FORESTAL TESALA LIMITADA
Instrumento
- Fecha
- 25 de septiembre de 2019
- Notario
- JUAN ESPINOSA BANCALARI
- Domicilio
- Concepción
- Comuna
- Concepción
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalJUAN ESPINOSA BANCALARI, Notario Público Titular de Concepción, con oficio en esta ciudad, calle O’Higgins N°528, certifica: Por escritura pública de 25 septiembre 2019, ante mí, bajo el Rep.N°6.067, el socio CHRISTIAN ALEJANDRO LATSAGUE HICKMANN, chileno, divorciado, empresario, cédula nacional de identidad número 9.329.389-4, domiciliado en el Km. 15.5, comuna y ciudad de Coronel; y la socia doña SONNIA IVETTEE MAGDALENA HICKMANN GOUET, chilena, casada, separada totalmente de bienes, dueña de casa, cédula nacional de identidad número 4.683.018-0, domiciliada en calle O´higgins Nº 980 depto. 107, comuna de Chiguayante, todos mayores de edad, y señalaron: 1º.- Que son los únicos socios de la sociedad de responsabilidad limitada FORESTAL TESALA LIMITADA, rut: 77.674.750-5 constituida por escritura pública de fecha 29.08.2001, otorgada ante el Notario Público titular de Los Ángeles, don Axel Rolando Montero Burgueño, cuyo extracto fue publicado en el Diario Oficial con 12.09.2001, e inscrito con fecha 26.09.2001, a fs. 92 vta. bajo el Nº 52 del Registro de Comercio de San Pedro de la Paz, año 2001. La referida sociedad fue modificada por escritura pública de fecha 30.07.2013, otorgada ante el Notario Público Mario Patricio Aburto Contardo, de la Cuarta Notaria de Concepción, conforme a la cual don CHRISTIAN ALEJANDRO LATSAGUE HICKMANN quedó dueño del noventa y siete por ciento de los derechos sociales y doña SONNIA IVETTEE MAGDALENA HICKMANN GOUET adquirió la calidad de socia y quedó dueña del tres por ciento de los derechos sociales. El extracto de la referida escritura pública fue publicado en el Diario Oficial con fecha 28.09.2013 e inscrito a fs. 344 bajo el Nº 281 del Registro de Comercio de San Pedro de la Paz, año 2013. 2º.- Que por la presente escritura, los comparecientes modifican la sociedad de responsabilidad limitada, del siguiente modo: uno) La denominación y razón social será “FORESTAL BIOCHIPER LIMITADA”, dejando de llamarse “FORESTAL TESALA LIMITADA”. dos) El objeto social es y será: a) La comercialización y distribución de madera, lampazo metro ruma, compra de bosque en pie, explotación de bosque, prestación de servicio forestal como contratista y subcontratista del objeto principal, venta de madera, la importación y exportación de estos mismos productos; b) Arriendo de bienes raíces con y sin amoblar; c) Construcción de obras menores y mayores; d) Inversión de dineros y/o valores, en bienes muebles e inmuebles, bienes incorporales tales como acciones, bonos, debentures, cuotas o planes de ahorro y/o capitalización, en cuotas o derechos en Sociedades de personas o de cualquier otra naturaleza, y en toda clase de títulos o valores mobiliarios; la administración de las mismas inversiones; y la percepción de los beneficios o ganancias que de las mismas inversiones se deriven, así como el financiamiento de proyectos e inversiones, efectuar préstamos y empréstitos en dinero; y, e) En general, el desarrollo y la ejecución de todas las demás actividades que sean necesarias o conducentes a los giros señalados, o que se relaciones directamente con éstos. Para la ejecución de este objeto, la sociedad podrá constituir nuevas sociedades o asociarse a las ya constituidas o unirse temporalmente a otras empresas, pudiendo ejercer los giros antes indicados directamente o por medio de sociedades filiales o coligadas. La sociedad, dentro de su giro, podrá contratar con cualquiera de sus socios o empresas relacionadas. En lo no modificado subsisten todas las disposiciones de la escritura social, así como el capital en la suma de cinco millones de pesos. Demás articulos transitorios y estipulaciones se encuentran contenidas en la escritura pública extractada. CONCEPCION, 01 octubre 2019.-