SOCIEDAD AGRICOLA LOS TILOS LIMITADA
Instrumento
- Fecha
- 30 de septiembre de 2019
- Repertorio
- 7639-2019
- Comuna
- Santiago
Sociedad
- Capital
- $1.000.000 CLP
- Domicilio
- El domicilio social será la ciudad de Santiago
- Duración
- La sociedad comenzará a regir a la fecha del presente instrumento y su duración será de cinco años, renovables tácita y automáticamente, por períodos iguales y sucesivos de cinco años cada uno, esto, mientras ninguno de los socios manifestare expresamente su voluntad de ponerle término, a lo menos con seis meses de anticipación al plazo original o de alguna de sus renovaciones
Objeto social
La sociedad tendrá como
Administración
La administración, representación y uso de la razón social de la sociedad corresponderá, a cada uno de los socios, en forma separada e independiente uno del otro, quienes en la forma ya indicada, anteponiendo a su firma la razón social, obligará y representara a la sociedad en todos los actos relativos a su objeto o giro ordinario; y, en especial, en la celebración de los actos o contratos que se enumeran más adelante, no siendo necesario acreditar, ante terceros, si ellos corresponden o no al giro social.Demás estipulaciones escritura extractada. Santiago, 02 octubre de 2019
Personas y entidades (1)
| Nombre | Rol | RUT/RUN | % | Aporte | Domicilio |
|---|---|---|---|---|---|
| Santiago y don AXEL ROBERTO WENSIOE MIGUEZ | socio | 6245854-2 | — | — |
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalLUIS ENRIQUE TAVOLARI OLIVEROS, Notario Titular 22° Notaria Santiago, calle Don Carlos 2889, Las Condes, certifico: Por escritura de fecha 30 de septiembre de 2019, Repertorio N°7639-2019, otorgada ante mí: Doña KARIN INGER WENSIOE ROGAT, médico cirujano, RUT N°12.489.003-9, con domicilio en Camino El Corregidor N°13.396, Lo Barnechea, Santiago y don AXEL ROBERTO WENSIOE MIGUEZ, ingeniero comercial, RUT N°6.245.854-2, con domicilio en Fundo Los Tilos, camino Agua Fría sin número, Buena Unión, Molina, VII región, constituyeron sociedad responsabilidad limitada: Razón Social: “SOCIEDAD AGRICOLA LOS TILOS LIMITADA", pudiendo usar para fines publicitarios, de propaganda, bancarios y comerciales el nombre de fantasía “LOS TILOS LTDA”. Domicilio: El domicilio social será la ciudad de Santiago sin perjuicio de las agencias y sucursales que puedan establecerse en otras ciudades del país o del extranjero. Duración:La sociedad comenzará a regir a la fecha del presente instrumento y su duración será de cinco años, renovables tácita y automáticamente, por períodos iguales y sucesivos de cinco años cada uno, esto, mientras ninguno de los socios manifestare expresamente su voluntad de ponerle término, a lo menos con seis meses de anticipación al plazo original o de alguna de sus renovaciones. Objeto:La sociedad tendrá como objeto: La explotación agrícola y ganadera, por cuenta propia o de terceros, de predios propios o de terceros; La importación, exportación, transformación y comercialización de productos agrícolas y ganaderos y todo otro negocio o actividad conexa o relacionada en la actualidad o en el futuro con las actividades agrícolas y ganaderas y cualquier otro negocio que acuerden los socios. Para el cumplimiento de su objeto, la sociedad podrá ejecutar y celebrar toda clase de actos y contratos, incluso, constituir otras sociedades o incorporarse a ellas; y en general, cualquier otra actividad que acuerden los socios. Capital:El capital social es la suma de $1.000.000.-, que los socios aportan y enteran de la siguiente forma: A) Doña KARIN INGER WENSIOE ROGAT, suscribe y paga en este acto, al contado y en efectivo, la suma de $990.000.-, equivalentes al 99% del capital social; y B) Don AXEL ROBERTO WENSIOE MIGUEZ, suscribe y paga en este acto, al contado y en efectivo, la suma de $10.000.-, equivalentes al 1% capital social. Responsabilidad: Los socios limitan su responsabilidad al monto de sus aportes. Administración:La administración, representación y uso de la razón social de la sociedad corresponderá, a cada uno de los socios, en forma separada e independiente uno del otro, quienes en la forma ya indicada, anteponiendo a su firma la razón social, obligará y representara a la sociedad en todos los actos relativos a su objeto o giro ordinario; y, en especial, en la celebración de los actos o contratos que se enumeran más adelante, no siendo necesario acreditar, ante terceros, si ellos corresponden o no al giro social.Demás estipulaciones escritura extractada. Santiago, 02 octubre de 2019.-