MODIFICACIÓN Sociedad de Responsabilidad Limitada

CONSTRUCTORA Y EXPLOTACION DE ARIDOS TEMUCO LIMITADA

RUT 76163108-K CVE 1666069
Fecha instrumento
7 de octubre de 2019

Instrumento

Fecha
7 de octubre de 2019
Notario
ESMIRNA VIDAL MORAGA
Domicilio
Temuco

Sociedad

Ley aplicable
Ley Nº18.499

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

ESMIRNA VIDAL MORAGA, Notario Público Titular, Temuco, con oficio en calle Antonio Varas Nº979, CERTIFICO: Que por escritura pública otorgada ante mí, con fecha 07.10.2019, Rep. Nº6333-19; don LUIS DANIEL EUGENIO REYES SOTO, abogado, c.i. 9.204.449-1, domiciliado Miraflores Nº 899 of.204, debidamente facultado, por don DANIEL AQUILES ACUÑA ACUÑA, chileno, soltero, comerciante, c.i. 14.629.405-7; domiciliado en calle Odas Elementales Nº 0798; Temuco; don RAÚL ERNESTO GARCÉS VILLA, empresario, c.i. 10.606.466-0.- domiciliado en calle Odas Elementales Nº 0798 Temuco, don ALEXIS ANTONIO FERNANDEZ PEÑA, constructor civil, c.i. 16.766.949-2; domiciliado en calle central Nº 673, Valle San Pedro, San Pedro de la Paz, y don DOMINGO ANTONIO GODOY CARO, constructor civil, c.i. 12.967.679-5 domiciliado en camino Santa Juana km 15, parcela 5, Concepción; otorgo escritura de saneamiento Ley Nº18.499 de escritura de 13/11/2017, ante Notario Concepción, doña MARIA EUGENIA RIVERA GONZALEZ, publicada en extracto en la edición Nº 41.940 D.O. de 23/12/2017 de transformación de “CONSTRUCTORA Y EXPLOTACION DE ARIDOS TEMUCO LIMITADA” r.u.t. 76.163.108-K ; transformándola en “CONSTRUCTORA SANTA JUANA S.P.A.”. Se sanea, por existir a.- vicio de extemporaneidad en el plazo en que se presentó a inscripción el extracto señalado, b.- existiendo omisiones reparadas por el registro, se reparan mediante la pertinente escritura y publicación de saneamiento presente; además se adiciona el extracto de la siguiente manera: Menciones del extracto rectificadas y adicionadas: I) se adiciona al extracto como compareciente a la escritura original, a don DOMINGO ANTONIO GODOY CARO, chileno, casado, constructor civil, cedula nacional de identidad Nº 12.967.679-5, domiciliado en Concepción, camino Santa Juana Km 15, parcela 5; II) Se complementa el extracto reemplazándose desde la palabra “Capital”, por el siguiente texto: “CAPITAL: VEINTE MILLONES DE PESOS, suscrito y pagado íntegramente, el cual se divide en doscientas acciones, nominativas, de una sola serie y sin valor nominal, a los socios corresponden; a) don RAÚL ERNESTO GARCÉS VILLA suscribe y paga ciento noventa y ocho acciones; b) don DANIEL AQUILES ACUÑA ACUÑA, suscribe y paga una acción; y, c) don ALEXIS ANTONIO FERNANDEZ PEÑA suscribe y paga una acción; III) Administrador de la sociedad por acciones: se designó a don DOMINGO ANTONIO GODOY CARO, amplias facultades; cesión de acciones en la SpA: En acto seguido a la transformación, pero en la misma escritura, don RAÚL ERNESTO GARCÉS VILLA y don DANIEL AQUILES ACUÑA ACUÑA, y don ALEXIS ANTONIO FERNANDEZ ACUÑA cedieron y transfirieron el total de sus acciones a don DOMINGO ANTONIO GODOY CARO, quien las acepto y adquirió todas para sí quedando en consecuencia como dueño de las doscientas acciones en que se divide el capital social y único accionista de la persona jurídica señalada. El precio de cesión: fue de diecinueve millones ochocientos mil pesos para don RAUL ERNESTO GARCES VILLA, de cien mil pesos, para don DANIEL AQUILES ACUÑA ACUÑA, Y de cien mil pesos para don ALEXIS ANTONIO FERNANDEZ ACUÑA. El precio ha sido pagado a su plena conformidad. Demás estipulaciones en escritura y extracto individualizados.”. Se mantiene en lo no modificado el extracto individualizado. Demás estipulaciones en escritura. Doy fe. Temuco, 08 de Octubre de 2019.