Instrumento
- Fecha
- 27 de septiembre de 2019
- Repertorio
- 29406
- Notario
- ANDRES RIEUTORD ALVARADO
- Oficio
- 36 Notaría Santiago
- Comuna
- Santiago
Sociedad
- Capital
- $60.000.000 CLP
- Domicilio
- Santiago
- Duración
- Indefinida
Administración
Capital: $60.000.000.- dividido en 600.- acciones, de una misma serie, sin valor nominal, las que se suscriben y pagan de la siguiente forma: JORGE ALBERTO INSUA FERNÁNDEZ, suscribe y paga en este acto en caja social 600.- acciones, al valor de $100.000.- por cada acción, cantidad que suma $60.000.000.-Administración: La administración de la sociedad, la representación judicial y extrajudicial, y el uso de la razón social corresponderá a uno o más administradores o gerentes, designados por sus accionistas, por escritura pública anotada al margen de la inscripción social que actuando individual o conjuntamente y anteponiendo a sus firmas a la razón social, podrán ejecutar todos los actos y contratos inherentes al giro de la sociedad. La designación o reemplazo del o los administradores de la sociedad se hará por los accionistas en la respectiva Junta de Accionistas, que podrá celebrarse en Chile o el extranjero, la que deberá protocolizarse o reducirse a escritura pública, y de cuyo contenido deberá tomarse nota al margen de la inscripción del extracto de la sociedad en el Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago. Se deja expresa constancia que, la primera designación de administrador o gerente de la sociedad se realizó en el articulado transitorio de los estatutos
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalANDRES RIEUTORD ALVARADO, Notario Público Titular 36 Notaría Santiago, oficio calle La Concepción 65, Piso 2, Providencia, certifica: Por escritura pública de fecha 27 de septiembre de 2019, Repertorio N° 29.406, ante mí, don Jorge Alberto Insua Fernández, RUT N.º 7.481.637-1, domiciliado en calle Antonio Dey N°1770, Punta Arenas constituyó sociedad por acciones, cuyos estatutos son del siguiente tenor. Razón Social: “Chile Ships Services SpA”. Domicilio: Santiago, sin perjuicio de las sucursales o agencias que puedan establecerse en otras ciudades del país o del extranjero. Duración: Indefinida. Objeto El objeto de la empresa será: (i) La importación, distribución y comercialización de todo tipo de mercaderías, a objeto de aprovisionar embarcaciones, buques y navíos de cualquier naturaleza; ii) La prestación de todo tipo de servicios náuticos, marítimos o logísticos; iii) La compra y venta de toda clase de mercadería, tales como, pero no limitado a elementos de protección personal, venta de combustibles, cigarros, lubricantes, instrumentación, elementos de salvataje marítimo, todo tipo de alimentos y bebidas alcohólicas o analcohólicas, medicamentos, repuestos, y en general, todo lo requerido para el desarrollo de la actividad marítima, portuaria, hotelera, restaurantes, casinos, entre otros, así como cualquier otro acto o negocio lícito que derive de los anteriores, los complemente o sea una consecuencia de los mismos. Para el cumplimiento de su objeto especifico, la sociedad podrá actuar siempre por cuenta propia o ajena y formar o integrar personas jurídicas de cualquier naturaleza de las cuales podrá asumir incluso su administración. Capital: $60.000.000.- dividido en 600.- acciones, de una misma serie, sin valor nominal, las que se suscriben y pagan de la siguiente forma: JORGE ALBERTO INSUA FERNÁNDEZ, suscribe y paga en este acto en caja social 600.- acciones, al valor de $100.000.- por cada acción, cantidad que suma $60.000.000.-Administración: La administración de la sociedad, la representación judicial y extrajudicial, y el uso de la razón social corresponderá a uno o más administradores o gerentes, designados por sus accionistas, por escritura pública anotada al margen de la inscripción social que actuando individual o conjuntamente y anteponiendo a sus firmas a la razón social, podrán ejecutar todos los actos y contratos inherentes al giro de la sociedad. La designación o reemplazo del o los administradores de la sociedad se hará por los accionistas en la respectiva Junta de Accionistas, que podrá celebrarse en Chile o el extranjero, la que deberá protocolizarse o reducirse a escritura pública, y de cuyo contenido deberá tomarse nota al margen de la inscripción del extracto de la sociedad en el Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago. Se deja expresa constancia que, la primera designación de administrador o gerente de la sociedad se realizó en el articulado transitorio de los estatutos. Demás estipulaciones escritura extractada.- Santiago, 30 de Septiembre de 2019.