MODIFICACIÓN Sociedad por Acciones

Maschinenfabrik Chile SpA

RUT 76648263-5 CVE 1665876
Capital
$538.725.824 CLP
Fecha instrumento
12 de septiembre de 2019
Notaría
Santiago

Instrumento

Fecha
12 de septiembre de 2019
Notario
Suplente de don JUAN RICARDO SAN MARTÍN URREJOLA
Oficio
Cuadragésima Tercera Notaría de Santiago
Comuna
Santiago

Sociedad

Capital
$538.725.824 CLP

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

HUMBERTO PRIETO CONCHA, Suplente de don JUAN RICARDO SAN MARTÍN URREJOLA, Notario Público Titular de la Cuadragésima Tercera Notaría de Santiago, con oficio en calle Huérfanos N° 835, piso 18, comu na de Santiago, certifico que, por escritura pública otorgada ante mí, el 12 de septiembre de 2019, ACI Andes Central Inversiones SpA y Sebastián Pizarro Kreuzer, únicos accionistas de Maschinenfabrik CHILE SpA (en adelante la “Sociedad”) aumentaron el capital social desde $538.725.824.-, dividido en 10.000 acciones nominativas, de una misma serie, ordinarias y sin valor nominal, a la suma de $576.862.924.-, dividido en 10.708 acciones nominativas, de una misma serie, ordinarias y sin valor nominal, lo que significó, un aumento por $38.137.100.-, a través de la emisión de 708 nuevas acciones de pago, nominativas, de una misma serie, ordinarias y sin valor nominal, representativas de $38.137.100.-, que se suscribió y pago íntegramente en el mismo acto por ACI Andes Central Inversiones SpA con la capitalización del crédito, que al 12 de septiembre de 2019, tenía en contra de la Sociedad, y cuyo importe fue valorizado por los accionistas de la Sociedad en $38.137.100. En consecuencia, se reemplaza el artículo quinto de los estatutos sociales por el siguiente: “ARTÍCULO QUINTO: El capital de la sociedad es la cantidad de quinientos setenta y seis millones ochocientos sesenta y dos mil novecientos veinticuatro pesos, dividido en diez mil setecientas ocho acciones nominativas, de una misma serie, ordinarias y sin valor nominal, suscritas y pagadas de la forma expresada en el artículo primero transitorio de estos estatutos”, y se sustituyó texto del artículo primero transitorio de los estatutos sociales, que no se extracta por no ser materia de éste. Demás cláusulas constan en escritura extractada. - Santiago, 30 de septiembre de 2019.