MODIFICACIÓN Sociedad de Responsabilidad Limitada

COMERCIALIZADORA Y DISTRIBUIDORA PRO LIMITADA

RUT 76937368-3 CVE 1664180
Fecha instrumento
5 de agosto de 2019
Notaría
Santiago

Instrumento

Fecha
5 de agosto de 2019
Notario
OCTAVIO FRANCISCO GUTIERREZ LOPEZ
Oficio
30° Notaria Santiago
Comuna
Santiago

Administración

La administración y uso de la razón social corresponderá a don CRISTIAN IGNACIO URRUTIA ARMIJO, con las mismas facultades establecidas en el pacto social, la que se dan por reproducidas. En todo lo no modificado se mantiene vigente pacto social inicial

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

OCTAVIO FRANCISCO GUTIERREZ LOPEZ, Notario Público Titular de la 30° Notaria Santiago, Oficios Av. Lib. Bdo. O’Higgins 980, Ofs. 134-135, CERTIFICA: Por escritura pública ante mí, de fecha 5 de agosto de 2019, Don CRISTIAN MIGUEL URRUTIA SERRA, Doña MARIA FERNANDA JAVIERA URRUTIA ARMIJO, Doña MARIELBA HERNANDEZ GONZALEZ, domiciliados en Los Piñones N° 070 Providencia y don PABLO JAVIER URRUTIA JULBE, Monseñor Escrivá de Balaguer 14.713 depto. 47-A, Lo Barnechea. Modificaron: COMERCIALIZADORA Y DISTRIBUIDORA PRO LIMITADA constituida por escritura pública de fecha 9 de agosto de 2018, ante notario de Santiago don Octavio Gutiérrez López, domicilio Avda. Lib. Bdo O’Higgins 980 oficina 134-135, en siguiente sentido: Doña MARIELBA HERNANDEZ GONZALEZ, vende cede y transfiere a don PABLO JAVIER URRUTIA JULBE, el total de sus derechos sociales, ascendente al 20% en la cantidad de $500.000. Actuales socios: I.- Don CRISTIAN MIGUEL URRUTIA SERRA, con un 60% de los derechos sociales, Doña MARIA FERNANDA JAVIERA URRUTIA ARMIJO, con un 20% de los derechos sociales y Don PABLO JAVIER URRUTIA JULBE, con un 20% de los derechos sociales. II.- ADMINISTRACION Y USO DE LA RAZON SOCIAL: La administración y uso de la razón social corresponderá a don CRISTIAN IGNACIO URRUTIA ARMIJO, con las mismas facultades establecidas en el pacto social, la que se dan por reproducidas. En todo lo no modificado se mantiene vigente pacto social inicial. Demás estipulaciones constan en escritura extractada.