Comercializadora, Constructora y Servicios Fuentes e Hijo Limitada
Instrumento
- Fecha
- 13 de septiembre de 2019
- Repertorio
- 1354-2019
- Notario
- Abogado
- Oficio
- Primera Notaria de Quintero
- Comuna
- Quintero
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalEn Quintero, a NUEVE de Octubre del año dos mil diecinueve, ante mí GUSTAVO EDUARDO JEANNERET MARTÌNEZ, Abogado, Notario Público Titular de la Primera Notaria de Quintero, con oficio en Avenida Normandie número dos mil cuarenta y uno, Quintero, que por escritura pública de repertorio 1354-2019, de 13 de septiembre del año 2019 , por escritura de complementación y su rectificación, repertorios 1416-2019, de fecha uno de Octubre del año dos mil diecinueve y repertorio 1483-2019, de fecha siete de Octubre del año dos mil diecinueve, ambas suscritas ante don GUSTAVO EDUARDO JEANNERET MARTÌNEZ, Abogado, Notario Público Titular de la Primera Notaria de Quintero, con oficio en Avenida Normandie número dos mil cuarenta y uno, Quintero comparecen: por una parte, como Cedente, don ROQUE EMILIANO FUENTES SOTO, chileno, casado, empresario, cédula nacional de identidad número nueve millones ciento cuarenta y cinco mil ochocientos doce guión ocho, domiciliado en calle Las Acacias Pasaje Tres número C-17, comuna de Puchuncaví, Región de Valparaíso y don DANIEL ESTEBAN FUENTES MANRÌQUEZ, chileno, soltero, empleado, cédula nacional de identidad número diecisiete millones ciento ochenta mil cincuenta y cuatro guión cuatro, domiciliado en calle Las Acacias Pasaje Tres número C-17, comuna de Puchuncaví, Región de Valparaíso y don MILCIADES ALEXIS FUENTES MANRÌQUEZ, chileno, casado, empleado, cédula nacional de identidad número quince millones ciento cuarenta y seis mil quinientos treinta y cuatro guiòn k, domiciliado en calle Las Acacias Pasaje Dos número C-13, comuna de Puchuncaví, Región de Valparaíso; los comparecientes mayores de edad, quienes acreditan su identidad con la exhibición de sus respectivas cédulas, y quienes exponen que han convenido: modificaron sociedad “Comercializadora, Constructora y Servicios Fuentes e Hijo Limitada”, constituida por escritura pública de fecha veintisiete de Marzo del año dos mil ocho, ante el Notario de La Ligua doña Alina Morales Tortora, cuyo extracto se encuentra inscrito a fojas trece número doce del Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Quintero correspondiente al año dos mil ocho y Publicado en el Diario Oficial de fecha cuatro de Abril de dos mil ocho, y su modificación de sociedad, suscrita ante don Jaime Polloni Contardo, Notario de San Felipe, de fecha nueve de mayo del año dos mil doce, y cuya inscripción rola a fojas ciento diez vuelta, número setenta y dos, del Registro de Comercio del año dos mil doce, del Conservador de Bienes Raíces de Quintero, Publicado en el Diario Oficial de fecha veintidós de mayo del año dos mil doce, extracto archivado bajo el número ochenta y tres del Registro de Documentos de Comercio del año dos mil doce, del Conservador de Bienes Raíces de Quintero, en el siguiente sentido que don ROQUE EMILIANO FUENTES SOTO, vende, cede y transfiere el 5% de sus derechos que posee en la sociedad, a don DANIEL ESTEBAN FUENTES MANRÌQUEZ, cuyo precio es la suma de $1.000.000.-, pagados en este acto en dinero en efectivo. Socios ROQUE EMILIANO FUENTES SOTO, con el 90% del capital social y don DANIEL ESTEBAN FUENTES MANRÌQUEZ con el 5% del capital social y don MILCIADES ALEXIS FUENTES MANRÌQUEZ con el 5% del capital social. Se determina en este acto y en mutuo acuerdo entre los socios, los porcentajes en las utilidades de la sociedad, quedando de la siguiente manera: con el treinta y cuatro por ciento de las utilidades de la sociedad serán asignadas a don ROQUE EMILIANO FUENTES SOTO, el treinta y tres por ciento de las utilidades de la sociedad serán asignadas a don DANIEL ESTEBAN FUENTES MANRÌQUEZ y el treinta y tres por ciento restante de las utilidades de la sociedad serán asignadas a don MILCIADES ALEXIS FUENTES MANRÌQUEZ. Respecto a la administración de la sociedad y uso de la razón social corresponderá al socio don ROQUE EMILIANO FUENTES SOTO, con los derechos y obligaciones establecidos en el título tercero y cuarto de la escritura de constitución de la referida sociedad. En lo demás subsisten cláusulas del estatuto constitutivo. Quintero 09 de Octubre de 2019.