Instrumento
- Fecha
- 7 de octubre de 2019
- Notario
- GABY SOLEDAD HERNANDEZ SOTO
- Oficio
- Tercera Notaría de Copiapó
- Comuna
- Copiapó
Sociedad
- Capital
- $300.000 CLP
- Domicilio
- Ciudad de Santiago
- Duración
- Indefinida
Objeto social
La sociedad tendrá por objeto, ya sea actuando directamente o a través de otras personas o sociedades, individualmente o en conjunto con otros y por cuenta propia o ajena: a) La prestación de servicios turísticos, asesoría y consultoría urbana y regional; diseño y ejecución de estudios de preinversión, localización y levantamiento de recursos; estudios y consultoría sobre valorización y avaluación predial; asesorías y consultorías en mercados de suelo y tasación; tasaciones prediales; generación y procesamientos de información para proyectos del área de la arquitectura, urbanismo, construcción y turismo; corretaje de propiedades y gestión inmobiliaria; b) Factoring y administración de carteras vencidas, cobranzas, defensa de deudores, representación judicial y extrajudicial de todo tipo de empresas; c) Administración de empresas, gestión de negocios, asesoría a empresas en general; d) La inversión pasiva en toda clase de títulos de acciones, bonos y demás valores mobiliarios; cuotas de fondos mutuos y cuotas de fondos de inversión privada; y en toda clase bienes muebles e inmuebles; la explotación con fines rentísticos de los bienes que adquiera, a título de arrendamiento, venta, permuta o cualquier otro; y la participación, también como inversión pasiva y con fines rentísticos, en sociedades de cualquier tipo, sean estas colectivas, anónimas, de responsabilidad limitada o en comandita y en general, realizar todos los actos y contratos que digan relación directa o indirecta con el
Administración
Será ejercida por don FARID JORGE NICOLAS HIDALGO pudiendo designar gerentes
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalGABY SOLEDAD HERNANDEZ SOTO, Notario Público Titular de la Tercera Notaría de Copiapó, en calle Colipí Nº 351, Certifico: Que por escritura de esta fecha, ante mí: Don FARID JORGE NICOLAS HIDALGO, chileno, casado, C.I. Nº 12.403.2334, Ingeniero en Minas, domiciliado en Avenida Costanera Nº 961, Copiapó; mayor de edad, constituyó sociedad por acciones, cuyos estatutos se extractan a continuación: Razón social: “ADMINISTRACIÓN Y TURISMO SpA”. Administración. Será ejercida por don FARID JORGE NICOLAS HIDALGO pudiendo designar gerentes. Capital: Asciende a $300.000, y se divide y representa en 30 acciones nominativas, ordinarias, de una sola serie, sin valor nominal. Don FARID JORGE NICOLAS HIDALGO aporta $300.000, en dinero en efectivo. Capital social enteramente suscrito y pagado. Cada acción dará derecho a un voto. Don FARID JORGE NICOLAS HIDALGO es propietario de 30 acciones. Domicilio: Ciudad de Santiago, sin perjuicio de las agencias, representaciones o sucursales que se establezcan en otras ciudades del país y/o en el extranjero. Objeto: La sociedad tendrá por objeto, ya sea actuando directamente o a través de otras personas o sociedades, individualmente o en conjunto con otros y por cuenta propia o ajena: a) La prestación de servicios turísticos, asesoría y consultoría urbana y regional; diseño y ejecución de estudios de preinversión, localización y levantamiento de recursos; estudios y consultoría sobre valorización y avaluación predial; asesorías y consultorías en mercados de suelo y tasación; tasaciones prediales; generación y procesamientos de información para proyectos del área de la arquitectura, urbanismo, construcción y turismo; corretaje de propiedades y gestión inmobiliaria; b) Factoring y administración de carteras vencidas, cobranzas, defensa de deudores, representación judicial y extrajudicial de todo tipo de empresas; c) Administración de empresas, gestión de negocios, asesoría a empresas en general; d) La inversión pasiva en toda clase de títulos de acciones, bonos y demás valores mobiliarios; cuotas de fondos mutuos y cuotas de fondos de inversión privada; y en toda clase bienes muebles e inmuebles; la explotación con fines rentísticos de los bienes que adquiera, a título de arrendamiento, venta, permuta o cualquier otro; y la participación, también como inversión pasiva y con fines rentísticos, en sociedades de cualquier tipo, sean estas colectivas, anónimas, de responsabilidad limitada o en comandita y en general, realizar todos los actos y contratos que digan relación directa o indirecta con el objeto. Para la consecución de sus fines, la sociedad podrá ejecutar todos los actos y celebrar todos los contratos que sean necesarios o convenientes, pudiendo incluso constituir o formar parte de otras sociedades, comunidades, patrimonios y personas jurídicas de cualquier clase. Duración: Indefinida. Demás estipulaciones en escritura extractada. Copiapó, 7 Octubre 2019.