CONSTITUCIÓN Sociedad de Responsabilidad Limitada

AGRICOLA SANTA KATALINA DE LO BOZA LIMITADA

RUT 5818662-7 CVE 1665636
Capital
$5.000.000 CLP
Notaría
Santiago
Duración
Definida

Instrumento

Notario
JOSE LEONARDO BRUSI MUÑOZ
Oficio
42 Notaría de Santiago
Comuna
Santiago

Sociedad

Capital
$5.000.000 CLP
Domicilio
ciudad de Santiago
Duración
5 años, a contar de esta fecha, plazo renovable tácita y sucesivamente por períodos iguales, forma indicada escritura extractada. socios limitan su responsabilidad hasta la concurrencia del monto de sus respectivos

Objeto social

la explotación de predios agrícolas y la comercializaci6n de productos del agro en general. Podrá dedicarse a crianza, engorda y compraventa, por mayor o menor, de ganado; la realización de toda clase de negocios relacionados con el agro, la producción agropecuaria, frutícola o maderera, la compra, venta y exportación de la producción, servicios de embalaje, packing y de asesoría a productores; actuar como comisionista o mandatario, para la venta y comercio de productos agrarios; compra, venta y comercialización de maquinarias, vehículos, equipos, útiles, enseres, herramientas, semillas, abonos, productos químicos y demás insumos para la agricultura e industria agrícola; todo lo anterior por cuenta propia o ajena y en general cualesquiera otros negocios, directa o indirectamente relacionado con la agricultura, la producción, transformación o comercialización de sus productos, que acuerden los

Administración

socios acuerdan que corresponderá conjunta o separadamente a FELIX OMAR ORTIZ SANTANDER y)o a ERICK ALEJANDRO ORTIZ ULLOA, C.I. N° 12.874.936-5, amplias facultades señaladas en escritura

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

JOSE LEONARDO BRUSI MUÑOZ, Notario Público de la 42 Notaría de Santiago, Suplente del Titular ALVARO GONZALEZ SALINAS, con oficio en Agustinas Nº 1070, 2º Piso, Santiago, certifica: por escritura pública ante el Titular ALVARO GONZALEZ SALINAS, de fecha 22 Agosto del 2019, FELIX OMAR ORTIZ SANTANDER, C.I. N° 5.818.662-7 y JOSÉ MIGUEL ORTIZ ULLOA, C.I. N° 15.583.570-2, ambos domiciliados Lo Boza N° 7073, Renca; constituyen una sociedad comercial de responsabilidad limitada. Nombre o razón social: "AGRICOLA SANTA KATALINA DE LO BOZA LIMITADA", nombre de fantasía “AGRICOLA SANTA KATALINA LTDA.". Objeto: la explotación de predios agrícolas y la comercializaci6n de productos del agro en general. Podrá dedicarse a crianza, engorda y compraventa, por mayor o menor, de ganado; la realización de toda clase de negocios relacionados con el agro, la producción agropecuaria, frutícola o maderera, la compra, venta y exportación de la producción, servicios de embalaje, packing y de asesoría a productores; actuar como comisionista o mandatario, para la venta y comercio de productos agrarios; compra, venta y comercialización de maquinarias, vehículos, equipos, útiles, enseres, herramientas, semillas, abonos, productos químicos y demás insumos para la agricultura e industria agrícola; todo lo anterior por cuenta propia o ajena y en general cualesquiera otros negocios, directa o indirectamente relacionado con la agricultura, la producción, transformación o comercialización de sus productos, que acuerden los socios. Domicilio: ciudad de Santiago, sin perjuicio de las sucursales o agencias que establezca en el resto del país o en el extranjero. Administración, representación y el uso de la razón social: socios acuerdan que corresponderá conjunta o separadamente a FELIX OMAR ORTIZ SANTANDER y/o a ERICK ALEJANDRO ORTIZ ULLOA, C.I. N° 12.874.936-5, amplias facultades señaladas en escritura. Capital: $5.000.000.-, suma que los socios aportan y enteran en la siguiente proporción: A) FELIX OMAR ORTIZ SANTANDER, aporta $4.500.000.-, equivalente al 90%del capital social, el que se entera y paga en acto en dinero efectivo y que ingresa a caja social y B) JOSÉ MIGUEL ORTIZ ULLOA, aporta $500.000.-, equivalente al restante 10% del capital social, el que se entera y paga en acto en dinero efectivo y que ingresa a caja social . Duración: 5 años, a contar de esta fecha, plazo renovable tácita y sucesivamente por períodos iguales, forma indicada escritura extractada. socios limitan su responsabilidad hasta la concurrencia del monto de sus respectivos aportes.Demás estipulaciones escritura extractada.Santiago 02 de Octubre del 2019.-