Inversiones Fortaleza Limitada
Instrumento
- Fecha
- 13 de agosto de 2019
- Repertorio
- 24199
- Notario
- ANDRES RIEUTORD ALVARADO
- Oficio
- 36 Notaría Santiago
- Comuna
- Santiago
Sociedad
- Capital
- $1.200.000 CLP
- Domicilio
- Ciudad de Ovalle
- Duración
- Indefinida
Objeto social
El objeto social es: a) la compra, venta, administración y explotación para fines de inversión y renta de toda clase de bienes muebles e inmuebles, corporales e incorporales, pudiendo la sociedad con tal propósito, comprar y vender acciones, bonos, debentures, derechos en cualquier especie de sociedades, efectos de comercio, valores mobiliarios y cualquier otro instrumento del mercado de capitales o financiero, ya sea a través de éste o del comercio electrónico; b) la percepción de las rentas y frutos naturales y civiles de esas inversiones y su administración; c) la inversión en bienes raíces y la explotación de los mismos a cualquier título, pudiendo para tales efectos efectuar compra, venta, enajenación, comercialización, arrendamiento, administración, remodelación, ampliación, loteo, subdivisión, construcción y urbanización de bienes raíces; d) la promoción, organización, desarrollo y participación en todo tipo de negocios; e) constituir e ingresar en otras sociedades de cualquier naturaleza e invertir en ellas; y f) la prestación de servicios y asesorías en materias relacionadas con los objetos antes señalados, especialmente en las áreas económica, financiera, gerencial, inmobiliaria y administrativa
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalANDRES RIEUTORD ALVARADO, Notario Público Titular de la 36 Notaría Santiago, La Concepción 65, piso 2, Comuna de Providencia, Santiago, certifico por escritura pública de fecha 13 de Agosto de 2019, Repertorio Nº 24.199, ante mí, María Angélica Zepeda Provis, abogado, cédula de identidad número 10.589.074-5; María Soledad Zepeda Provis, factor de comercio, cédula de identidad número 10.589.571-2; María José Zepeda Provis, empresaria, cédula de identidad número 10.911.026-4, y María Carolina Zepeda Provis, factor de comercio, cédula de identidad número 10.911.029-9, todas domiciliados para estos efectos en Américo Vespucio Norte 1090, piso 12, Vitacura, Región Metropolitana, modificaron y transformaron Inversiones Fortaleza Limitada, inscrita a fojas 107 a fojas 108, número 60 del Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Ovalle, del año 2000, en una sociedad anónima cerrada que se regirá por siguientes estatutos extractados: Razón Social: INVERSIONES FORTALEZA S.A.. Domicilio: Ciudad de Ovalle, sin perjuicio de las agencias o sucursales que puedan establecer en otras ciudades del país o en el extranjero. Duración: Indefinida. Objeto: El objeto social es: a) la compra, venta, administración y explotación para fines de inversión y renta de toda clase de bienes muebles e inmuebles, corporales e incorporales, pudiendo la sociedad con tal propósito, comprar y vender acciones, bonos, debentures, derechos en cualquier especie de sociedades, efectos de comercio, valores mobiliarios y cualquier otro instrumento del mercado de capitales o financiero, ya sea a través de éste o del comercio electrónico; b) la percepción de las rentas y frutos naturales y civiles de esas inversiones y su administración; c) la inversión en bienes raíces y la explotación de los mismos a cualquier título, pudiendo para tales efectos efectuar compra, venta, enajenación, comercialización, arrendamiento, administración, remodelación, ampliación, loteo, subdivisión, construcción y urbanización de bienes raíces; d) la promoción, organización, desarrollo y participación en todo tipo de negocios; e) constituir e ingresar en otras sociedades de cualquier naturaleza e invertir en ellas; y f) la prestación de servicios y asesorías en materias relacionadas con los objetos antes señalados, especialmente en las áreas económica, financiera, gerencial, inmobiliaria y administrativa. Capital: $1.200.000, dividido en 100 acciones nominativas, de una misma serie y sin valor nominal, íntegramente suscrito y pagado por las accionistas de la forma indicada en la escritura extractada. Demás estipulaciones constan en escritura extractada. Santiago, 4 de Septiembre de 2019.