MODIFICACIÓN Sociedad por Acciones

Inversiones Legacy SpA

RUT 76453028-4 CVE 1663657
Fecha instrumento
11 de septiembre de 2019
Notaría
Santiago

Instrumento

Fecha
11 de septiembre de 2019
Notario
Patricio Raby Benavente
Oficio
Quinta Notaría Santiago
Comuna
Santiago

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

Patricio Raby Benavente, Notario Público Titular Quinta Notaría Santiago, Gertrudis Echenique 30, of. 32, Las Condes, certifico: (1) Haber tenido con esta fecha a la vista el Registro de Accionistas de Inversiones Legacy SpA donde con fecha 11 de septiembre de 2019, figuraban como únicos accionistas Bernardo Matte Larraín, Bernardo Matte Izquierdo, Sofía Matte Izquierdo y Francisco Matte Izquierdo; y 2) Que por instrumento privado de fecha 4 de julio de 2019, protocolizado en esta notaría con fecha 11 de septiembre de 2019, ante mí, en el registro del mes de septiembre del mismo año, bajo el N° 212-2019, la totalidad de los accionistas acordaron modificar el objeto social, sustituyendo el artículo tercero de los estatutos sociales por uno del siguiente tenor: “ARTÍCULO TERCERO: La sociedad tendrá por objeto la obtención de rentas e inversiones de capitales mobiliarios locales o que provengan del exterior, en dólares de los Estados Unidos de Norteamérica o en otras divisas (en este último caso, sólo en caso que la mayor parte o parte sustancial de dichas rentas e inversiones sean en dólares de los Estados Unidos de Norteamérica). La sociedad podrá obtener rentas de la realización de toda clase de inversiones locales o en el exterior, sean en bienes muebles, corporales o incorporales, en todo tipo de efectos de comercio, en derechos en todo tipo de sociedades, ya sea concurriendo a su formación o adquiriendo derechos en ellas una vez constituidas; de la administración de tales inversiones en moneda extranjera, y percibir todos los frutos provenientes de éstas, y en general de todo otro acto, contrato, negocio, actividad o industria que los accionistas acuerden realizar; bonos y debentures o títulos de crédito; cuotas de fondos de cualquier tipo; créditos de cualquier clase; dividendos y demás beneficios derivados del dominio, posesión o tenencia a cualquier título de acciones de sociedades anónimas extranjeras; depósitos en dinero, a la vista o a plazo; cauciones en dinero; contratos de renta vitalicia o instrumentos de deuda de oferta pública.” Demás estipulaciones constan en instrumento privado protocolizado que se extracta. Santiago, 01 de Octubre 2019. Patricio Raby Benavente, Notario Titular.