

Fecha
3 de octubre de 2019
Notario
ante don Juan Mauricio Araneda Medina
Oficio
Cuarta Notaría de Los Ángeles
Comuna
Los

Sociedad

Capital
$20.000 CLP

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

JUAN MAURICIO ARANEDA MEDINA, ABOGADO NOTARIO PUBLICO TITULAR DE LA CUARTA NOTARIA DE LOS ANGELES y su territorio jurisdiccional, con oficio ubicado en calle Caupolicán N° 355, certifica, Por escritura pública de hoy ante mí, Rep. N° 4763-2019, don ELÍAS FLORENTINO RUIZ GONZÁLEZ, chileno, abogado, soltero, cédula de identidad número dieciséis millones doscientos cuatro mil seiscientos doce guion ocho, domiciliado en calle Darío Barrueto número doscientos setenta y tres, comuna de Los Ángeles; expone: PRIMERO: Que, con fecha treinta de Julio del año dos mil diecinueve, ante don Juan Mauricio Araneda Medina, Abogado, Notario Público Titular de la Cuarta Notaría de Los Ángeles, registrado bajo el Repertorio Número tres mil seiscientos treinta y siete guion dos mil diecinueve, compareció: doña DEIDANIA ELENA MENDOZA OLIVARES, chilena, cédula de identidad número trece millones ochocientos mil seiscientos setenta y nueve guion cuatro, secretaria ejecutiva, casada y separada totalmente de bienes, según se acreditará, domiciliada en parcela número veintinueve, sector La Aguada, de la comuna de Cabrero, y constituyó una empresa individual de responsabilidad limitada denominada “DEIDANIA ELENA MENDOZA OLIVARES CULTIVO DE PRODUCTOS AGRÍCOLAS EN COMBINACIÓN CON LA CRÍA DE ANIMALES (EXPLOTACIÓN MIXTA) Empresa Individual de Responsabilidad Limitada”.- La Empresa podrá actuar con personas naturales o jurídicas, incluso con los bancos e instituciones financieras, Servicio de Impuestos Internos, Tesorería y Municipalidades, con el nombre de fantasía “AGRICOLA DEIDANIA E.I.R.L.”.- SEGUNDO: Que, el compareciente debidamente individualizado en la comparecencia de este acto o instrumento, por un error involuntario, viene en Rectificar y Complementar la citada escritura pública, rectificando y complementando la cláusula Cuarta: En el siguiente sentido: A) La propiedad LOTE ONCE GUION A GUION SEIS, la que se inscribió a fojas mil ciento ochenta y ocho número seiscientos noventa y dos del Registro de Propiedad del año dos mil dieciocho del Conservador de Bienes Raíces de Cabrero. NOTA: Servidumbre reinscrita a fojas cincuenta y cinco vuelta número veinticuatro en el Registro de Hipotecas del año dos mil tres del Conservador de Bienes Raíces de Cabrero. B) Del resto de la propiedad LOTE ONCE GUION A GUION UNO, la que se inscribió a fojas mil ciento ochenta y nueve Vuelta número seiscientos noventa y tres del Registro de Propiedad del año dos mil dieciocho del Conservador de Bienes Raíces de Cabrero. También la cláusula Quinta: Capital de la empresa: En el siguiente sentido: B) con la suma de ocho millones de pesos, que entera en este acto en aporte del inmueble inscrito a fojas mil ciento ochenta y ocho número seiscientos noventa y dos del Registro de Propiedad del año dos mil dieciocho del Conservador de Bienes Raíces de Cabrero, singularizado en la cláusula precedente; y C) con la suma de siete millones de pesos, que entera en este acto en aporte del inmueble inscrito a fojas mil ciento ochenta y nueve Vuelta número seiscientos noventa y tres del Registro de Propiedad del año dos mil dieciocho del Conservador de Bienes Raíces de Cabrero. También singularizado en la cláusula precedente.- El capital empresarial es la suma $20.000.000 de pesos. Demás estipulaciones escritura extractada. Los Ángeles, 03 de octubre de 2019.