CONSTITUCIÓN Sociedad de Responsabilidad Limitada

Gallegos y Ávila Limitada

CVE 1666967
Capital
$10.000.000 CLP
Fecha instrumento
9 de octubre de 2019
Duración
Definida

Instrumento

Fecha
9 de octubre de 2019
Repertorio
480-2019
Notario
NESTOR ALEJANDRO AVILA URRUTIA
Domicilio
Conservador de Bienes Raíces

Sociedad

Capital
$10.000.000 CLP
Domicilio
Cañete
Duración
5 años prorrogables de forma señala escritura

Objeto social

A.- Producción, venta, comercialización y distribución de todo tipo de áridos. B.- Producción, venta y comercialización de ripio, carbón, arenas y materias primas para construcción, ya sea en bruto o procesados; C.- Movimiento de tierra, excavaciones y construcción, mantención y reparación de caminos, puentes y alcantarillas. Administración y uso

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

NESTOR ALEJANDRO AVILA URRUTIA, Abogado, Notario Público, Conservador de Bienes Raíces, Comercio, Minas y Archivero Judicial Titular de Curanilahue, con oficio Curanilahue, calle Balmaceda N° 40, certifico: que por escritura pública de 9 Octubre 2019, repertorio 480-2019, ante mí, JUAN BERNARDO GALLEGOS HIDALGO, Parcela 4 del Valle de Huilquehue, Cañete, y ANSELMA IRIS AVILA PEREIRA, calle Esmeralda N° 699, Cañete, constituyeron sociedad responsabilidad limitada, razón social: “GALLEGOS Y AVILA LIMITADA”, nombre fantasía “ SOCIEDAD MONTAÑA LTDA”. Objeto : A.- Producción, venta, comercialización y distribución de todo tipo de áridos. B.- Producción, venta y comercialización de ripio, carbón, arenas y materias primas para construcción, ya sea en bruto o procesados; C.- Movimiento de tierra, excavaciones y construcción, mantención y reparación de caminos, puentes y alcantarillas. Administración y uso razón social: corresponde a socio JUAN BERNARDO GALLEGOS HIDALGO, con amplias facultades, de forma señala escritura. Capital: $10.000.000, aportado en partes iguales de $5.000.000 cada socio, enterados al contado y dinero efectivo, ingresado en caja social.- Responsabilidad socios limitada monto aportes. Duración: 5 años prorrogables de forma señala escritura. Domicilio: Cañete, sin perjuicio agencias o sucursales en país o extranjero. Demás estipulaciones constan escritura en extracto. Curanilahue, Octubre 9 de 2019.