CONSTITUCIÓN Sociedad de Responsabilidad Limitada

Inversiones Holmes y Amaral Limitada

CVE 1666220
Capital
$14.754 CLP
Fecha instrumento
2 de abril de 2019
Notaría
Santiago
Duración
Definida

Instrumento

Fecha
2 de abril de 2019
Notario
ALBERTO MOZO AGUILAR
Oficio
40 Notaría Santiago
Comuna
Santiago

Sociedad

Capital
$14.754 CLP
Domicilio
Santiago de Chile, en el territorio jurisdiccional de la Corte de Apelaciones de Santiago
Duración
Regirá a partir de la fecha de la escritura constitutiva y tendrá una duración de 15 años, plazo que se prorrogará tácita y automáticamente por períodos iguales y sucesivos de 5 años cada uno, si ninguno de los socios manifestare su voluntad de ponerle término mediante escritura pública, otorgada con una anticipación mínima de 6 meses al vencimiento del período en curso y de la cual se practique anotación al margen de la respectiva inscripción social en el Registro de Comercio. iv

Objeto social

El objeto de la sociedad será efectuar inversiones en toda clase de bienes muebles o inmuebles, corporales o incorporales, tales como acciones, bonos, opciones, efectos de comercio, cuotas de fondos mutuos, derechos en sociedades y toda clase de títulos o valores mobiliarios; así como desarrollar proyectos de inversión en sus formas más amplias; la formación o integración a todo tipo de sociedades. Con todo, la Sociedad podrá dedicarse a cualquier otra actividad que los socios acuerden. vi

Administración

La administración, representación de la sociedad y el uso de su razón social corresponderá a doña María Verónica Amaral Pineda y a don Charles Benjamín Holmes Piedrabuena, quienes, actuando individualmente, y anteponiendo su firma a la razón social, representarán a la sociedad con las más amplias facultades, pudiendo obligarla en toda clase de actos y contratos. iii

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

ALBERTO MOZO AGUILAR, Notario Público Titular 40 Notaría Santiago, Teatinos Nº332, comuna de Santiago, Región Metropolitana, certifico: Por escritura pública de fecha 2 de abril de 2019, Rep. N° 2323/2019, de División de Sociedad Junta Extraordinaria de Accionistas Frutícola e Inversiones S.A, ante mí, comparecen don CHARLES BENJAMÍN HOLMES PIEDRABUENA, y doña MARÍA VERÓNICA AMARAL PINEDA, ambos con domicilio en Avenida Presidente Riesco número 5711, oficina 301, Las Condes, Región Metropolitana, quienes exponen que modificaron y dividieron la sociedad denominada FRUTÍCOLA E INVERSIONES S.A, inscrita a fojas 7902 número 4173 en el Registro Comercio del CBR de Santiago año 1988, como sigue: Previo a los acuerdos, los accionistas acordaron capitalizar la cuenta de revalorización de capital propio, ascendente a la suma de $113.807.292. En consecuencia, la cuenta de capital, asciende a $ 116.807.292 Hecho lo anterior, se dividió la sociedad para dar origen a 3 nuevas compañías, la propia que se divide, cuyas modificaciones se extractan por separado, y las nuevas sociedades INMOBILIARIA ALTOS DEL GOLF-PAPUDO LIMITADA, con un capital de $78.797.655, INVERSIONES MACHICURA LIMITADA con un capital de $17.410.202, INVERSIONES HOLMES Y AMARAL LIMITADA $14.754.007, a las cuales se le atribuyeron activos y pasivos, según se indica es escritura. A continuación se extractan las materias requeridas para sociedades de responsabilidad limitada en lo referente a la nueva sociedad INVERSIONES HOLMES Y AMARAL LIMITADA, extractándose las otras 2 nuevas sociedades por separado: “i. Nombre: INVERSIONES HOLMES Y AMARAL LIMITADA, pudiendo usar para todos los efectos legales, fines publicitarios y para actuar inclusive ante bancos, instituciones financieras o cualesquier organismo público o privado, las siglas comerciales o nombres de fantasía de “H y A Ltda.”. ii. Administración: La administración, representación de la sociedad y el uso de su razón social corresponderá a doña María Verónica Amaral Pineda y a don Charles Benjamín Holmes Piedrabuena, quienes, actuando individualmente, y anteponiendo su firma a la razón social, representarán a la sociedad con las más amplias facultades, pudiendo obligarla en toda clase de actos y contratos. iii. Duración. Regirá a partir de la fecha de la escritura constitutiva y tendrá una duración de 15 años, plazo que se prorrogará tácita y automáticamente por períodos iguales y sucesivos de 5 años cada uno, si ninguno de los socios manifestare su voluntad de ponerle término mediante escritura pública, otorgada con una anticipación mínima de 6 meses al vencimiento del período en curso y de la cual se practique anotación al margen de la respectiva inscripción social en el Registro de Comercio. iv. Domicilio Social: Santiago de Chile, en el territorio jurisdiccional de la Corte de Apelaciones de Santiago, sin perjuicio de las agencias o sucursales que pueda establecer en otros lugares del país o del extranjero v. Objeto. El objeto de la sociedad será efectuar inversiones en toda clase de bienes muebles o inmuebles, corporales o incorporales, tales como acciones, bonos, opciones, efectos de comercio, cuotas de fondos mutuos, derechos en sociedades y toda clase de títulos o valores mobiliarios; así como desarrollar proyectos de inversión en sus formas más amplias; la formación o integración a todo tipo de sociedades. Con todo, la Sociedad podrá dedicarse a cualquier otra actividad que los socios acuerden. vi. Capital: El capital de la sociedad es la suma de $14.754.007 que los socios, antes accionistas de la sociedad de la cual nace la presente compañía, han enterado en dinero y que, con los redondeos de rigor, ha quedado distribuido como sigue: a) doña María Verónica Amaral Pineda, $7.377.003,5, equivalente al cincuenta por ciento del total de los derechos sociales, pagados con anterioridad a esta fecha; b) don Charles Benjamín Holmes Piedrabuena, $7.377.003,5, equivalente al cincuenta por ciento del total de los derechos sociales, pagados con anterioridad a esta fecha. Capital totalmente pagado. Demás estipulaciones constan en la escritura extractada. Santiago, 2 de abril de 2019.-