MODIFICACIÓN Sociedad de Responsabilidad Limitada

SERVICIOS INDUSTRIALES CHOME LIMITADA

RUT 78023530-6 CVE 1663983
Capital
$4.000.000 CLP
Fecha instrumento
23 de septiembre de 2019

Instrumento

Fecha
23 de septiembre de 2019
Repertorio
7024/19
Notario
CARLOS ALBERTO MIRANDA JIMENEZ
Domicilio
Concepción

Sociedad

Capital
$4.000.000 CLP

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

CARLOS ALBERTO MIRANDA JIMENEZ, Abogado, Notario Público Titular de Concepción, con oficio en esta ciudad, calle Barros Arana N°989, Certifica: Que por escritura pública de fecha 23 de septiembre de 2019, ante mí, Repertorio Nº7024/19, MICHELLE MONIQUE RECART DAMES, domiciliada Lomas de Hualpén sin número comuna Hualpen, JEAN PAUL RECART MATUS, domiciliado Diagonal Pedro Aguirre Cerda 1156, cuarto piso, Concepción, MANUEL ALBERTO RECART MATUS, domiciliado Lomas de Hualpen S/Nº Hualpen, PAULETTE DENISSE RECART ANDRADES, domiciliada en Nabuelbuta trescientos treinta, departamento quinientos uno, Lonco Parque, Chiguayante, CATHERINE GISELE RECART ANDRADES, domiciliada en Fundo Flor del Laja, kilometro nueve, Yumbel. Modificaron sociedad “SERVICIOS INDUSTRIALES CHOME LIMITADA”, Rol único tributario N°78.023.560-6, inscrita a fojas 644, N°518, Registro de Comercio del CBR Concepción año 1990, en el sentido que: A) 1.-Jean Paul Recart Matus con el consentimiento socia Michelle Monique Recart Dames, vendió, cedió y transfirió a PAULETTE DENISSE RECART ANDRADES, un VEINTE POR CIENTO de los derechos sociales que al cedente le correspondían en referida sociedad, en la suma de cinco millones de pesos, que la cesionaria pago en efectivo. 2.- Jean Paul Recart Matus, cedió a CATHERINE RECART ANDRADES, un DIEZ POR CIENTO de los derechos sociales que al cedente le correspondía en la sociedad., en la suma de dos millones quinientos mil de pesos, que la cesionaria pagó en dinero efectivo. 3.- Michelle Monique Recart Dames cedió a CATHERINE RECART ANDRADES, el DIEZ POR CIENTO de los derechos sociales que a la cedente le corresponden en la sociedad, en la suma de dos millones quinientos mil pesos, que la cesionaria pagó en el acto y en dinero en efectivo. 4.- Michelle Recart Dames, vendió, cedió y transfirió a Manuel Alberto Recart Matus, el VEINTE POR CIENTO de los derechos sociales que a la cedente le correspondían en la sociedad en la suma de cinco millones de pesos, que se pagaron por el cesionario en el acto en dinero efectivo. En las cesiones de derechos precedentemente referidas, se entienden comprendidos, en la proporción que corresponde, todo derecho que a cualquier título tenga el cedente en la sociedad, incluidos aquellos que pudieren corresponderle en el resultado del ejercicio comercial del año dos mil diecinueve. Como consecuencia de las cesiones referidas precedentemente, a contar de esta fecha, han quedado como únicos socios de la sociedad “SERVICIOS INDUSTRIALES CHOME LIMITADA”, las siguientes personas, con las participaciones que se indican a continuación: a) Jean Paul Recart Matus, veinte por ciento derechos sociales; b) Michelle Monique Recart Dames, veinte por ciento derechos sociales; c) Manuel Alberto Recart Matus, veinte por ciento derechos sociales; d) Paulette Recart Andrades, veinte por ciento derechos sociales; y e) Catherine Recart Andrades, veinte por ciento derechos sociales. B) Los socios modificaron los estatutos sociales, específicamente en las clausulas QUINTO SEXTO, OCTAVO y UNDECIMO, modificaciones que consistieron en lo siguiente: 1.-Clausula QUINTA, como consecuencia de las sesiones de que da cuenta este instrumento, en el capital social concurren los socios en el porcentaje que se indica: a)Jean Paul Recart Matus, veinte por ciento del capital social; b) Michelle Monique Recart Dames, veinte por ciento del capital social; c) Manuel Alberto Recart Matus, veinte por ciento en el capital social; d) Paulette Denisse Recart Andrades, veinte por ciento del capital social; e) Catherine Gisele Recart Andrades, veinte por ciento del capital social. 2.- Se modifica la Clausula SEXTO, en el sentido que la administración, representación y uso razón social corresponderá a contar de esta fecha a socios Jean Paul Recart Matus y Manuel Alberto Recart Matus, quienes actuando en forma conjunta, podrán celebrar toda clase de actos y contratos, esto es contaran con todas las facultades contenidas en el pacto social y sus modificaciones anteriores ya extractadas y publicadas. 3. Cláusula OCTAVO. En caso de fallecimiento de algunos de los socios, la sociedad continuará, forma señalada en escritura extractada. 4. Cláusula UNDECIMO. Las utilidades y eventuales perdidas se distribuirán entre los socios, misma proporción de sus aportes. Capital Inicial: $4.000.000.- En todo lo no modificado rige pacto social vigente a la fecha de escritura extractada. Concepción, 02 de octubre de 2019.