COMERCIAL EMELIA NI LIMITADA
Instrumento
- Fecha
- 8 de octubre de 2019
- Notario
- JUAN ANTONIO LOYOLA OPAZO
- Domicilio
- Temuco
Sociedad
- Capital
- $15.000.000 CLP
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalJUAN ANTONIO LOYOLA OPAZO, Abogado, Notario Público Temuco, oficio en Prat Nº770, certifica: Por escritura pública de fecha 08 de octubre de 2019, ante mí, señores QINGHUA NI, comerciante, cédula de identidad extranjero Nº23.795.211-1, domiciliado en calle Libertador Bernardo O’Higgins nº 646 de Curacautín, soltero; PING ZHANG, comerciante, cédula de identidad extranjero Nº22.278.959-1, domiciliado en calle Libertador Bernardo O’Higgins Nº812 de Lautaro, soltero; y YONGKANG NI, comerciante, cédula de identidad extranjero Nº26.831.118-1, domiciliado en calle Libertador Bernardo O’Higgins Nº646 de Curacautín, soltero; modifican sociedad “COMERCIAL EMELIA NI LIMITADA”; inscrita a fs. 48 vta. n° 40 del Registro de Comercio del año 2015 de Curacautín, publicada en El Diario Oficial de la República de Chile en la edición del día 4 de junio de 2015, en siguientes sentidos: 1) PING ZHANG vende a don YONGKANG NI, su cuota en sociedad equivalente al 12 %, precio $1.800.000 pagado al contado y en dinero efectivo.- 2) Actuales socios son señores QINGHUA NI y YONGKANG NI, quienes acuerdan introducir al pacto social las siguientes modificaciones: UNO: ratifican que la administración y el uso de la razón social corresponderá exclusivamente al socio don QINGHUA NI, quien tendrá todas y cada una de las facultades señaladas en la cláusula cuarta de la escritura de constitución.- DOS: se modifica la cláusula QUINTA de la constitución en el sentido de estipular que el capital social se mantiene en la suma de $15.000.000, que los socios aportan y enteran de la siguiente forma: a) don QINGHUA NI la suma de $13.200.000, ya enterada e ingresada en la caja social; y b) don YONGKANG NI, la suma de $1.800.000, que entera, en este acto, al contado y en dinero efectivo, ya ingresada en la caja social.- Y TRES) se modifica la cláusula SEXTA de la escritura de constitución, en el sentido que las utilidades y pérdidas se distribuirán entre los socios en proporción de un 88 % para don QINGHUA NI y de 12 % para don YONGKANG NI.- En lo demás ratifican en todas sus partes el pacto social.- Capital social: $15.000.000.- Rol Único Tributario es el Nº 76.479.251-3.- Temuco, 09 de octubre de 2019.-