MODIFICACIÓN Sociedad Anónima

PARTICIPACIONES SOCIETARIAS FINAMERIS S.A.

RUT 76626850-1 CVE 1665053
Capital
$1.431.769.500 CLP
Fecha instrumento
16 de septiembre de 2019
Notaría
Santiago

Instrumento

Fecha
16 de septiembre de 2019
Notario
HERNÁN CUADRA GAZMURI
Oficio
1ª Notaría Santiago
Comuna
Santiago

Sociedad

Capital
$1.431.769.500 CLP

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

HERNÁN CUADRA GAZMURI, abogado, Notario Público 1ª Notaría Santiago, Huérfanos 1.160, Of.- 101 y 102, certifica: Por escritura pública de 16 de Septiembre de 2019, ante mi Suplente, Juan Carlos Álvarez Domínguez, se redujo Acta Junta Extraordinaria Accionistas celebrada ante mí, de PARTICIPACIONES SOCIETARIAS FINAMERIS S.A., efectuada con fecha 22 de julio de 2019, en que se acordó: 1.- Aumentar el capital en la suma de $1.431.769.500, mediante la emisión de 6.750 acciones de pago, de una misma serie y sin valor nominal.- En virtud del aumento acordado, el capital social asciende a la suma de $3.744.240.080, dividido en 36.751 acciones nominativas, de una misma serie y sin valor nominal, aprobando el precio de colocación de las nuevas acciones de pago emitidas, a un valor de $212.114 por acción; 2.- Modificar los estatutos sociales, sustituyendo el Artículo Cuarto del Título Segundo permanente y el Artículo Primero Transitorio, por los siguientes: a) “TÍTULO SEGUNDO.- Capital y acciones.- Artículo Cuarto: El capital de la sociedad será la cantidad de tres mil setecientos cuarenta y cuatro millones doscientos cuarenta mil ochenta pesos, dividido en treinta y seis mil setecientos cincuenta y un acciones nominativas, todas de una misma y única serie, sin valor nominal.” b) “Artículo Primero Transitorio: El capital de la sociedad, ascendente a tres mil setecientos cuarenta y cuatro millones doscientos cuarenta mil ochenta pesos, dividido en treinta y seis mil setecientos cincuenta y un acciones nominativas, todas de una misma y única serie, sin valor nominal, se ha enterado y pagado como sigue: a) Con la suma de dos mil trescientos doce millones cuatrocientos setenta mil quinientos ochenta pesos, monto que corresponde a treinta mil un acciones nominativas, todas de una misma y única serie, sin valor nominal, todas las cuales se encuentran íntegramente suscritas y pagadas; y b) Con la suma de un mil cuatrocientos treinta y un millones setecientos sesenta y nueve mil quinientos pesos, mediante la emisión de seis mil setecientos cincuenta acciones de pago que corresponde al aumento de capital acordado en la Junta Extraordinaria de Accionistas celebrada con esta fecha, que se suscribirá y pagará de la siguiente forma: i) Santa Gertrudis S.A., suscribe y pagará dos mil seiscientos acciones por la suma total de quinientos cincuenta y un millones cuatrocientos noventa y seis mil cuatrocientos pesos, cantidad que se pagará en dinero efectivo durante el mes de agosto del año en curso; ii) Inmobiliaria MiPancha S.A., suscribe y pagará dos mil veinticinco acciones por la suma total de cuatrocientos veintinueve millones quinientos treinta mil ochocientos cincuenta pesos, cantidad que se pagará en dinero efectivo durante el mes de agosto del año en curso; iii) Rentas Doña Meche Limitada, suscribe y pagará trescientos veinticinco acciones por la suma total de sesenta y ocho millones novecientos treinta y siete mil cincuenta pesos, cantidad que se pagará en dinero efectivo durante el mes de agosto del año en curso; iv) Sociedad de Inversiones Rosario Limitada, suscribe y pagará cuatrocientos cincuenta acciones por la suma total de noventa y cinco millones cuatrocientos cincuenta y un mil trescientos pesos, cantidad que se pagará en dinero efectivo durante el mes de agosto del año en curso; y v) Sociedad de Inversiones AV Limitada, suscribe y pagará mil trescientos cincuenta acciones por la suma total de doscientos ochenta y seis millones trescientos cincuenta y tres mil novecientos pesos, cantidad que se pagará en dinero efectivo durante el mes de agosto del año en curso.- Las acciones se podrán pagar también mediante un documento representativo de dinero”; y 3.- Aprobar otras reformas que no son materia de extracto.- Demás estipulaciones en escritura extractada.- Santiago, 27 de Septiembre de 2019.- H. Cuadra G., Not. Púb. Tit.-