Comercial Astral Limitada
Instrumento
- Fecha
- 26 de agosto de 2019
- Notario
- Pablo Alberto González Caamaño
- Oficio
- Novena Notaría de Santiago
- Comuna
- Santiago
Sociedad
- Capital
- $79.281.960 CLP
- Domicilio
- El domicilio de la sociedad será la parte de la provincia de Santiago sobre la cual tenga jurisdicción el Conservador de Comercio de Santiago
- Duración
- Conforme con sus estatutos, la sociedad tendría una vigencia de 10 años contados desde el 19 de julio de 1983, prorrogables automáticamente por períodos iguales y sucesivos de tres años cada uno, salvo que cualquiera de los socios decidiera ponerle término en la forma y condiciones señaladas en los mismos estatutos, lo que no ha ocurrido. Por lo anterior, la sociedad tendrá una vigencia hasta el 19 de julio de 2020, prorrogándose, en la forma, plazo y condiciones señalados precedentemente y en los estatutos
Objeto social
El objeto de la sociedad será la importación, comercialización y distribución de artículos de vestuario, similares y derivados y cualquier otro que los socios acuerden
Administración
La administración de la sociedad, el uso de su razón social y su representación judicial y extrajudicial corresponderá a los socios don Francisco Fermín Val Pardo y doña María del Carmen Jiménez Martínez, con las más amplias facultades de administración y disposición de bienes, quienes actuando separada e indistintamente uno cualquiera de ellos y anteponiendo la razón social a sus firmas, la representarán y obligarán con las más amplias facultades de administración y disposición de bienes, quienes actuando separada e indistintamente uno cualquiera de ellos, y anteponiendo la razón social a sus firmas, la representarán y obligarán con las más amplias facultades
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalPablo Alberto González Caamaño, Notario Público, Titular de la Novena Notaría de Santiago, Teatinos 333 entrepiso, certifica: Por escritura pública de 26 de agosto de 2019, ante mí, Francisco Fermín Val Pardo, María del Carmen Jiménez Martínez, Francisco José Val Jiménez,Alejandra Andrea Val Jiménez, Sebastián Ignacio Val Jiménez y Magdalena Fernanda Val Jiménez, todos domiciliados en Luis Matte Larraín 10.151, Las Condes, Santiago, modificaron sociedad de responsabilidad limitada Comercial Astral Limitada,(inscrita fojas 11429 número 6632 Reg. Comercio Santiago 1983), como sigue: Uno) Se aprobó la división de esta sociedad, con efecto y vigencia a partir de esta fecha, constituyéndose a partir de ella una nueva sociedad de responsabilidad limitada denominada Sociedad Inmobiliaria Astral Limitada, cuyos estatutos son materia de extracto separado, sin perjuicio de continuar la actual Comercial Astral Limitada; Dos) Para los efectos de la división, se disminuye el capital de Comercial Astral Limitada de la cantidad actual de $89.200.000 a $79.281.960. El monto en que se disminuye el capital, por $9.918.040, constituye el capital asignado a la nueva sociedad resultante de la división. A consecuencia de lo anterior, los comparecientes acuerdan modificar la cláusula cuarta de los estatutos sociales de Comercial Astral Limitada, relativos a su capital social, la que se reemplaza por la que sigue: “Cuarto: Capital. El capital de la sociedad es la suma de $79.281.960, íntegramente pagado con anterioridad a esta fecha, en dinero efectivo, del cual a cada socio le corresponde la siguiente cantidad y proporción: /a/ don Francisco Fermín Val Pardo, $40.433.800, representativos del 51% del capital social; /b/ doña María del Carmen Jiménez Martínez, $792.820, representativos del 1% del capital social c) don Francisco José Val Jiménez, $9.513.835, representativos del 12% del capital social. d) doña Alejandra Andrea Val Jiménez $9.513.835, representativos del 12% del capital social; /e/ don Sebastián Ignacio Val Jiménez $9.513.835, representativos del 12% del capital social y, /f/ doña Magdalena Fernanda Val Jiménez $9.513.835, representativos del 12% del capital social. Tres) Se fijó nuevo texto de los estatutos sociales que reemplazó íntegramente a los anteriores, del que extracto lo que sigue: Socios. Francisco Fermín Val Pardo, María del Carmen Jiménez Martínez, Francisco José Val Jiménez, Alejandra Andrea Val Jiménez, Sebastián Ignacio Val Jiménez y Magdalena Fernanda Val Jiménez, ya individualizados. Razón Social. Comercial Astral Limitada. Objeto. El objeto de la sociedad será la importación, comercialización y distribución de artículos de vestuario, similares y derivados y cualquier otro que los socios acuerden. Administración. La administración de la sociedad, el uso de su razón social y su representación judicial y extrajudicial corresponderá a los socios don Francisco Fermín Val Pardo y doña María del Carmen Jiménez Martínez, con las más amplias facultades de administración y disposición de bienes, quienes actuando separada e indistintamente uno cualquiera de ellos y anteponiendo la razón social a sus firmas, la representarán y obligarán con las más amplias facultades de administración y disposición de bienes, quienes actuando separada e indistintamente uno cualquiera de ellos, y anteponiendo la razón social a sus firmas, la representarán y obligarán con las más amplias facultades. Capital. El capital de la sociedad es la suma de $79.281.960, íntegramente pagado con anterioridad a esta fecha, en dinero efectivo, del cual a cada socio le corresponde la siguiente cantidad y proporción: /a/ Francisco Fermín Val Pardo, $40.433.800, representativos del 51% del capital social; /b/ doña María del Carmen Jiménez Martínez, $792.820, representativos del 1% del capital social c) Francisco José Val Jiménez $9.513.835 pesos, representativos del 12% del capital social. d) Alejandra Andrea Val Jiménez $9.513.835, representativos del 12% del capital social. /e/ Sebastián Ignacio Val Jiménez, $9.513.835, representativos del 12% del capital social; y, /f/ doña Magdalena Fernanda Val Jiménez $9.513.835. Duración. Conforme con sus estatutos, la sociedad tendría una vigencia de 10 años contados desde el 19 de julio de 1983, prorrogables automáticamente por períodos iguales y sucesivos de tres años cada uno, salvo que cualquiera de los socios decidiera ponerle término en la forma y condiciones señaladas en los mismos estatutos, lo que no ha ocurrido. Por lo anterior, la sociedad tendrá una vigencia hasta el 19 de julio de 2020, prorrogándose, en la forma, plazo y condiciones señalados precedentemente y en los estatutos. Domicilio. El domicilio de la sociedad será la parte de la provincia de Santiago sobre la cual tenga jurisdicción el Conservador de Comercio de Santiago, sin perjuicio del establecimiento de agencias, sucursales u oficinas en el resto del país o en el extranjero. Responsabilidad de los socios, limitada al monto de sus respectivos aportes. Demás estipulaciones escritura extractada.