INVERSIONES SANTA ANA LIMITADA
Instrumento
- Fecha
- 11 de septiembre de 2019
- Notario
- ALEJANDRO AMERICO ALVAREZ BARRERA
- Oficio
- 41° Notaría de Santiago
- Comuna
- Santiago
Sociedad
- Capital
- $1.000 CLP
- Duración
- La sociedad empezará a regir a contar de la fecha de la escritura social que se extracta y tendrá una duración de 2 años prorrogables automática y sucesivamente por periodos iguales si ninguno de los socios manifiesta su voluntad de poner término a la sociedad mediante declaración hecha por escritura pública anotada al margen de la inscripción social efectuada con anticipación no menor a 6 meses a la expiración del plazo o prórroga que estuviere vigente
- Ley aplicable
- Ley 3.918
Administración
La administración, representación, uso de la razón social y del nombre de fantasía, corresponderá a los socios don HERNÁN ALEJANDRO URRUTIA SAN MARTÍN, y a doña GABRIELA ELENA CÁCERES PEÑAya individualizados, quienes actuando indistintamente por la sociedad, la representarán con las más amplias facultades que indican los estatutos; El capital social, asciende a la suma de $1.000.000 los que se aportarán por los socios de la siguiente manera:a) doña GABRIELA ELENA CÁCERES PEÑA aporta la suma de $350.000, equivalentes al 35% del capital social, los que paga al contado y en dinero efectivo ;b) don HERNÁN ALEJANDRO URRUTIA SAN MARTÍN ,aporta la suma de $350.000, equivalentes al 35% del capital social, los que paga al contado y en dinero efectivo; c) doña VALENTINA PAZ URRUTIA CÁCERES,aporta la suma de $100.000, equivalentes al 10%del capital social, los que paga al contado y en dinero efectivo; d) doña, MARÍA IGNACIA URRUTIA CÁCERESaporta la suma de $100.000, equivalentes al 10% del capital social, los que paga al contado y en dinero efectivo; y e) ANITA PAZ URRUTIA CÁCERES aporta la suma de $100.000, equivalentes al 10% del capital social, los que paga al contado y en dinero efectivo
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalALEJANDRO AMERICO ALVAREZ BARRERA, Notario Público de la 41° Notaría de Santiago, con oficio en Paseo Huérfanos número 1.160, Subsuelo, Comuna de Santiago, Suplente del Titular don FÉLIX JARA CADOT,comparecen: doña GABRIELA ELENA CÁCERES PEÑA, don HERNÁN ALEJANDRO URRUTIA SAN MARTÍN, doña VALENTINA PAZ URRUTIA CÁCERES, doña MARÍA IGNACIA URRUTIA CÁCERES , y doña ANITA PAZ URRUTIA CÁCERES, todos domiciliados para estos efectos en calle María Teresa número 6291, comuna de las Condes, Ciudad de Santiago, Región Metropolitana,constituyen sociedad de responsabilidad limitada, que se regirá por estatutos sociales que a continuación se extractan, y por la Ley 3.918; El nombre de la sociedad será “INVERSIONES SANTA ANA LIMITADA”; El objeto serála realización de toda clase de inversiones en bienes muebles e inmuebles, corporales e incorporales y valores mobiliarios, en títulos y acciones, en bonos y debentures, en créditos de cualquier especie y demás efectos de comercio, en patentes, marcas, licencias y concesiones de cualquier naturaleza, en todas sus formas y estructuras jurídicas; administrar dichas inversiones y percibir e invertir sus frutos o rentas. Asimismo, podrá participar como socia en toda clase de sociedades, de personas o de capitales o de cuentas en participación, pudiendo organizarlas, constituirlas o integrarse a ellas, como también, administrar o tomar parte de la administración de sociedades de cualquier naturaleza. y, en general, la ejecución de cualquier acto y la celebración de todo contrato civil o comercial atingente a los fines sociales.La Administración: La administración, representación, uso de la razón social y del nombre de fantasía, corresponderá a los socios don HERNÁN ALEJANDRO URRUTIA SAN MARTÍN, y a doña GABRIELA ELENA CÁCERES PEÑAya individualizados, quienes actuando indistintamente por la sociedad, la representarán con las más amplias facultades que indican los estatutos; El capital social, asciende a la suma de $1.000.000 los que se aportarán por los socios de la siguiente manera:a) doña GABRIELA ELENA CÁCERES PEÑA aporta la suma de $350.000, equivalentes al 35% del capital social, los que paga al contado y en dinero efectivo ;b) don HERNÁN ALEJANDRO URRUTIA SAN MARTÍN ,aporta la suma de $350.000, equivalentes al 35% del capital social, los que paga al contado y en dinero efectivo; c) doña VALENTINA PAZ URRUTIA CÁCERES,aporta la suma de $100.000, equivalentes al 10%del capital social, los que paga al contado y en dinero efectivo; d) doña, MARÍA IGNACIA URRUTIA CÁCERESaporta la suma de $100.000, equivalentes al 10% del capital social, los que paga al contado y en dinero efectivo; y e) ANITA PAZ URRUTIA CÁCERES aporta la suma de $100.000, equivalentes al 10% del capital social, los que paga al contado y en dinero efectivo. Duración:La sociedad empezará a regir a contar de la fecha de la escritura social que se extracta y tendrá una duración de 2 años prorrogables automática y sucesivamente por periodos iguales si ninguno de los socios manifiesta su voluntad de poner término a la sociedad mediante declaración hecha por escritura pública anotada al margen de la inscripción social efectuada con anticipación no menor a 6 meses a la expiración del plazo o prórroga que estuviere vigente. Demás estipulaciones constan en escritura extractada. Santiago a 11-09-2019, ALEJANDRO ALVAREZ BARRERA, N.S.