COMERCIAL PANEBRA Y SANTOS LIMITADA
Instrumento
- Fecha
- 7 de octubre de 2019
- Repertorio
- 2346/2019
- Notario
- CARLOS ALEJANDRO FUENTES CÁCERES
- Domicilio
- las comunas de Angol y Renaico
Sociedad
- Domicilio
- Los socios fijan su domicilio en la ciudad de ANGOL, para todos los efectos legales, de este contrato
- Duración
- La sociedad comenzará a regir con esta fecha y tendrá una duración de 10 AÑOS. Esta vigencia se renovará tácita y sucesivamente, por períodos de 10 años, si ninguno de los socios manifestare su voluntad de ponerle término al final del período que estuviere en curso, mediante escritura pública que se inscribirá al margen de la inscripción social, con una anticipación de, a lo menos, seis meses antes del fin del respectivo período que estuviere vigente
Objeto social
La actividad comercial en sus formas más amplias comprendiendo entre otras la Explotación de restaurante, comida preparada, cafetería, distribución, comercialización de vinos, bebidas alcohólicas, bebidas de fantasía y jugos, banquetearía, y otras celebraciones; Comercialización de toda clase de frutas y verduras, cereales, leguminosas, frutas secas, y toda clase de alimentos actuales o que existan en el futuro para las personas, sean estos envasados o no; tendrá por objeto además las siguientes actividades comerciales; importar, exportar, comprar, vender o distribuir toda clase de mercaderías, bienes de consumo, comestibles, envasados, equipos de cualquier clase y naturaleza; y cualquier otro negocio o actividad que se relacione, en la actualidad o en el futuro, con lo expresado; y cualquier otro objeto que acordaren los socios; del mismo modo tendrá por objeto la prestación de servicios profesionales, asesorías especializadas, transferencia técnica directas e indirectas a empresas en modalidad individual o colectivas, que incluyen asesorías por cuenta propia o ajena, en las áreas sociales, legales, económicas, financieras, administrativas, servicios, ambientales, de seguridad, innovación y de todo alcance en gestión que se determine
Administración
La administración y representación de la sociedad y el uso de la razón social corresponderá en forma exclusiva al socio don JUAN PABLO PANEBRA ALEGRÍA, quien actuando por la sociedad, y anteponiendo la razón social a su firma, la representarán con las facultades contenidas pacto social
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalCARLOS ALEJANDRO FUENTES CÁCERES, Abogado, Notario Público de las comunas de Angol y Renaico, con domicilio en calle Arturo Prat número 155 Angol, CERTIFICA: Por escritura pública de fecha 07 de Octubre de 2019, Repertorio N°2.346/2019, don JUAN PABLO PANEBRA ALEGRÍA, Peruano, comerciante, soltero, cédula nacional de identidad número veinticinco millones doscientos veinticuatro mil seiscientos cincuenta y uno guión siete, domiciliado en Bunster número mil ciento noventa y cuatro, villa Las Naciones, de la ciudad y comuna de Angol, y don ALEX PRUDENCIO SANTOS REYES, Peruano, comerciante, soltero, cédula nacional de identidad número veintiún millones ochocientos sesenta y tres mil noventa y nueve guión cinco, domiciliado en Bueras número doscientos cincuenta y cinco, Santa Elvira, comuna de Chillán, de paso en ésta, constituyen una sociedad de responsabilidad limitada al monto de sus respectivos aportes. Razón social: “COMERCIAL PANEBRA Y SANTOS LIMITADA”, sin embargo, la sociedad podrá funcionar y actuar inclusive en sus relaciones con los Bancos y demás instituciones financieras y/o de crédito y de terceros en general con el nombre de fantasía de “CHEF ALEX LTDA”. OBJETO SOCIAL: La actividad comercial en sus formas más amplias comprendiendo entre otras la Explotación de restaurante, comida preparada, cafetería, distribución, comercialización de vinos, bebidas alcohólicas, bebidas de fantasía y jugos, banquetearía, y otras celebraciones; Comercialización de toda clase de frutas y verduras, cereales, leguminosas, frutas secas, y toda clase de alimentos actuales o que existan en el futuro para las personas, sean estos envasados o no; tendrá por objeto además las siguientes actividades comerciales; importar, exportar, comprar, vender o distribuir toda clase de mercaderías, bienes de consumo, comestibles, envasados, equipos de cualquier clase y naturaleza; y cualquier otro negocio o actividad que se relacione, en la actualidad o en el futuro, con lo expresado; y cualquier otro objeto que acordaren los socios; del mismo modo tendrá por objeto la prestación de servicios profesionales, asesorías especializadas, transferencia técnica directas e indirectas a empresas en modalidad individual o colectivas, que incluyen asesorías por cuenta propia o ajena, en las áreas sociales, legales, económicas, financieras, administrativas, servicios, ambientales, de seguridad, innovación y de todo alcance en gestión que se determine. ADMINISTRACION. La administración y representación de la sociedad y el uso de la razón social corresponderá en forma exclusiva al socio don JUAN PABLO PANEBRA ALEGRÍA, quien actuando por la sociedad, y anteponiendo la razón social a su firma, la representarán con las facultades contenidas pacto social. CAPITAL SOCIAL. El capital de la socie¬dad será la suma de QUINCE MILLONES DE PESOS, que los socios aportan y enteraran de la siguiente forma: 1. El socio JUAN PABLO PANEBRA ALEGRIA, aporta la suma de DIEZ MILLONES QUINIENTOS MIL PESOS, que entera y paga en este acto de contado y en dinero en efectivo, dinero que ingresa a la caja social; 2. El socio ALEX PRUDENCIO SANTOS REYES, aporta la suma de CUATRO MILLONES QUINIENTOS MIL PESOS, que entera y paga en este acto de contado y en dinero en efectivo, dinero que ingresa a la caja social.. UTILIDADES Y PERDIDAS. Las utilidades y pérdidas que se produzcan, se distribuirán entre los socios en la siguiente proporción; a) Don JUAN PABLO PANEBRA ALEGRIA, un setenta por ciento; b) Don ALEX PRUDENCIO SANTOS REYES un treinta por ciento. DURACION. La sociedad comenzará a regir con esta fecha y tendrá una duración de 10 AÑOS. Esta vigencia se renovará tácita y sucesivamente, por períodos de 10 años, si ninguno de los socios manifestare su voluntad de ponerle término al final del período que estuviere en curso, mediante escritura pública que se inscribirá al margen de la inscripción social, con una anticipación de, a lo menos, seis meses antes del fin del respectivo período que estuviere vigente. DOMICILIO. Los socios fijan su domicilio en la ciudad de ANGOL, para todos los efectos legales, de este contrato. Demás estipulaciones constan en escritura extractada. Angol 07 de octubre de 2019.