CONSTITUCIÓN Sociedad de Responsabilidad Limitada

SOCIEDAD VERGARA SIEBALD Y CÍA. LTDA.

CVE 1665449
Capital
$2.400 CLP
Fecha instrumento
16 de septiembre de 2019
Duración
Indefinida

Instrumento

Fecha
16 de septiembre de 2019
Notario
PEDRO HERNÁN LARRERE CASTRO
Domicilio
Castro

Sociedad

Capital
$2.400 CLP
Domicilio
La sociedad tendrá como domicilio la comuna de Chonchi
Duración
Indefinida

Objeto social

La realización de todo tipo de actividades de carácter inmobiliario y de inversiones, servicios turísticos, hoteles, cabañas, cafetería, restaurante. Sin perjuicio de otra actividad que tenga o no tenga relación con las anteriores y que los socios de común acuerdo establezcan. Administración y uso

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

PEDRO HERNÁN LARRERE CASTRO, Notario Público Titular Castro, calle Balmaceda 286, Castro, certifico: Por escritura pública otorgada ante mí, con fecha 16 de septiembre de 2019, doña NATALIA PAOLA VERGARA SIEBALD, doña HILDEGARDA ROSA SIEBALD ANDRADE y y don ESTEBAN LORENZO VERGARA SIEBALD, todos con domicilio en calle Pedro Aguirre Cerda número 279 interior, Chonchi, constituyeron sociedad de responsabilidad limitada. Razón social: será “SOCIEDAD VERGARA SIEBALD Y CÍA. LTDA.”, o pudiendo usar indistintamente las expresiones “BRUDER Y CIA. LTDA.”, con las que se obligará a la sociedad de la misma manera que si actuara con su razón social integra, nombres que utilizará en general ante toda clase de personas naturales o jurídicas, públicas o privadas, instituciones bancarias, financieras, de crédito o previsionales, institucionales nacionales o extranjeras. Objeto. La realización de todo tipo de actividades de carácter inmobiliario y de inversiones, servicios turísticos, hoteles, cabañas, cafetería, restaurante. Sin perjuicio de otra actividad que tenga o no tenga relación con las anteriores y que los socios de común acuerdo establezcan. Administración y uso razón social: La administración y el uso de la razón social, corresponderá a los socios quienes actuando por la sociedad conjunta o separadamente, podrán obligarla en toda clase de actos de administración anteponiendo a su firma la razón social, con las más amplias facultades; no obstante lo anterior, se deja expresa constancia que deberán actuar en forma conjunta, al menos dos socios indistintamente de quienes sean en los siguientes casos: a) vender bienes inmuebles o muebles de propiedad de la sociedad; b) gravar los mismos con garantía cualquiera sea su naturaleza; c) constituir a la sociedad en aval de operaciones comerciales. Capital: El capital social es la suma seis millones de pesos, que los socios se obligan a aportar de la siguiente manera: a) La socia doña NATALIA PAOLA VERGARA SIEBALD, aporta la suma de $2.400.00; b) La socia doña HILDEGARDA ROSA SIEBALD ANDRADE aporta la suma de $1.200.000 y b) el socio don ESTEBAN LORENZO VERGARA SIEBALD aporta la suma de $2.400.000, que los comparecientes enteran y pagan en dinero en efectivo en la caja de la empresa. Duración: La sociedad comenzará a regir a partir de esta fecha y tendrá una duración indefinida. Domicilio: La sociedad tendrá como domicilio la comuna de Chonchi, sin perjuicio de las sucursales o agencias que pueden establecerse en el resto del país o extranjero. Castro, 07 de octubre de 2019.