Instrumento
- Fecha
- 1 de octubre de 2019
- Notario
- FRANCISCO VARAS FERNÁNDEZ
- Oficio
- Notaría 32
Sociedad
- Capital
- $5.000 CLP
- Domicilio
- Comuna y ciudad de Santiago, Región Metropolitana
- Duración
- Indefinida
Objeto social
El objeto de la sociedad será: La prestación de servicios de acondicionamiento de edificios y seguridad, servicios de automatización y control de energía, climatización, comercialización, servicio técnico, e instalaciones de todo tipo de artefactos eléctricos y solares, como de todo aquello que se relacione en el presente o futuro con lo anterior, sin perjuicio de todo otro negocio que acuerden válidamente los
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalFRANCISCO VARAS FERNÁNDEZ, Notario Público Titular, Notaría 32, Paseo Phillips 23, Santiago, certifica que por escritura pública de fecha 01 de octubre de 2019, ante mí, doña PILAR ESTEPHANIA RODRIGUEZ AYALA, domicilio Petrohue número 309, comuna de Maipú, Región Metropolitana, constituye sociedad por acciones. Razón Social: El nombre de la sociedad es SEINEL SpA. Domicilio: Comuna y ciudad de Santiago, Región Metropolitana. Duración: indefinida. Objeto: El objeto de la sociedad será: La prestación de servicios de acondicionamiento de edificios y seguridad, servicios de automatización y control de energía, climatización, comercialización, servicio técnico, e instalaciones de todo tipo de artefactos eléctricos y solares, como de todo aquello que se relacione en el presente o futuro con lo anterior, sin perjuicio de todo otro negocio que acuerden válidamente los accionistas. Además, podrá ejecutar todos los actos y concertar todas las convenciones que se relacionen en la actualidad o en el futuro con todo lo precedente, como todos aquellos que los accionistas válidamente acuerden. Administración y el uso de la razón social, corresponderá a doña PILAR ESTEPHANIA RODRIGUEZ AYALA, quién representará a la sociedad con las más amplias facultades de administración y disposición. Capital: $5.000.000 dividido en 1000 acciones nominativas, sin valor nominal, de una sola serie y sin privilegios que la accionista suscribe y paga en el acto de constitución. Demás estipulaciones constan en escritura extractada. Santiago 01 de octubre de 2019.