Instrumento
- Fecha
- 30 de septiembre de 2019
- Repertorio
- 5753/2019
- Notario
- JORGE REYES BESSONE
- Domicilio
- San Miguel
Sociedad
- Capital
- $225.000 CLP
- Domicilio
- será la ciudad de Santiago
- Duración
- Indefinida
Objeto social
Será: A) La elaboración y comercialización, al mayor y al detalle, de productos de panadería, cafetería, bebestibles y alimentos en general; B) La prestación de servicios y asesorías en el rubro de alimentos, pudiendo al efecto instalar, explotar y administrar, por cuenta propia o ajena, restaurantes, bares, cantinas, salones de té, cafeterías, gelaterías, heladerías, cabarets, hoteles y centros gastronómicos en general y a través de ellos, preparar, manipular, vender, distribuir y expender toda clase de alimentos y bebidas alcohólicas y analcohólicas, pudiendo asimismo instalar, explotar y administrar todo tipo de establecimientos comerciales, sea que existan actualmente o se creen en el futuro relacionados con el giro alimenticio; C) La compra, venta, comercialización, explotación, distribución, importación y exportación, de todo tipo de productos alimenticios y bebidas en general; D) Toda clase de inversiones en bienes muebles e inmuebles, corporales e incorporales, derechos sociales, acciones, bonos, títulos de crédito, efectos de comercio y valores mobiliarios en general, así como la explotación de los bienes y derechos que la sociedad adquiera; E) La compra, venta, arrendamiento, consignación, distribución, importación, exportación y en general, la comercialización por mayor y menor, por cuenta propia o de terceros, de toda clase de mercaderías, productos, materias primas, artículos elaborados, y en general de toda clase de bienes muebles; F) Transporte de toda clase de productos alimenticios y bebidas en general, así como todo tipo de bienes en general, en vehículos propios o ajenos; y G) En general cualquier otro acto o negocio que tienda directa o indirectamente al cumplimiento del
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalJORGE REYES BESSONE, abogado, Notario Público Titular de San Miguel, con domicilio en Gran Avenida José Miguel Carrera número 4886, Comuna de San Miguel, certifico que por escritura pública de fecha 30 de septiembre de 2019, ante mi, repertorio 5753/2019, ENRIQUE ISAÍAS BAJAR MORALES, cédula nacional de identidad número diez millones setecientos cuarenta y un mil ciento cuarenta y seis guión, con domicilio en calle Luis Carrera número mil ciento setenta y dos, departamento ciento veintidós, comuna de Vitacura, ALBERTO ALALUF ALVO, cédula nacional de identidad número trece millones ochocientos ochenta y tres mil seiscientos noventa guión ocho, en representación de la sociedad Alinvest Inversiones SpA., del giro de su denominación, rol único tributario número setenta y seis millones seiscientos cuarenta y un mil cuatrocientos ochenta guión K, ambos con domicilio en calle Don Carlos número tres mil doscientos cincuenta y cinco, oficina C, comuna de Las Condes, JULIAN EDUARDO ELFENBEIN KAUFMANN, cédula nacional de identidad número siete millones seiscientos veintidós mil doscientos dieciséis guion nueve, en representación de la sociedad Producciones Julian Elfenbein Kaufmann E.I.R.L., de giro fondos y sociedades de inversión y entidades financieras similares, rol único tributario número setenta y seis millones doscientos seis mil quinientos noventa y uno guión seis, ambos con domicilio en calle Raúl Labbé número doce mil seiscientos trece, oficina quinientos diez, comuna de Lo Barnechea, don ANDRÉS ALFREDO GOYCOOLEA URZÚA, con domicilio en calle Luis Carrera número mil ciento setenta y dos, departamento ciento veintidós, comuna de Vitacura, y don ISTVAN JOZEF MOLNAR BADRIE,, cédula nacional de identidad número quince millones trescientos catorce mil cuatrocientos treinta y ocho guión nueve, con domicilio en calle Hermanos Cabot número siete mil setecientos noventa y nueve, departamento setecientos tres, comuna de Las Condes, constituyeron una sociedad por acciones, de cual extracto lo siguiente: Nombre: Bread & Food SpA, quien para fines comerciales y de publicidad podrá girar el nombre de fantasía “Bread & Food SpA”. Domicilio: será la ciudad de Santiago, sin perjuicio de que pueda abrir agencias o sucursales en otros puntos del país o del extranjero. Objeto: Será: A) La elaboración y comercialización, al mayor y al detalle, de productos de panadería, cafetería, bebestibles y alimentos en general; B) La prestación de servicios y asesorías en el rubro de alimentos, pudiendo al efecto instalar, explotar y administrar, por cuenta propia o ajena, restaurantes, bares, cantinas, salones de té, cafeterías, gelaterías, heladerías, cabarets, hoteles y centros gastronómicos en general y a través de ellos, preparar, manipular, vender, distribuir y expender toda clase de alimentos y bebidas alcohólicas y analcohólicas, pudiendo asimismo instalar, explotar y administrar todo tipo de establecimientos comerciales, sea que existan actualmente o se creen en el futuro relacionados con el giro alimenticio; C) La compra, venta, comercialización, explotación, distribución, importación y exportación, de todo tipo de productos alimenticios y bebidas en general; D) Toda clase de inversiones en bienes muebles e inmuebles, corporales e incorporales, derechos sociales, acciones, bonos, títulos de crédito, efectos de comercio y valores mobiliarios en general, así como la explotación de los bienes y derechos que la sociedad adquiera; E) La compra, venta, arrendamiento, consignación, distribución, importación, exportación y en general, la comercialización por mayor y menor, por cuenta propia o de terceros, de toda clase de mercaderías, productos, materias primas, artículos elaborados, y en general de toda clase de bienes muebles; F) Transporte de toda clase de productos alimenticios y bebidas en general, así como todo tipo de bienes en general, en vehículos propios o ajenos; y G) En general cualquier otro acto o negocio que tienda directa o indirectamente al cumplimiento del objeto social. Duración: Será indefinida. Capital y acciones. El capital de la sociedad es $225.000.000 dividido en 100 acciones nominativas, todas de igual valor y sin valor nominal, es suscrito en su totalidad y pagado de la siguiente manera: a) don ENRIQUE ISAÍAS BAJAR MORALES, suscribe 20 acciones y aportará la suma de $45.000.000, de los cuales aporta en el acto la suma de $20.000.000, el saldo lo aportará según las necesidades sociales, dentro del plazo de cinco años, desde la fecha de esta escritura; b) ISTVAN JOZEF MOLNAR BADRIE, suscribe 20 acciones y aportará la suma de $45.000.000, de los cuales aporta en el acto la suma de $25.000.000, el saldo lo aportará según las necesidades sociales, dentro del plazo de cinco años, desde la fecha de esta escritura; c) la sociedad Alinvest Inversiones SpA, suscribe 20 acciones y aporta en este acto la suma de $45.000.000, que entran a la caja social; d) la sociedad Producciones Julian Elfenbein Kaufmann E.I.R.L., suscribe 20 acciones y aporta en este acto la suma de $45.000.000, que entran a la caja social y e) don ANDRÉS ALFREDO GOYCOOLEA URZÚA, suscribe 20 acciones y aporta en este acto la suma de $45.000.000, que entran a la caja social. Responsabilidad Los accionistas limitan expresamente su responsabilidad personal por los negocios y obligaciones sociales hasta el monto de sus respectivos aportes. Demás estipulaciones en escritura extractada. San Miguel, 1 de octubre de 2019.