Instrumento
- Fecha
- 27 de septiembre de 2019
- Repertorio
- 1283
- Notario
- CARLOS VIRGILIO RUIZ BAHAMONDES
- Oficio
- Primera Notaría San Bernardo
- Comuna
- San Bernardo
Sociedad
- Domicilio
- El domicilio de la sociedad será la ciudad de Santiago
- Duración
- La sociedad empezará a regir desde la fecha de la presente escritura y tendrá una duración de tres años prorrogables sucesiva y automáticamente, por períodos iguales
Objeto social
El objeto de la empresa será: Elaboración, comercialización, y distribución de productos alimenticios.En general, todas las demás actividades que los socios de común acuerdo determinen y que sean conducentes al cumplimiento del
Administración
La administración y uso de la razón social de la empresa corresponderá a don ESTEFANÍA CAROLINA OYARZUN CARRASCO, quien anteponiendo su firma a la razón social, la representarán judicial y extrajudicial con las más amplias facultades
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalCARLOS VIRGILIO RUIZ BAHAMONDES, abogado, Notario Público Titular Primera Notaría San Bernardo, con oficio en calle Arturo Prat 393, certifico: por escritura pública hoy ante mí, Don JORGE EDUARDO LLAÑA TRONCOSO, chileno, comerciante, casado y separado totalmente de bienes, cédula nacional de identidad número quince millones setecientos nueve mil novecientos ochenta y cinco guión K, doña ESTEFANÍA CAROLINA OYARZUN CARRASCO, chilena, peluquera, casada y separada totalmente de bienes, cédula nacional de identidad número dieciseis millones trescientos tres mil novecientos setenta y cuatro guión cinco, y don PEDRO EDUARDO OYARZUN DE LA CERDA, chileno, trabajador, divorciado, cédula nacional de identidad número siete millones doscientos cuarenta y cinco mil trescientos sesenta y tres guión ocho, todos domiciliados en Avenida América número setecientos treinta y cinco, departamento quinientos cinco, comuna de San Bernardo, constituyeron sociedad responsabilidad limitada; RAZON SOCIAL: El nombre o razón social será “KZOKU FOODTRUCK LIMITADA” pudiendo actuar validamente ante instituciones financieras, personas naturales o jurídicas con los nombres de fantasía de “KZOKU FOODTRUCK LIMITADA.” o “KZOKU FOODTRUCK”. DOMICILIO: El domicilio de la sociedad será la ciudad de Santiago, sin perjuicio de que ella podrá extender sus actividades a otros puntos del país o del extranjero. OBJETO SOCIAL: El objeto de la empresa será: Elaboración, comercialización, y distribución de productos alimenticios.En general, todas las demás actividades que los socios de común acuerdo determinen y que sean conducentes al cumplimiento del objeto social.- CAPITAL: El capital de la empresa será de tres millones de pesos, que se aporta de la siguiente forma: a ) don Jorge Eduardo Llaña Troncoso aporta la suma de un millón de pesos, los cuales son enterados en dinero efectivo que ingresan a caja social, correspondiente al treinta y tres coma tres por ciento de los derechos sociales; b) doña Estefanía Carolina Oyarzún Carrasco aporta la suma de un millón de pesos, los cuales son enterados en dinero efectivo que ingresan a caja social, correspondiente al treinta y tres coma tres por ciento de los derechos sociales; c) don Pedro Eduardo Oyarzún de la Cerda aporta la suma de un millón de pesos, los cuales son enterados en dinero efectivo que ingresan a caja social, correspondiente al treinta y tres coma tres por ciento de los derechos sociales. ADMINISTRACIÓN: La administración y uso de la razón social de la empresa corresponderá a don ESTEFANÍA CAROLINA OYARZUN CARRASCO, quien anteponiendo su firma a la razón social, la representarán judicial y extrajudicial con las más amplias facultades. DURACIÓN: La sociedad empezará a regir desde la fecha de la presente escritura y tendrá una duración de tres años prorrogables sucesiva y automáticamente, por períodos iguales.- Demás estipulaciones en escritura extractada. San Bernardo, 27 de Septiembre de 2019.- Repertorio N° 1283.-