MODIFICACIÓN Sociedad de Responsabilidad Limitada

TRANSPORTES VALLE GRANDE LIMITADA

RUT 76827272-7 CVE 1666321

Instrumento

Notario
FRANCISCO JAVIER FUENZALIDA RODRIGUEZ
Domicilio
con oficio en calle Arlegui número trescientos treinta y tres oficina ciento once

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

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FRANCISCO JAVIER FUENZALIDA RODRIGUEZ, abogado, Notario Público, con oficio en calle Arlegui número trescientos treinta y tres oficina ciento once, por escritura pública ante Notario suplente don Luis Bernal Riquelme de fecha veintisiete de septiembre de dos mil diecinueve, certifico: FABIANA SYLVIA ACEDO, empresaria, viuda, argentina, cédula nacional de identidad número catorce millones quinientos sesenta y seis mil novecientos diecinueve guion siete; y, doña DENISE CAROLINA OLIVOS ACEDO, soltera, estudiante, chilena, cédula nacional de identidad número diecinueve millones doscientos cuatro mil cuatrocientos treinta y siete guion cinco, ambas con domicilio para estos efectos en Avenida Carlos Ibáñez del Campo número cuatrocientos diecisiete, Achupallas, modificaron el objeto de la sociedad de responsabilidad limitada “TRANSPORTES VALLE GRANDE LIMITADA; inscrita en el Conservador de Bienes Raíces y de Comercio de Viña del Mar a Fojas dos mil ciento setenta y cinco número mil ochocientos cuatro correspondiente al año dos mil diecisiete y cuyo extracto fue publicado en el Diario Oficial número CUARENTA Y UN MIL novecientos veintinueve del día once de diciembre del año dos mil diecisiete, quedando modificado en el siguiente sentido: “El objeto de la sociedad, ejercer, por cuenta propia o de terceros, en forma directa o indirecta, el giro de arrendamiento de transporte terrestre de carga en todas sus formas y toda otra actividad relacionada directa o indirectamente con el giro social que acuerden los socios”; además se amplía el mencionado giro agregando el siguiente párrafo: “Asimismo, la sociedad podrá extraer, comprar, vender, trasladar, explotar, procesar, almacenar, recibir y/o acopiar a cualquier título, áridos, cementos y sus derivados, realizar movimientos de tierras, retiro de escombros y excavaciones”. Se agrega este objeto al que ya se encuentra determinado como se señala en la cláusula Segunda de este acto, para todos los efectos legales y tributarios que correspondan. En lo no modificado, rige el estatuto social primitivo. Viña del Mar, 9 de octubre de 2019.